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8 NORMAS LEGALES Martes 10 de mayo de 2022 El Peruano / el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico, orientado al desarrollo de la plani fi cación estratégica como instrumento técnico de gobierno y gestión para el desarrollo armónico y sostenido del país, y el fortalecimiento de la gobernabilidad democrática en el marco del Estado constitucional de derecho, formando parte integrante de dicho sistema los órganos del gobierno nacional, con responsabilidades y competencias en el planeamiento estratégico; Que, el sub numeral 3 del numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Titular de la entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), y sujetándose a la normatividad vigente; Que, a través de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y modi fi catorias, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN aprueba la “Guía para el Planeamiento Institucional”, la misma que tiene como objetivo establecer las pautas para el planeamiento institucional que comprende la política y los planes que permiten la elaboración o modi fi cación del Plan Estratégico Institucional – PEI y el Plan Operativo Institucional – POI, en el marco del Ciclo de Planeamiento Estratégico para la mejora continua; Que, el numeral 6.2 de la sección 6 de la precitada guía establece que la entidad debe elaborar y aprobar el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual con la fi nalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias por un periodo no menor de tres (3) años, respetando el periodo de vigencia del Plan Estratégico Institucional (PEI); Que, mediante el artículo 1 de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00031-2022/CEPLAN/PCD, se prorroga el plazo de la sección 6.2 de la Guía para el Planeamiento Institucional, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y sus modi fi catorias, estableciendo el 20 de mayo de 2022 como plazo para la aprobación del Plan Operativo Institucional Multianual 2023-2025; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 000392- 2021-DM/MC, se aprobó el Plan Estratégico Institucional (PEI) correspondiente al periodo 2022-2026 del Ministerio de Cultura; Que, el artículo 27 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que corresponde a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, entre otros, proponer a la Alta Dirección las políticas, planes, programas, proyectos y lineamientos, en las materias de su competencia, así como dirigir el proceso técnico de formulación, monitoreo y evaluación de los planes estratégicos y operativos, programas y proyectos de desarrollo sectorial, coordinando con los órganos y organismos involucrados; Que, mediante el Memorando N° 000327-2022-OGPP/ MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite la propuesta del Plan Operativo Institucional Multianual 2023-2025 del Pliego 003: Ministerio de Cultura, para su aprobación en cumplimiento de lo establecido en la “Guía para el Planeamiento Institucional”; Que, atendiendo a lo expuesto por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en su condición de órgano encargado de formular y proponer a la Alta Dirección los planes y documentos de gestión organizacional, resulta pertinente aprobar el mencionado documento; Con las visaciones de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, la “Guía para el Planeamiento Institucional”, aprobada por la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 033-2017/CEPLAN/PCD y modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Apruébase el “Plan Operativo Institucional Multianual 2023-2025 del Pliego 003: Ministerio de Cultura”, el mismo que en calidad de anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Encárgase a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Cultura, realizar el seguimiento y evaluación del Plan Operativo Institucional Multianual 2023-2025 del Pliego 003: Ministerio de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA Ministro de Cultura 2065174-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Designan Jefe de la Unidad Zonal Piura del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 125-2022-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE Lima, 9 de mayo de 2022VISTO: El Memorando Nº 920-2022-MIDAGRI-DVDAFIR- AGRO RURAL-DE/UGRH de fecha 09 de mayo de 2022 de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 143-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE, de fecha 10 de setiembre de 2021, se designó entre otros, a la señora Katiuska Vittorina Gonzales Debenedetti, en el cargo de Jefe de la Unidad Zonal Piura del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, cargo considerado de con fi anza; Que, de acuerdo al documento del visto, la Jefa de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, informa que de la revisión y evaluación del curriculum vitae descriptivo y anexos a nombre del señor Gonzalo Cruz Abarca concluye que cumple con los requisitos mínimos para ocupar el cargo de Jefe de la Unidad Zonal Piura en la Entidad, conforme a lo establecido en el Clasi fi cador de Cargos de AGRO RURAL aprobado mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 116-2021-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE; Que, de acuerdo a lo referido en el párrafo precedente se ha visto conveniente expedir el acto administrativo que de por concluida la designación de la Jefa de la Unidad Zonal Piura, y se designe a su reemplazante; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 137-2021-MIDAGRI y modi fi catoria; Con las visaciones de la Jefa de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos y la Jefa de la Unidad de Asesoría Jurídica;