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121 NORMAS LEGALES Sábado 12 de noviembre de 2022 El Peruano / Que, el ente rector SERVIR ha emitido la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional, que establece y precisa las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; Que, la citada Directiva de fi ne al Manual de Clasi fi cación de Cargos (MCC) como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.2 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, son responsabilidades de: El (la) titular de la entidad, aprobar el MCC y sus modi fi caciones, según dispone la directiva; la O fi cina de Recursos Humanos (ORH) o la que haga sus veces, elaborar la propuesta de MCC y/o de sus modi fi caciones, de corresponder, así como el informe técnico sustentatorio; y, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto (OPP) o la que haga sus veces, de emitir opinión sobre la propuesta del MCC en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del ROF vigente; Que, asimismo, el numeral 6.1.7. de la citada Directiva menciona que, la ORH o la que haga las veces debe elevar la propuesta de MCC al(la) titular de la entidad, previa opinión favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia. De obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; Que, en este contexto normativo, el Director de la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos presenta el Informe Técnico Nº 009-2022/GOB.REG.HVCA/ORA-OGRH, de fecha de recepción 30 de setiembre del 2022, con la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Unidad Ejecutora Nº 001 - Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica, que contiene los cargos estructurales que la entidad requiere para que los órganos y unidades orgánicas cumplan con las funciones mínimas indispensables dispuestas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF). Para la elaboración de la propuesta del MCC, se ha tomado en cuenta la metodología establecida por SERVIR a través del Anexo Nº 5 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH, siendo el instrumento de gestión empleado el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Unidad Ejecutora Nº 001 - Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica; Que, la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Unidad Ejecutora Nº 001 - Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica, elaborada por la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, cuenta con la opinión técnica de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Tecnologías de la Información a través del Informe Nº 062-2022/GOB.REG.HVCA/GRPPyAT-SGDIyTI-pgrp, de fecha 05 de octubre del 2022, donde luego de la evaluación la Especialista en Racionalización II otorga opinión favorable para su aprobación, en vista que se encuentra alineado los cargos contenidos en la propuesta del MCC, con los órganos y las unidades orgánicas establecidos en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica, aprobado con Ordenanza Regional Nº 421/GOB.REG.HVCA/CR, de fecha 16 de mayo del 2019, vigente a la fecha; Que, estando a lo expuesto, corresponde a este Despacho Gerencial aprobar el nuevo Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Unidad Ejecutora Nº 001 - Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica, que será de aplicación para todos los órganos y unidades orgánicas; por consiguiente, dejar sin efecto la Resolución Gerencial General Regional Nº 816-2019/GOB.REG.HVCA/GGR de fecha 11 de diciembre del 2019 y sus modi fi catorias, que aprobó el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica; Estando a lo informado; y,Con la visación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del artículo 28 del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional aprobado por Ordenanza Regional Nº 421-GOB.REG.HVCA/CR y la Resolución Ejecutiva Regional Nº 148-2021/GOB.REG.HVCA/GR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Unidad Ejecutora Nº 001 - Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica, documento de gestión institucional que en calidad de anexo en un (01) anillado, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- DEJAR sin efecto la Resolución Gerencial General Regional Nº 816-2019/GOB.REG.HVCA/GGR de fecha de fecha 11 de diciembre del 2019 y sus modi fi catorias, por lo expuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- NOTIFICAR, la presente Resolución a los órganos competentes del Gobierno Regional de Huancavelica, a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos y la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Tecnologías de la Información, para su publicación en el portal institucional. Regístrese, comuníquese y archívese.HECTOR J. RIVEROS CARHUAPOMA Gerente General Regional 2123697-1 GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 178-2022-GR-JUNÍN/GR Huancayo, 1 de septiembre de 2022EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN VISTO:El Informe Nº198-2022-GRJ/GRPPAT del 23 de agosto del 2022, Reporte Nº256-2022-GRJ/GRPPAT/SGPMI del 24 de junio del 2022; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1 º de la Ley Nº 31358, “Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”; dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, incluyendo las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de Obras por Impuestos y Asociaciones Público Privadas y otro mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, así como las entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de