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68 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de mayo de 2022 El Peruano / DISTRITO DE LA PERLA, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – CODISEC, en cumplimiento de lo establecido en la Ley Nº 27933 – Ley del Sistema de Seguridad Ciudadana, documento que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la GERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA, designada como Secretaría Técnica del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana – CODISEC, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a SECRETARIA GENERAL la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la SUB GERENCIA DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN, la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad, (www.munilaperla.gob.pe), el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas (www.servicioalciudadano.gob.pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ANIBAL NOVILO JARA AGUIRRE Alcalde 2065240-1 MUNICIPALIDAD DE MI PERU Aprueban el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el distrito de Mi Perú para el año 2023 ORDENANZA Nº 097/MDMP Mi Perú, 29 de abril del 2022EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO en la Sesión Ordinaria de Concejo de manera presencial de la fecha el Dictamen Nº 004-2022-MDMP/CAPAT de la Comisión de Administración, Presupuesto y Administración Tributaria, la Carta Nº 054-2022-MDMP/SG de la Secretaría General, el Memorando Nº 440-2022-MDMP/GM de Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 105-2022/MDMP/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, así como el Informe Nº 019-2022-MDMP/GPPR de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº Ley Nº 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del título IV, señalan que los gobiernos locales promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente, bajo responsabilidad, conforme a ley. Que, el artículo 53º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia. El presupuesto participativo forma parte del sistema de plani fi cación.Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972, dispone que las municipalidades determinarán espacios de concertación adicionales a los previstos en la presente ley y regularán mediante ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, mediante Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, modi fi cada por la Ley Nº29298, y su reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº142-2009-EF, se establecen disposiciones y lineamientos que permiten asegurar la efectiva participación del Consejo de Coordinación Local y de la sociedad civil en el proceso de programación participativa del presupuesto municipal; Que, de conformidad a lo prescrito en el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, aprobado por Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, el Presupuesto Participativo debe estar orientado a resultados a fi n que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos especí fi cos que la población demande, especialmente en aquellas dimensiones que se consideran prioritarias para el desarrollo local, evitando de este modo ine fi ciencias en la asignación de los recursos públicos; Que, mediante Informe Nº 019-2022-MDMP/GPPR la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, teniendo en cuenta la normatividad antes glosada, alcanza la propuesta de Ordenanza que Aprueba el Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Mi Perú para el Año 2023, el que tiene como objetivo establecer las pautas e instrucciones que respondan al adecuado proceso del presupuesto participativo, asegurando la efectiva participación y fortalecimiento de la relación entre el gobierno local con las organizaciones civiles que integran el Distrito de Mi Perú; Que, mediante Informe Legal Nº 105-2022/MDMP/ GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica luego del análisis del caso opina por la procedencia de la aprobación de la propuesta de Ordenanza que Aprueba el Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Mi Perú para el Año 2023; Estando a lo expuesto, conforme a lo establecido en el artículo 9º, de la Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO UNÁNIME de los miembros del Concejo Municipal, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE MI PERÚ PARA EL AÑO 2023 Artículo Primero.- APROBAR el REGLAMENTO DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE MI PERÚ PARA EL AÑO 2023, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza, según los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- FACULTAR a la señora Alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias a la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCÁRGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, ya la Gerencia de Participación Vecinal y Asentamientos Humanos, adoptar las acciones pertinentes para el debido cumplimiento del reglamento materia de aprobación; Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del texto de la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística su publicación, tanto del texto como del correspondiente reglamento en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú, con dirección electrónica: http://munimiperu.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JADE ELISA VEGA VEGA Alcaldesa 2065597-1