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17 NORMAS LEGALES Jueves 24 de marzo de 2022 El Peruano / Que, mediante los O fi cios Nº 003-2022-MP-FN y Nº 004-2022-MP-FN, el Ministerio Público sustenta y propone las condiciones para el otorgamiento del Bono Excepcional Anticorrupción a favor de los Fiscales Provinciales Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en la Nonagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, en consecuencia, resulta necesario establecer las condiciones para el otorgamiento del Bono Excepcional Anticorrupción, en el marco de lo señalado en la Nonagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; De conformidad con lo establecido en la Nonagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; DECRETA:Artículo 1. Bono Excepcional Anticorrupción1.1 El Bono Excepcional Anticorrupción que perciben los Fiscales Provinciales Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Ministerio Público, es equivalente a la suma de S/ 2 400,00 (DOS MIL CUATROCIENTOS Y 00/100 SOLES) mensuales. 1.2 El referido Bono no tiene naturaleza remunerativa, ni carácter pensionable, no constituye base de cálculo para bene fi cio alguno y su percepción se circunscribe únicamente al periodo del ejercicio de las funciones especiales. Artículo 2. Condiciones para el otorgamiento del Bono Excepcional Anticorrupción Aprúebase las condiciones para el otorgamiento del Bono Excepcional Anticorrupción a favor de los Fiscales Provinciales Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Ministerio Público, conforme se señala a continuación: 2.1 El Bono Excepcional Anticorrupción es una entrega económica de periodicidad mensual, que se percibe por el periodo en que los Fiscales Provinciales Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Ministerio Público ejerzan dichas funciones especiales. 2.2 El Bono Excepcional Anticorrupción se otorga a los Fiscales Provinciales Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Ministerio Público que cuenten con vínculo laboral vigente y se encuentren registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP). Artículo 3. Responsabilidad El Titular del Pliego bajo el alcance del presente Decreto Supremo es responsable de su adecuada implementación de conformidad con la normativa vigente. Artículo 4. Financiamiento El otorgamiento del Bono Excepcional Anticorrupción se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 5. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de marzo del año dos mil veintidós. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI Ministro de Economía y Finanzas 2051320-4EDUCACION Designan Jefe de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 134-2022-MINEDU Lima, 23 de marzo de 2022CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Jefe(a) de la Ofi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar a la persona que se desempeñará en dicho cargo; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor JULIO IVAN DURAN HURTADO en el cargo de Jefe de la O fi cina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, dependiente de la Secretaría General del Ministerio de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROSENDO LEONCIO SERNA ROMÁN Ministro de Educación 2051237-1 Designan Director de Sistema Administrativo III de la Unidad Gerencial de Reconstrucción Frente a Desastres del Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 0065-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE Lima, 23 de marzo de 2022 VISTOS: El Memorando N° 000095 -2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-DE y, el Informe N° 000197-2022-MINEDU-VMGI-PRONIED-OGAD-UDRH de la Unidad de Recursos Humanos, y; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU, se creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa – PRONIED, el mismo que tiene por objeto de ampliar, mejorar, sustituir, rehabilitar y/o construir infraestructura educativa pública de Educación Básica y de Educación Superior Pedagógica, Tecnológica y Técnico-Productiva, incluyendo el mantenimiento y/o equipamiento de la misma, cuando corresponda, de manera concertada y coordinada con los otros niveles de gobierno, y en forma plani fi cada, articulada y regulada, en el marco de las políticas sectoriales de educación en materia de infraestructura educativa, a fi n de contribuir a la mejora en la calidad de la educación del país; Que, mediante Resolución Ministerial N° 408-2017-MINEDU, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del PRONIED y a través de la Resolución Ministerial N° 619-2018-MINEDU y la Resolución Directoral Ejecutiva N° 078-2020-MINEDU/VMGI-PRONIED su reordenamiento, en el cual el cargo