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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2022 (18/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de mayo de 2022 El Peruano / EL ALCALDE DE LA MUNCIPALIDAD DE LA VICTORIA; VISTOS: el Memorando Nº 287-2022-GM/MLV de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 100-2022-SGPM-GPP/MLV de la Subgerencia de Plani fi cación y Modernización y el Informe Nº 244-2022-GAJ/MLV de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política y en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, a través del artículo 2º de la Ley Nº 31433 se incorpora el artículo 119-A a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señalando que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos; asimismo, establece que como mínimo se realizarán dos audiencias públicas municipales, en mayo y setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del años fi scal; Que, la Ordenanza Nº 236-2016/MLV aprueba el reglamento de las audiencias públicas de rendición de cuentas de la Municipalidad de La Victoria; asimismo, el artículo 10º del dispositivo legal mencionado, establece que la audiencia se convocará por Decreto de Alcaldía y deberá cumplirse con la difusión correspondiente utilizando los diferentes medios de comunicación disponibles, así como el portal institucional de la entidad; Que, mediante el Informe Nº 100-2022-SGPM-GPP/ MLV la Subgerencia de Plani fi cación y Modernización, propone que a través de un Decreto de Alcaldía se convoque a la audiencia pública de rendición de cuentas correspondiente al mes de mayo, en cumplimiento de la modi fi catoria de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, a través del Informe Nº 244-2022-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable por lo sustentado por la Subgerencia de Plani fi cación y Modernización, el cual es conforme a lo dispuesto por el artículo 119-A a la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; opinión que es compartida por la Gerencia Municipal mediante proveído Nº 1494-2022-GM/MLV; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas, de conformidad con lo establecido en el artículo 20º, numeral 6 y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, Secretaría General, Gerencia de Asesoría Jurídica y la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; SE DECRETA: Artículo Primero.- Convocar a la ciudadanía a la audiencia pública de rendición de cuentas de la Municipalidad de La Victoria, de acuerdo al único anexo que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Encargar al equipo técnico de rendición de cuentas llevar a cabo las acciones correspondientes para el debido cumplimiento del presente decreto. Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la publicación del Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, a la Gerencia de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones el presente dispositivo legal y su anexo único en el portal institucional www.munilavictoria.gob.pe Regístrese, publíquese y cúmplase.LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SA LVATIERRA Alcalde 2067866-1MUNICIPALIDAD DE LINCE Ordenanza que impide construcción en parque Castilla ORDENANZA Nº 470-2022-MDL Lince, 10 de mayo de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, y; VISTO: El Registro N° E012206698, de fecha 19 de abril de 2022, presentado por los regidores Luis Esteban Delgado Sigüeñas y Karin Magali Luna Valverde; el Informe Técnico N° 005-2022-MDL-GGA/PMM, de fecha 03 de marzo del 2022, del Especialista Técnico de la Subgerencia de Operaciones Ambientales; el Informe N° 111-2022-MDL/GGA/SOA, de fecha 03 de marzo de 2022, de la Subgerencia de Operaciones Ambientales; el Informe N° 030-2022-MDL-GGA-SOA-MALJ, de fecha 29 de abril de 2022, del Coordinador de la Subgerencia de Operaciones Ambientales; el Memorando N° 00089-2022-MDL/GDU, de fecha 22 de abril de 2022, de la Gerencia de Desarrollo Urbano; el Informe N° 061-2022-MDL/GGA, de fecha 29 de abril de 2022, de la Gerencia de Gestión Ambiental; el Memorando N° 146-2022-MDL-GAJ, de fecha 29 de abril de 2022, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Dictamen N° 002-2022-MDL-CAL, de fecha 02 de mayo de 2022, de la Comisión de Asesoría Legal, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el artículo 40º de la precitada Ley Orgánica, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Asimismo, el inciso 8 del artículo 9º de la norma antes citada, señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas; Que, la Ordenanza N° 1391-2010 de Lima Metropolitana reconoció el 10 de junio de 2010 al parque Mariscal Castilla como Área de Reserva Ambiental por los servicios ambientales que brindará a favor de la comunidad; Que, en el 2016, la Ordenanza N° 376-2016-MDL, la Municipalidad Distrital de Lince señala en su artículo 13° que: “La modi fi cación del régimen del uso del suelo de los espacios destinados a áreas verdes de uso público en el ARA — Parque Mariscal Ramón Castilla, deberá promover su conservación, defensa y mantenimiento; en tal sentido, no se permitirá el desarrollo de obras de infraestructura que sean ajenas a las fi nalidades de recreación o de reserva ambiental. Cualquier obra de infraestructura que se realice por mejoras no podrá disminuir el porcentaje total de área verde existente”; Que, en la Sesión Ordinaria de la fecha, a pedido del Regidor Luis Esteban Delgado Sigüeñas, el presente proyecto de ordenanza “Que impide construcción en el Parque Castilla” pasó a Orden del Día para ser vista en dicha estación; Que, que en dicha estación la presente ordenanza fue sustentada por el Regidor Luis Delgado Sigüeñas, quien precisó lo siguiente: “Este proyecto de ordenanza que hemos presentado con la regidora Karin Luna, tiene por