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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE MAYO DEL AÑO 2022 (24/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Martes 24 de mayo de 2022 El Peruano / privadas y públicas. Incluye dicha representación para la tramitación y solicitud de permisos y/o licencias, suscribir todo tipo de contratos y adendas, iniciar y proseguir procedimientos administrativos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo; desistirse y participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación, queja contra los defectos de tramitación, solicitar la recti fi cación de errores, entre otras pretensiones administrativas en la jurisdicción de Lima Metropolitana. Las delegaciones otorgadas a la O fi cina General de Administración se ejercitan a excepción de las delegaciones especí fi cas otorgadas a la Unidad de Personal señaladas en el artículo 4 de la presente resolución. b) Realizar todo tipo de actos y trámites ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria, tales como, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo; desistirse y participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación, queja contra los defectos de tramitación, solicitar la recti fi cación de errores, entre otras pretensiones administrativas. c) Realizar todo tipo de solicitudes, actos y trámites ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, destinados a inscribir, levantar observaciones, presentar apelaciones ante el Tribunal Registral, oponerse a la inscripción, o, en general, cualquier otro tipo de actuaciones destinadas al registro de derechos de titularidad, en el ámbito de sus competencias, sobre bienes muebles o inmuebles, incluyendo, la modi fi cación y recti fi cación de partidas registrales, entre otros actos que requieran de inscripción. d) Suscribir contratos de arrendamiento y/o de derecho de uso de infraestructura, así como de concesión de inmuebles celebrados en el marco de las facultades previstas en el artículo 80 y 83 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte y sus modi fi catorias, en la jurisdicción de Lima Metropolitana; así como, sus prórrogas, resolución y toda la documentación relacionada con la gestión y/o administración de este tipo de contratos. e) Suscribir, modi fi car y resolver otro tipo de contratos de bienes y servicios incluyendo aquellos cuyos montos de contratación sean menores o iguales a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) o cualquier otro tipo de contrato con terceros. f) Designar los Comités Especiales para llevar a cabo los procedimientos de arrendamiento de espacios o infraestructura de predios administrados por el Instituto Peruano del Deporte o de su propiedad cuando se trate de oferta pública. 2.3. En materia fi nanciera y contable a) Designar a los titulares y suplentes responsables del manejo de cuentas bancarias del Instituto Peruano del Deporte IPD, en el marco de la normativa vigente. b) Suscribir la documentación correspondiente a la información contable que deba ser presentada ante la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad a lo dispuesto en la normativa vigente, que regula la elaboración y presentación de la información Financiera, Presupuestaria y Complementaria del primer trimestre, primer semestre y tercer trimestre de cada ejercicio. 2.4. En materia procesal Representar al Titular de la Entidad en las diligencias o actuaciones procedimentales donde sea requerida su participación por autoridad administrativa, policial, fi scal, jurisdiccional o arbitral competente en la jurisdicción de Lima Metropolitana, sin perjuicio de la representación procesal que le corresponde efectuar a la Procuraduría Pública en el ámbito de su competencia. 2.5. En materia de personal a) Emitir las resoluciones que dispongan las encargaturas o designaciones temporales, según sea el caso, de los Jefes de Unidad.b) Emitir la resolución que apruebe el Presupuesto Analítico del Personal del Instituto Peruano del Deporte. Artículo 4. - Delegación a la jefatura de la Unidad de Personal Delegar en el/la Jefe (a) de la Unidad de Personal, las siguientes facultades y atribuciones: a) Reconocer el otorgamiento de las Compensaciones por Tiempo de Servicios, bene fi cios, boni fi caciones y otros derechos pecuniarios del personal comprendido en el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. b) Formalizar el cese del servicio del personal, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 34 y 35 del Decreto Legislativo N° 276 – Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. c) Emitir las resoluciones para el otorgamiento, modi fi cación o suspensión de las pensiones derivadas del Decreto Ley N° 20530, Régimen de pensiones y compensaciones por servicios civiles prestados al Estado no comprendidos en el Decreto Ley N° 19990. d) Suscribir, prorrogar, renovar, modi fi car, suspender o extinguir los contratos que se celebren al amparo del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios y su Reglamento, así como los convenios de modalidades formativas de servicios. e) Autorizar y formalizar las acciones de personal a que se re fi ere el Capítulo VII “De la asignación de funciones y el desplazamiento” del Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa aprobado por el Decreto Supremo N° 005- 90-PCM, con excepción de la designación y encargos. Asimismo, autorizar los ceses del personal comprendido en el Régimen del Decreto Legislativo N° 276. f) Autorizar y formalizar las acciones de personal a que se re fi ere el artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y sus modi fi catorias, de las unidades de organización del Instituto Peruano del Deporte, con excepción de las designaciones temporales. g) Realizar todo tipo de actos y trámites ante la Autoridad Nacional del Servicio Civil y el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, tales como: formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativo; desistirse y participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación, queja contra los defectos de tramitación, solicitar la recti fi cación de errores, entre otras pretensiones administrativas”. Artículo 3.- Delegación a la Dirección Nacional de Deporte de A fi liados Delegar en el/la director (a) de la Dirección Nacional de Deporte de A fi liados, la facultad prevista en el numeral 12 del artículo 13 de la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte: 3.1 En materia deportivaAutorizar la participación de las representaciones deportivas nacionales y el uso de los símbolos deportivos nacionales en cualquier evento dentro o fuera del país. Artículo 4.- Noti fi cación Notifíquese la presente resolución a todas las unidades de organización del Instituto Peruano del Deporte para conocimiento, cumplimiento y difusión. Artículo 5.- Publicación Publicar la presente resolución en la sede digital del Instituto Peruano del Deporte (www.gob.pe/ipd) y en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.MÁXIMO ENRIQUE PÉREZ ZEVALLOS Presidente 2069964-1