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60 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de mayo de 2022 El Peruano / implementación de la precitada norma, en lo que fuera de aplicación; Que, con el Informe Nº 496-2022-UGRH-OAF/MVMT, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, solicita la ampliación del Crédito Presupuestario Nº 1112 del CAS Funcionario para cubrir los puestos de Coordinador de la Unidad de Integridad Institucional y Secretaria Técnica de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, por el periodo abril a diciembre de 2022; Que, mediante el Informe Nº 011-2022-OPPPMI/ MDVMT, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, remite el Informe Técnico para la Implementación de la Modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, el cual ajusta el ROF vigente de la entidad con las recientes disposiciones normativas. Asimismo, señala que la propuesta remitida recoge y ajusta las propuestas de modi fi cación del ROF conforme a las disposiciones contenidas en la Ley Nº 31433, así como a los principios y lineamientos contenidos en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, y la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2018-PCM/SGP. En tal sentido, valida técnicamente las funciones asignadas en la propuesta de “Modi fi cación de la Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo” y opina técnicamente favorable para su aprobación; Que, la O fi cina de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 084-2022-OAJ/MVMT valida la legalidad de las funciones asignadas a las unidades de organización de la entidad, en consecuencia, opina por la procedencia de la emisión de la ordenanza que modi fi ca el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y de la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, por resultar ajustadas a la normativa y las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización de la entidad; Que, mediante el Memorándum Nº 284-2022-GM/ MVMT, la Gerencia Municipal, teniendo en cuenta el pronunciamiento legal de la O fi cina de Asesoría Jurídica, remite los actuados para la emisión del acto resolutivo correspondiente; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente y, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO Artículo Primero.- MODIFICAR la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, aprobada mediante Ordenanza Nº 299-MVMT, conforme se detalla en el Anexo Nº 01 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- MODIFICAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, aprobado mediante Ordenanza Nº 299-MVMT y aprobar el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, de acuerdo con el Anexo Nº 02 que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DEROGAR la Ordenanza Nº 317-MVMT, que modi fi ca la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, así como toda norma que se oponga a la presente. Artículo Cuarto.- PRECISAR que las disposiciones municipales vigentes (Ordenanzas, Decretos, Resoluciones de Alcaldía, Resoluciones Gerenciales y/o Subgerenciales, entre otros) y otros documentos de gestión institucional aprobados anteriormente a la vigencia e implementación de la presente Ordenanza, en donde se haga referencia a la Ordenanza Nº 299-MVMT o a la Ordenanza Nº 317-MVMT, deberán entenderse referidas a la presente Ordenanza.Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial El Peruano. Asimismo, encargar a la Unidad de Sistemas y Tecnologías de la Información, la publicación de la presente Ordenanza en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe) y su difusión en el Portal Institucional de la Entidad (www.munivmt.gob.pe). Artículo Sexto.- ENCARGAR a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, la elaboración del “Plan de Implementación para la Modi fi cación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo”, y encargar a Gerencia Municipal su validación y difusión a todas las unidades de organización que integran la Municipalidad. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a todas las unidades de organización que integran la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde 2065315-1 Aprueban el Reglamento del Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo ORDENANZA Nº 332-MVMT Villa María del Triunfo, 27 de abril de 2022 EL ALCALDE DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFOPOR CUANTO:El Concejo Municipal de Villa María del Triunfo, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 0198-2022-SGPVECDYJ- GDS/MVMT de la Subgerencia de Participación Vecinal, Educación, Cultura, Deporte y Juventud, el Informe Nº 027-2022-GDS/MVMT de la Gerencia de Desarrollo Social, el Informe Nº 088-2022-OAJ/MVMT de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 295-2022-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, respecto a la aprobación de la Ordenanza que aprueba el Reglamento del Registro Único de Organizaciones Sociales (RUOS) de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, y; CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dicha potestad radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo 31º de la Carta Magna, modi fi cado por Ley Nº 28480, establece que es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción. Asimismo, en el Artículo 197º establece que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; Que, por su parte, el numeral 5) del Artículo 73º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es competencia municipal, en materia de participación vecinal, entre otras, promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local, así como Organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de su jurisdicción;