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76 NORMAS LEGALES Miércoles 18 de mayo de 2022 El Peruano / Participación de la Juventud, también podrán brindar asistencia técnica otras instituciones públicas o privadas. 2. La Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, como órgano de línea que de acuerdo a sus funciones emite resoluciones para el reconocimiento y registro de las organizaciones y sus representantes, así como otras en el ámbito de su competencia; garantizara la difusión, accesibilidad y fl exibilidad en el registro de las organizaciones juveniles en RUOS brindando la asistencia, orientación y coordinación directa con las organizaciones juveniles para el apoyo y orientación a las organizaciones juveniles interesadas en registrarse. CAPÍTULO II DEL CONSEJO DISTRITAL DE PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD DEL DISTRITO DE SAN LUIS Artículo 6º.- PLENO DEL CONSEJO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD DEL DISTRITO DE SAN LUIS Es la instancia colegiada, independiente, elegida democráticamente y de carácter social que tiene por objetivo la representación de los jóvenes del distrito de San Luis frente a la Municipalidad Metropolitana de Lima, las entidades Públicas y Privadas, las municipales distritales y demás organismos que intervienen en materia de promoción, diseño, gestión y evaluación de políticas de juventud. El CDPJ-SL para el ejercicio de sus funciones contemplan las siguientes instancias de decisión, dirección y cargos: a) El Pleno del CDPJ-SL. b) El Secretario Distrital del CDPJ-SL.c) El Primer Sub Secretario Distrital del CDPJ-SL.d) El Segundo Sub Secretario Distrital del CDPJ-SL.e) El Secretario Técnico del Consejo Distrital del CDPJ-SL. f) Grupos de Trabajo del CDPJ-SL. Artículo 7º.- CONFORMACIÓN El CDPJ-SL, estará conformado por adolescentes y jóvenes comprendidos entre 15 y 29 años de edad con domicilio en el distrito siendo representantes de las organizaciones juveniles, instituciones educativas secundarias, secciones de juventud de organizaciones sociales, religiosas, políticas gremiales y culturales de la jurisdicción y los cuales serán elegidos democráticamente por los jóvenes y por las organizaciones juveniles que desarrollen actividades en la jurisdicción del distrito de San Luis. Artículo 8º.- PLENO DEL CDPJ-SL El Pleno es la instancia de máxima decisión, deliberativa y resolutiva del Consejo Distrital de Participación la Juventud de San Luis. Sus acuerdos representan la voluntad colectiva de sus miembros, siendo de obligatorio cumplimiento. Lo conforman todos sus miembros, los cuales se unen en sesiones plenarias. Artículo 9º.-SECRETARIO DISTRITAL DEL CDPJ- SL El Secretario Distrital del CDPJ-SL es el representante del Consejo Distrital de Participación de la Juventud de San Luis y asume compromiso de representar a las juventudes del distrito al que pertenece. Es elegido por los representantes de las organizaciones juveniles y de los otros estamentos de las juventudes del distrito de San Luis. Artículo 10º.- PRIMER SUB SECRETARIO DISTRITAL DEL CDPJ-SL Es uno de los consejeros que asume la representación del CDPJ, cuando el Secretario esté ausente, se lo encargue o este sea destituido. Artículo 11º.- SEGUNDO SUB SECRETARIO DISTRITAL DEL CDPJ-SL Es uno de los consejeros que asume el cargo de Primer Sub Secretario en caso este último pase a ser Secretario Distrital. Artículo 12º.- SECRETARIO TÉCNICO DEL CDPJ-SL El Secretario Técnico del CDPJ-SL es el responsable de brindar asesoría, asistencia técnica y apoyo para el cumplimiento de sus funciones del Consejo Distrital de Participación de la Juventud de San Luis para que cumpla las funciones de brindar asistencia técnica y participará de las sesiones del Pleno en su calidad de asesor con voz y sin voto. Es designado por la Municipalidad a propuesta de la Gerencia de Desarrollo Económico y Social. Artículo 13º.- GRUPOS DE TRABAJO DEL CDPJ-SL Los Grupos de Trabajo del CDPJ-SL son instancias que se conforman y funcionan de acuerdo a las temáticas priorizadas por las juventudes del distrito. CAPÍTULO III DEL COMITÉ ELECTORAL Artículo 14º.- COMITÉ ELECTORAL.- El Comité Electoral es un órgano autónomo, que tiene a su cargo la responsabilidad de la conducción y el desarrollo del proceso de elección de los miembros del CDPJ-SL, el cual deberá realizarse de manera democrática y transparente. Sus funciones culminan con la proclamación de los candidatos ganadores que integran el CDPJ-SL. Artículo 15º.- CONFORMACIÓN Y ELECCIÓN.- El Comité Electoral estará conformado por tres (03) miembros, un representante de la Municipalidad de San Luis y dos representantes de las organizaciones juveniles que participen en el CDPJ-SL. El Cargo es ad honórem e irrenunciable hasta el fi nal del proceso electoral. Los miembros del Comité Electoral no podrán ser candidatos al Consejo Distrital de Participación del distrito de San Luis. Al final del proceso de elección del Comité Electoral se levantará un acta de conformidad. Artículo 16º.- DE LAS FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL COMITÉ ELECTORAL. a) Elaborar el reglamento del proceso electoral. b) Convocar, organizar, plani fi car y ejecutar el proceso electoral del CDPJ-SL. c) Orientar a los Jóvenes sobre los procedimientos correspondientes al proceso de elección. d) Dirigir y controlar el desarrollo del proceso electoral y revisar las objeciones. e) Publicar el padrón de las organizaciones juveniles, cumpliendo el reglamento del Proceso Electoral del CDPJ-SL. f) Coordinar con la Municipalidad de San Luis la elaboración del material para el proceso electoral. g) Resolver impugnaciones, observaciones u otras incidencias, que se produzcan durante el proceso electoral. Proclamar y acreditar a los representantes elegidos, otorgar credenciales. h) Comunicar a la municipalidad de San Luis los resultados del proceso electoral, a fi n que, mediante Resolución de Alcaldía, se reconozca y efectúe la entrega de credenciales a los miembros del CDPJ- SL. CAPÍTULO IV DE LA CONVOCATORIA Artículo 17º.- CONVOCATORIA DEL PROCESO ELECTORAL DE LOS MIEMBROS DEL CONCEJO DISTRITAL DE PARTICIPACIÓN DE LA JUVENTUD DEL DISTRITO DE SAN LUIS. El Comité Electoral coordinará con la Sub Gerencia de Tecnología de la información la publicación, en el portal web de la municipalidad de San Luis, del cronograma de la Elección de los miembros del CDPJ-SL, donde se deberá exponer como mínimo lo siguiente: