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63 NORMAS LEGALES Sábado 7 de mayo de 2022 El Peruano / EmpresaMonto total (Soles) Electro Sur Este 200 215,81Electro Tocache 7 914,40 Electro Ucayali 28 823,14 Electrocentro 248 595,16 Electronoroeste 56 463,72 Electronorte 107 511,10 Electrosur 9 677,88 Emsemsa 5 006,38 Emseusac 5 607,70 Enel Distribución Perú 25 546,22 Esempat 1 784,40 Hidrandina 150 277,70 Luz del Sur 20 561,32 Seal 19 750,63 Sersa 4 231,20 TOTAL 1 288 849,07 Artículo 2.- Instrucción de orden de pago A efectos de los reembolsos de los gastos reconocidos en la presente resolución, la instrucción de orden de pago la realizará el Ministerio de Energía y Minas, conforme al artículo 9 de la Ley 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético. Artículo 3.- Publicación de la resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2022.aspx, conjuntamente con el Informe Técnico N° 0267-2022-GRT y el Informe Legal N° 0546-2021-GRT, que forman parte integrante de esta resolución. LUIS GRAJEDA PUELLES Gerente de Regulación de Tarifas Osinergmin 2064706-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 065-2022-OS/CD Mediante O fi cio Nº 8-2022-OS/AAD, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Nº 065-2022-OS/CD, publicada en la edición del día 29 de abril de 2022. DICE: Artículo 1º.- Establecer el Saldo de la Cuenta de Promoción de la concesión de distribución de gas natural por red de ductos de Lima y Callao, correspondiente al periodo comprendido entre el 7 de noviembre de 2021 y el 6 de febrero de 2021, en un monto equivalente a USD - 8 874 182 que representa el dé fi cit del Fondo de Promoción en el periodo evaluado, cuyo cálculo se encuentra detallado en el numeral 9.3 del Informe Técnico Nº 231-2022-GRT. DEBE DECIR:“Artículo 1º.- Establecer el Saldo de la Cuenta de Promoción de la concesión de distribución de gas natural por red de ductos de Lima y Callao, correspondiente al periodo comprendido entre el 7 de noviembre de 2021 y el 6 de febrero de 2022, en un monto equivalente a USD - 8 874 182 que representa el dé fi cit del Fondo de Promoción en el periodo evaluado, cuyo cálculo se encuentra detallado en el numeral 9.3 del Informe Técnico Nº 231-2022-GRT.” DICE: Artículo 5º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el diario o fi cial El Peruano y consignada junto con sus respectivos Informes en el siguiente enlace de la página Web de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2022.as DEBE DECIR:“Artículo 5º.- La presente Resolución deberá ser publicada en el diario o fi cial El Peruano y consignada junto con sus respectivos Informes en el siguiente enlace de la página Web de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2022.aspx” 2064699-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Encargan funciones de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DE CONSEJO DIRECTIVO N° 00036-2022/CEPLAN/PCD Lima, 5 de mayo de 2022CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, se creó el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como órgano rector, orientador y de coordinación de dicho sistema, y como un organismo técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el artículo 23° del Reglamento de Organización y Funciones del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado por Decreto Supremo N° 046-2009-PCM, establece que la Oficina de Asesoría Jurídica es el órgano responsable de prestar asesoramiento jurídico-legal a la Alta Dirección y a los Órganos del CEPLAN, así como de pronunciarse sobre la legalidad de los actos o propuestas normativas que le sean remitidos para su revisión y/o visación. Coordina la defensa jurídica del CEPLAN en concordancia con las normas que rigen la defensa jurídica del Estado; Que, el Cuadro de Asignación de Personal del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado por Resolución Suprema N° 191-2010-PCM de fecha 17 de agosto de 2010 y modi fi cado mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 09-2013/CEPLAN/PCD de fecha 01 de febrero de 2013, contiene el cargo de Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 0035-2017/CEPLAN/PCD se designó a la señora Alina Giuliana Gutarra Trujillo en el cargo de Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN; Que, la mencionada servidora ha formulado renuncia al cargo en el que fue designada, por lo que es necesario emitir el acto correspondiente; Que, por convenir al servicio, debe encargarse a la persona que ocupe el cargo de Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica;