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31 NORMAS LEGALES Jueves 24 de marzo de 2022 El Peruano / para la adquisición de 36 000 tabletas de Raltegravir 100 mg, en el marco del artículo 36 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, a través del Memorándum Nº 297-2022-DG- CENARES/MINSA, que remite adjunto el Informe Nº 027-2022-OPPM-CENARES/MINSA, el CENARES sustenta la necesidad de gestionar una transferencia fi nanciera a favor de la Organización Panamericana de la Salud OPS/OMS, por el importe de hasta S/ 988 756,00, para la adquisición de 1 960 224 tabletas de Rifampicina 150 mg + Isoniacida 75 mg + Pirazinamida 400 mg + Etambutol 275 mg y 336 000 tabletas de Rifampicina 150 mg + Isoniacida 75 mg, en el marco del artículo 36 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, a través del Memorándum Nº 298-2022-DG- CENARES/MINSA, que remite adjunto el Informe Nº 026-2022-OPPM-CENARES/MINSA, el CENARES sustenta la necesidad de gestionar una transferencia fi nanciera a favor de la Organización Panamericana de la Salud OPS/OMS, por el importe de hasta S/ 69 170,00, para la adquisición de 4 032 unidades de Miltefosina 50 mg, en el marco del artículo 36 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante el Proveído Nº 0282-2022-OGPPM-OP/MINSA recaído en el Informe Nº 179-2022-OGPPM-OP/MINSA, emite opinión favorable para expedir la Resolución Ministerial que autoriza una transferencia fi nanciera del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 1 292 385,00 (UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO y 00/100 SOLES), a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para fi nanciar la adquisición de 36 000 tabletas de Raltegravir 100 mg, 1 960 224 tabletas de Rifampicina 150 mg + Isoniacida 75 mg + Pirazinamida 400 mg + Etambutol 275 mg y 336 000 tabletas de Rifampicina 150 mg + Isoniacida 75 mg, y 4 032 unidades de Miltefosina 50 mg; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante Nota Informativa Nº 254-2022-OGAJ/MINSA, emite opinión en relación con la citada transferencia fi nanciera, señalando que resulta legalmente procedente la fi rma por el señor Ministro de Salud de la presente Resolución Ministerial; Con los vistos del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, del Director General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General, del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud hasta por la suma de S/ 1 292 385,00 (UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO y 00/100 SOLES), para la adquisición de 36 000 tabletas de Raltegravir 100 mg, 1 960 224 tabletas de Rifampicina 150 mg + Isoniacida 75 mg + Pirazinamida 400 mg + Etambutol 275 mg y 336 000 tabletas de Rifampicina 150 mg + Isoniacida 75 mg, y 4 032 unidades de Miltefosina 50 mg, a favor de la Organización Panamericana de la Salud OPS/OMS, necesarios para las intervenciones estratégicas sanitarias defi nidas por el Ministerio de Salud, de acuerdo con el detalle de la adquisición contenido en el Anexo Nº 1, que forma parte integrante de la presente resolución.Artículo 2.- FinanciamientoEl egreso que demande el cumplimiento de la presente resolución se afecta, con cargo al presupuesto de la Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud del Pliego 011: Ministerio de Salud, por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, de acuerdo con el detalle contenido en el Anexo Nº 2, que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud coordina con la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS) el envío de los estados de cuentas, derivados de las adquisiciones efectuadas con los recursos señalados en el Anexo Nº 1, que forma parte integrante de la presente resolución, en concordancia con los términos contemplados en el Acuerdo suscrito con dicho organismo internacional. Artículo 5.- Información La Unidad Ejecutora 124: Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud remite información trimestral, bajo responsabilidad, a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Salud, respecto de los desembolsos efectuados a favor de la Organización Panamericana de la Salud (OPS/OMS), para lo cual se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el numeral 36.3 del artículo 36 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Artículo 6.- Saldos no utilizados Los saldos no utilizados de los recursos transferidos por el Ministerio de Salud, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del organismo internacional al que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución, deben ser devueltos al Tesoro Público una vez culminada la ejecución objeto del Acuerdo, de conformidad con lo establecido por el numeral 8 del artículo 20 del Decreto Legislativo 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería y por el numeral 36.4 del artículo 36 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente resolución y sus Anexos en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN YURY CONDORI MACHADO Ministro de Salud 2051085-1 Designan Ejecutivo Adjunto II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 228-2022/MINSA Lima, 23 de marzo del 2022Visto, el expediente Nº 22-041590-001; y,CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Secretarial Nº 187- 2021/MINSA, de fecha 27 de julio de 2021, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del