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128 NORMAS LEGALES Sábado 12 de noviembre de 2022 El Peruano / de Procedimientos Administrativos, señalando que la norma que aprueba el TUPA, se publica en el diario o fi cial El Peruano, y el TUPA así como la disposición legal de aprobación, se publican obligatoriamente en el portal del diario o fi cial El Peruano y adicionalmente se difunde a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo portal institucional; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, el órgano responsable de la elaboración de los instrumentos de gestión o el que haga sus veces, se encuentra a cargo del proceso de elaboración y formulación del TUPA, correspondiendo a la O fi cina de Asesoría Jurídica de la entidad o quien haga sus veces, garantizar que en el TUPA se consigne la base legal de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad de la entidad; Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2010- PCM, se establece la metodología de costos que debe ser aplicada para determinar el costo de los derechos a exigir por las entidades públicas por los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad que tengan a su cargo, y mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2010-PCM se aprueba la Guía Metodológica; Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2011- PCM, se aprueba la Metodología de Simpli fi cación Administrativa a ser aplicada por las entidades públicas, previo a la adecuación del TUPA a la metodología de determinación de costos establecida mediante Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM; Que, La Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – en su Artículo 40º establece la formalidad que debe revestir la potestad legislativa en materia tributaria de las municipalidades distritales, disponiendo que las tasas y contribuciones deben ser rati fi cadas por la respectiva Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra regulado en la Ordenanza Nº 2386-2021-MML, la cual establece el procedimiento de rati fi cación de las Ordenanzas aprobadas por las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima que crean, modi fi can o regulen tasas o contribuciones dentro del ámbito de sus respectivas jurisdicciones; Que, con la Ordenanza Nº 2386-2021-MML, publicada en el diario O fi cial El Peruano el 26 de agosto de 2021, Ordenanza que sustituye la Ordenanza Nº 2085, que aprueba el Procedimiento de Rati fi cación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, la cual tiene por objeto establecer el procedimiento de rati fi cación de Ordenanzas Distritales que dispongan la creación, modi fi cación o que regulen tasas o contribuciones. La presente Ordenanza es de alcance metropolitano, siendo de aplicación obligatoria por parte de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima. Asimismo, en el numeral 7.2 del Artículo 7º establece cuales son los requisitos aplicables a la rati fi cación de Ordenanzas que aprueben derechos por la tramitación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en los TUPA municipales; Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos vigente de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, fue aprobado mediante Ordenanza Nº 278-2019-MVMT y Ordenanza Nº 280-2019-MVMT, respecto del cual, la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Acuerdo de Concejo Nº 264, rati fi có 52 derechos de tramitación, siendo complementado con la Ordenanza Nº 279-2019-MVMT, respecto del cual, la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Acuerdo de Concejo Nº 263, rati fi có 103 derechos de tramitación. Dichas normas (Ordenanzas y Acuerdos de Concejo Metropolitano) fueron publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fecha 11 de diciembre de 2019; Que, posteriormente y productos de sendas modi fi caciones del contexto normativo nacional, el TUPA ha sido modi fi cado a través de las Ordenanzas Nº 302 y Nº 318-MVMT, y los Decretos de Alcaldía Nº 11-2020-MVMT y el Nº 01 y 04-2021-MVMT; Que, a través de la Resolución de Gerencia Municipal Nº 333-2022-GM/MVMT, se designa al Gerente de la O fi cina de Asesoría Jurídica y al/la Gerente de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, como funcionarios responsables del proceso de rati fi cación de la Ordenanza que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo; Que, con el Memorándum Nº 619-2022-OPPPMI/ MDVMT, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, remite el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, elaborado por la Unidad de Planeamiento Estratégico, Modernización y Cooperación Técnica; Que, mediante el Informe Nº 125-2022-OAJ/MVMT, la O fi cina de Asesoría Jurídica, Opinión Favorable sobre el Proyecto de TUPA, presentado por la Unidad de Planeamiento Estratégico, Modernización y Cooperación Técnica, debiendo cumplir con la aprobación del Concejo Municipal de Villa María del Triunfo, y ser presentada ante el Servicio de Administración Tributaria – SAT, para iniciar con el procedimiento de rati fi cación, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 2386-2021-MML; Que, a través del Memorándum Nº 422-2022-GM/ MDVMT, la Gerencia Municipal, emite su conformidad respecto a los procedimientos administrativos, los servicios prestados en exclusividad, costos y derechos determinados, sustentados en las estructuras de costos correspondientes, contenidos en el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos, remitido de conformidad con lo establecido en el Artículo 17º numeral 17.2.1 de los Lineamientos para la Elaboración y Aprobación del Tupa aprobado por Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, concordante con el Artículo 7º numeral 7.2 literal c) de la Ordenanza Nº 2386-2021-MML. En tal sentido, remite el referido proyecto, a fi n de que se elabore el Informe Técnico conforme lo establecido en el Artículo 7º numeral 7.2 literal g) de la Ordenanza Nº 2386-2021-MML y se prosiga con el procedimiento para su respectiva aprobación; Que, con el Informe Nº 020-2022-UPEMCT- OPPPMI/MDVMT, la Unidad de Planeamiento Estratégico, Modernización y Cooperación Técnica, recomienda la aprobación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad en el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, así como los derechos de tramite propuestos en dicho proyecto. En tal sentido, remite adjunto el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos y el Informe Técnico del Texto Único de Procedimientos Administrativos, con la finalidad de dar cumplimiento a las normas aprobadas por la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Concejo de Ministros, y de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante el Informe Nº 019-2022-OPPPMI/ MDVMT, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, remite el Proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos, así como el Informe Técnico del Texto Único de Procedimientos Administrativos, a fi n de que sea elevado al Pleno del Concejo Municipal para su aprobación; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de comisiones y del trámite lectura y aprobación del Acta, aprobó por MAYORÍA la siguiente: