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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2022 (24/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Jueves 24 de marzo de 2022 El Peruano / Ministerio de Salud, según el cual, el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a II (CAP – P Nº 007) del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza; Que, se ha visto por conveniente designar al señor TITO JOSUÉ RODRÍGUEZ ORELLANA en el cargo señalado en el considerando precedente; Que, a través del Informe Nº 298-2022-EIE-OARH- OGGRH/MINSA, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos emite opinión favorable a la referida acción de personal; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor TITO JOSUÉ RODRÍGUEZ ORELLANA, en el cargo de Ejecutivo Adjunto II (CAP – P Nº 007), Nivel F-5, del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN YURY CONDORI MACHADO Ministro de Salud 2051085-2 Designan Director Ejecutivo de la Oficina de Información Pública de la Oficina General de Comunicaciones RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 229-2022/MINSA Lima, 23 de marzo de 2022Visto, el expediente Nº 22-040978-001, que contiene la Nota Informativa Nº 048-2022-OGC/MINSA, emitida por la Directora General (e) de la O fi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Secretarial Nº 187- 2021/MINSA, de fecha 27 de julio de 2021, se aprobó el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, según el cual, el cargo de Director/a Ejecutivo/a (CAP – P Nº 751) de la de la Ofi cina de Información Pública de la O fi cina General de Comunicaciones, se encuentra clasi fi cado como cargo de confi anza; Que, con el documento de visto, la Directora General (e) de la O fi cina General de Comunicaciones propone designar al señor PEDRO FRANCISCO HURTADO CÁNEPA en el cargo señalado en el considerando precedente; Que, a través del Informe Nº 296-2022-EIE-OARH- OGGRH/MINSA, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos emite opinión favorable a la acción de personal solicitada; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias;SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor PEDRO FRANCISCO HURTADO CÁNEPA, en el cargo de Director Ejecutivo (CAP – P Nº 751), Nivel F-4, de la Ofi cina de Información Pública de la O fi cina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN YURY CONDORI MACHADO Ministro de Salud 2051085-3 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Dejan sin efecto numeral 1 de la Res. N° 1063-GG-ESSALUD-2020 que autorizó de manera excepcional, la presentación de certificados médicos particulares emitidos fuera del plazo de 30 días, mientras dure la emergencia sanitaria a causa del COVID-19 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° 485-GG-ESSALUD-2022 Lima, 18 de marzo de 2022VISTOS: El Memorando N° 659-GCSPE-ESSALUD-2022 e Informe N° 08-GAAA-GCSPE-ESSALUD-2022, de la Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas; el Memorando N° 876-GCAJ-ESSALUD-2022 y el Informe N° 156-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2022, de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, se declara la Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y dictaron medidas de prevención y control del COVID-19, el cual fue prorrogado mediante los Decretos Supremos Nº 020-2020-SA, N° 027-2020-SA, N° 031-2020-SA, N° 009-2021-SA, N° 025-2021-SA, y N° 003-2022-SA; Que, con Decreto Supremo Nº 016-2022-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19 y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social; Que, el artículo 14 del Reglamento de la Ley N° 26790, Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-97-SA, señala que las prestaciones económicas comprenden los subsidios por incapacidad temporal, maternidad, lactancia y las prestaciones por sepelio. ESSALUD establece la normatividad complementaria que contemple las diferentes circunstancias en el otorgamiento de las prestaciones económicas; Que, el numeral 3.6 del artículo 3 del Reglamento de Reconocimiento y Pago de Prestaciones Económicas de la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2019-TR, establece que el Certi fi cado de Incapacidad Temporal para el Trabajo (CITT) es el documento o fi cial por el cual se hace constar el tipo de contingencia y la duración del periodo de incapacidad temporal para el trabajo. Se otorga al asegurado titular acreditado con derecho al mismo, determinado por el tipo de seguro y característica de cobertura que genera subsidio por incapacidad temporal para el trabajo o maternidad; Que, el numeral 3.24 del artículo 3 del citado Reglamento señala que la Validación de Certi fi cado Médico es el acto realizado por el Médico de Control, a