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32 NORMAS LEGALES Sábado 12 de marzo de 2022 El Peruano / PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Aprueban el Cronograma Trimestral de realización de las Audiencias Públicas Extraordinarias para el presente año 2022 propuesto por las Salas Penales Liquidadoras de la Corte Superior de Justicia de Lima Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000087-2022-P-CSJLI-PJ Lima, 10 de marzo del 2022VISTOS:El Decreto Ley N° 25476 de fecha 05 de mayo de 1992; el Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, aprobado por Resolución Administrativa N° 008-2011-SP-CS-PJ publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 18 de marzo del 2011; El O fi cio Múltiple N° 0003-2022-P-CSJLI/ PJ de fecha 24 de enero de 2022 emitida por la Presidencia de esta Corte Superior; CONSIDERANDO:Mediante Decreto Ley N° 25476 de fecha 05 de mayo del año 1992, se estableció la realización de Audiencias Públicas Extraordinarias por parte de las Salas Penales de las Cortes Superiores de Justicia de la República, señalando su artículo segundo, que los Presidentes de las Cortes Superiores aprobarán un cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias, a fi n de garantizar que los procesos penales se tramiten en los plazos fi jados por la ley, así como el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad. Asimismo por Resolución Administrativa N° 008-2011-SP-CS-PJ publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 18 de marzo del 2011, la Corte Suprema de Justicia de la República aprobó el Reglamento de las Audiencias Públicas Extraordinarias, estableciendo las reglas y el procedimiento de las mismas. Por O fi cio Múltiple N° 00003-2022-P-CSJLI/PJ de fecha 24 de enero de 2022, se solicitó a los Presidentes de las Salas Penales Liquidadoras respectivas, que establezcan un cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias. Así en cumplimiento de lo antes dispuesto, el Secretario General de ésta Corte Superior, da cuenta de la recepción de la documentación remitida por la 1°, 2, 3°, 4°, 5°, 6° y 7° Sala Penal Liquidadora, que contiene el cronograma de realización trimestral de Audiencia Pública Extraordinaria para el presente año 2022, correspondiendo su aprobación, con arreglo a lo establecido en el Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias, en procura del cumplimiento de los fi nes perseguidos por el Decreto Ley N° 25476 y en la normativa vigente. En consecuencia, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Cronograma Trimestral de realización de las AUDIENCIAS PÚBLICAS EXTRAORDINARIAS para el presente año 2022 propuesto por las Salas Penales Liquidadoras que se detallan a continuación:CRONOGRAMA DE AUDIENCIAS PÚBLICAS EXTRAORDINARIAS 2022 1° TRIMESTRE2° TRIMESTRE3° TRIMESTRE4° TRIMESTRE PRIMERA SALA PENALLIQUIDADORA16 DE MARZO09:00 AM15 DE JUNIO 09:00 AM14 DE SETIEMBRE 09:00 AM14 DE DICIEMBRE 09:00 AM SEGUNDA SALA PENAL LIQUIDADORA17 DE MARZO10:00 AM07 DE JUNIO 10:00 AM08 DE SETIEMBRE 10:00 AM06 DE DICIEMBRE 10:00 AM TERCERA SALA PENALLIQUIDADORA19 DE MARZO18 DE JUNIO17 DE SETIEMBRE17 DE DICIEMBRE CUARTA SALA PENAL LIQUIDADORA30 DE MARZO11:00 AM22 DE JUNIO 11:00 AM28 DE SETIEMBRE 11:00 AM14 DE DICIEMBRE 11:00 AM. QUINTA SALA PENAL LIQUIDADORA30 DE MARZO09:00 AM29 DE JUNIO 09:00 AM28 DE SETIEMBRE 09:00 AM21 DE DICIEMBRE 09:00 AM SEXTA SALA PENAL LIQUIDADORA24 DE MARZO09:00 AM22 DE JUNIO 09:00 AM22 DE SETIEMBRE 09:00 AM15 DE DICIEMBRE 09:00 AM SETIMA SALA PENAL LIQUIDADORA30 DE MARZO08:00 AM28 DE JUNIO 08:00 AM28 DE SETIEMBRE 08:00 AM21 DE DICIEMBRE 08:00 AM Artículo Segundo.- DISPONER que las Salas Penales mencionadas en el artículo precedente, cumplan con realizar las Audiencias Públicas Extraordinarias, de acuerdo al cronograma trimestral aprobado, debiendo remitir a esta Presidencia el expediente administrativo respectivo en el plazo señalado en el artículo 4° del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias. Artículo Tercero.- DISPONER que los Juzgados Penales Liquidadores de esta Corte Superior de Justicia, cumplan con elevar a las Salas Penales Liquidadoras respectivas, los informes sobre los procesos ordinarios y sumarios a que se re fi ere el artículo 3° del Reglamento de Audiencias Públicas Extraordinarias. Artículo Cuarto.- ENCARGAR Al Órgano de Imagen Institucional de este Distrito Judicial la publicación y difusión respectiva; sin perjuicio de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, conforme a lo dispuesto en el punto 1 del artículo 5° de la Resolución Administrativa N° 008-2011- SP-CS-PJ. Artículo Quinto.- PONGASE la presente resolución en conocimiento de la O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, de la Gerencia de Administración Distrital, de los Presidentes de las Salas Penales Liquidadoras y Jueces Especializados Liquidadores de este Distrito Judicial, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE WILFREDO DIAZ VALLEJOS Presidente de la CSJLima 2047296-1 ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL Aprueban la Directiva N° 007-2022-CG/DOC “Notificaciones Electrónicas en el Sistema Nacional de Control” RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 102-2022-CG Lima, 11 de marzo de 2022