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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MARZO DEL AÑO 2022 (24/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Jueves 24 de marzo de 2022 El Peruano / N° 95, Ley del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; y, la Resolución Ministerial N° 345-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la encargatura de funciones efectuada a la señora CARMEN ROSARIO YAMASHIRO GUINOZA, Directora General de la Dirección General de Investigaciones de los Recursos Demersales y Litorales del Instituto del Mar del Perú – IMARPE; dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar al señor JOSE ANGEL DE LA CRUZ SOTOMAYOR, Asesor II del Despacho Ministerial del Ministerio de la Producción, las funciones de Presidente del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú – IMARPE, en adición a sus funciones y en tanto se designe al titular. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de la Producción. Regístrese y comuníquese.JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República JORGE LUIS PRADO PALOMINO Ministro de la Producción 2051320-10 Aprueban Normas Técnicas Peruanas y textos afines referentes a cuero, cemento, concreto y otros RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 002-2022-INACAL/DN Lima, 18 de marzo de 2022 VISTO: El acta de fecha 15 de marzo de 2022 del Comité Permanente de Normalización; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el numeral 19.1 del artículo 19 de la citada Ley establece que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización, y puede delegar parte de las actividades de normalización en otras entidades, reservando para sí la función de aprobación de Normas Técnicas Peruanas; asimismo, el numeral 19.5 señala que, el órgano de línea a través del Comité Permanente de Normalización, aprueba las Normas Técnicas Peruanas y textos a fi nes; Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, la Dirección de Normalización es la Autoridad Nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; aprobando las Normas Técnicas Peruanas y Textos A fi nes a las Actividades de Normalización a través del Comité Permanente de Normalización; y de acuerdo al artículo 36 del citado Reglamento, tiene entre sus funciones, la correspondiente a revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como su difusión; Que, conforme a lo dispuesto en el numeral 20.3 del artículo 20 de la Ley N° 30224, los Comités Técnicos de Normalización en materia de: a) Cuero, calzado y derivados, b) Cementos, cales y yesos, c) Agregados, concreto, concreto armado y concreto pretensado, proponen aprobar 24 Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y textos a fi nes, y dejar sin efecto 22 Normas Técnicas Peruanas; sustentando ello en los informes que fi guran en los expedientes correspondientes; Que, mediante el Informe N°002-2022-INACAL/ DN.PN de fecha 11 de marzo de 2022, la Dirección de Normalización señaló que los Proyectos de Normas Técnicas Peruanas y textos a fi nes, descritos en el considerando precedente han cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 20 de la Ley N° 30224; Que, con base en los informes de los Comités Técnicos de Normalización y al informe de la Dirección de Normalización descrito precedentemente, el Comité Permanente de Normalización conformado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N°088-2019-INACAL/PE y renovado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 37-2021-INACAL/PE, en sesión de fecha 15 de marzo del presente año, acordó por unanimidad aprobar 24 Normas Técnicas Peruanas y textos a fi nes, y dejar sin efecto 22 Normas Técnicas Peruanas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas y textos a fi nes, por los fundamentos de la presente resolución, conforme al procedimiento establecido en la Ley N° 30224: NTP-ISO 3377-2:2022 Cuero. Ensayos físicos y mecánicos. Determinación de la resistencia al desgarro. Parte 2: Desgarro doble. 2ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 3377-2:2008 (revisada el 2018) NTP-ISO 4044:2022 Cuero. Ensayos químicos. Preparación de muestras para ensayos químicos. 3ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 4044:2008 (revisada el 2018) NTP 334.001:2022 CEMENTOS. Terminología relacionada al cemento hidráulico y otros cementos inorgánicos. 5ª Edición Reemplaza a la NTP 334.001:2019 NTP 334.004:2022 CEMENTOS. Determinación de la expansión en autoclave de cemento hidráulico. Método de ensayo. 5ª Edición Reemplaza a la NTP 334.004:2018 NTP 334.051:2022 CEMENTOS. Determinación de la resistencia a la compresión de morteros de cemento hidráulico usando especímenes cúbicos de 50 mm de lado. Método de ensayo. 7ª Edición Reemplaza a la NTP 334.051:2019 NTP 334.052:2022 CEMENTOS. Determinación del endurecimiento temprano del cemento hidráulico por el método de la pasta. Método de ensayo. 5ª Edición Reemplaza a la NTP 334.052:2018 NTP 334.056:2022 CEMENTOS. Determinación de los tiempos de fraguado de pasta de cemento hidráulico por medio de las agujas Gillmore. Método de ensayo. 4ª Edición Reemplaza a la NTP 334.056:2016