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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2022 (18/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de mayo de 2022 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE 0rdenanza que aprueba el procedimiento de Planeamiento Integral con fines de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación ORDENANZA MUNICIPAL Nº 09-2022-MPC Cañete, 29 de abril de 2022EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 27 de abril de 2022, Informe Nº 007-2022-FIAG-GODUR-MPC, de fecha 12 de enero de 2022, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural Informe Nº 007-2022-FIAG-GODUR-MPC, de fecha 12 de enero de 2022, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, Informe Legal Nº 019-2022-GAJ-MPC, de fecha 26 de enero de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica, Informe Nº 029-2022-GM-MPC, de fecha 31 de enero de 2022, la Gerencia Municipal, Dictamen Nº 06-2022-CODUYR- MPC, de fecha 10 de marzo de 2022, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en los Artículos 74º, 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con los Artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, otorgándole potestad para administrar sus bienes y rentas; establece además, que mediante Ordenanza se crean, modi fi can, suprimen o exoneran los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley, correspondiéndole al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA, se aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), norma que contiene los procedimientos técnicos, criterios y parámetros que los Gobiernos Locales deben considerar en la formulación, aprobación, implementación y modi fi cación de los instrumentos de plani fi cación urbana y en los instrumentos de gestión urbana contemplados en dicho Reglamento; Que, el artículo 58º del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible (RATDUS), de fi ne al Planeamiento Integral (PI) como: “(…) un instrumento técnico – normativo mediante el cual se asigna zoni fi cación y vías primarias con fi nes de integración al área urbana, a los predios rústicos no comprendidos en los PDU, EU o localizados en centros poblados que carezcan de PDU y/o de Zoni fi cación”; Que, asimismo, el numeral 61.3 del Artículo 61º del RATDUS establece que: “La propuesta fi nal del PI con el respectivo Informe Técnico Legal es presentada por la Gerencia Municipal competente al Concejo Municipal Provincial para su aprobación mediante Ordenanza, siguiendo el procedimiento establecido en el numeral 55.5 del artículo 55 del presente Reglamento, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades”; Que, mediante Expediente Nº 006332-2020, de fecha 28 de setiembre de 2020, los señores Andrés de la Cruz Cantoral, con DNI Nº 15410251 y Manuela Calagua de de la Cruz, con DNI Nº 15346645, solicitan la aprobación del Planeamiento Integral del predio denominado Fundo La Esperanza, ubicado en el Sector Casa Blanca Este Numero de Parcela 109 código catastral 05588 Proyecto Túpac Amaru Valle Cañete, UC Ant. Nº10364, del Distrito de San Luis, Provincia de Cañete, Región Lima con Partida Registral Nº P03077477, adjuntando: 03 memorias descriptivas, 03 planos de propuesta de zoni fi cación, 03 planos de secciones de vías, 03 planos de ubicación, 03 planos de habilitación urbana en propuesta, 03 CD en formato digital DWG y PDF, 03 copia de DNI y 03 copia de la partida electrónica; Que, con Carta Nº 303-2020/SGOP-MPC, de fecha 28 de octubre de 2020, la Sub Gerencia de Obras Privadas solicita al recurrente, subsane las observaciones advertidas en la misma, el mismo que fue subsanado mediante escrito S/N, de fecha 10 de noviembre de 2020; Que, mediante O fi cio Nº 168-2020-GODUR-MPC, de fecha 27 de noviembre de 2020, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete, solicita a la Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San Luis, la difusión y la opinión técnica del Planeamiento Integral propuesto; el mismo que fue atendido mediante O fi cio Nº 030-2021-AL-MDSLC, de fecha 17 de febrero de 2021; Que, mediante Informe Nº 0330-2020-JVAH-SGOP- MPC, de fecha 25 de noviembre de 2020, la Sub Gerencia de Obras Privadas de la Municipalidad Provincial de Cañete, remite informe técnico a la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, señalando en sus conclusiones, entre otros, que el expediente presentado “(…) cumple con la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible para el planeamiento integral (…)”; solicitando: 1. Se autorice el inicio de la Difusión de la Propuesta del Planeamiento Integral del Distrito de San Luis(exhibición en el periodo Mural y pagina web) en la Provincia de Cañete, del predio con Partida NºP03077477, ubicado en Casa Blanca Este Numero de Parcela 109 Código Catastral 05588 Proyecto Túpac Amaru Valle Cañete U.C. Nº10364, Distrito de San Luis, durante el periodo de 30 días calendarios, conforme lo señalado en el numeral 55.5 del artículo 55 del presente Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. Se comunique a la Municipalidad Distrital de San Luis, el inicio del procedimiento de la Difusión de la Propuesta de Aprobación de Planeamiento Integral y se remita 01 copia del expediente administrativo Nº 06332-2020 (Documentación Técnica), con la fi nalidad de que se inicie el procedimiento administrativo solicitado por el administrado, conforme lo señalado en el numeral 55.5 del artículo 55 del presente Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 3. solicite a la Gerencia de Secretaria General la Publicación de la Propuesta de Aprobación de planeamiento integral, solicitado por el administrador en el Distrito de San Luis, en los Paneles de la Municipalidad Provincial de Cañete (…) 4. Se solicite a la Sub Gerencia de Tecnologías de la Información, Racionalización y Estadística, de la Municipalidad Provincial de Cañete la Publicación de la Propuesta de Aprobación de Planeamiento Integral (…); Que, con Memorándum Nº 0038-2021-FIAG-GODUR- MPC, de fecha 30 de marzo de 2021, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, solicita a la Gerencia de Secretaría General, de acuerdo al Artículo 55º numeral 55.5 del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, la publicación en el Panel de la Municipalidad Provincial de Cañete lo relacionado a la propuesta de Planeamiento Integral, el mismo que fue remitido a la Sub Gerencia de Imagen Institucional, siendo atendido con Informe Nº 136-2021-SGII-GSG-MPC, de fecha de recepción 24 de junio de 2021, señalando el cumplimiento de la difusión del Planeamiento Integral en el panel principal de la Municipalidad Provincial de Cañete, desde el 06 de abril hasta el 11 de mayo de 2021, asimismo, con Memorándum Nº 0039-2021-FIAG-GODUR-