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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (12/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 144

TEXTO PAGINA: 120

120 NORMAS LEGALES Sábado 12 de noviembre de 2022 El Peruano / Artículo Cuarto.- La rendición de cuentas deberá realizarse conforme lo establece la Ley Nº 27619 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013- PCM. Artículo Quinto.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación. Artículo Sexto.- Dentro de los quince días calendario siguientes de realizado el referido viaje, el magistrado informará sobre los resultados obtenidos con motivo de su participación en la actividad antes mencionada.Artículo Sétimo.- Comunicar la presente resolución al magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse; a la vicepresidencia y a los magistrados del Tribunal Constitucional; a la Secretaría General, a la Dirección General de Administración y a las O fi cinas de Gestión y Desarrollo Humano, Logística, Contabilidad y Tesorería, Tecnologías de la Información y al Órgano de Control Institucional. Regístrese, publíquese y comuníquese. FRANCISCO MORALES SARAVIA Presidente 2124410-1Que, en dicho escenario, dado que los gastos no serán cubiertos por los organizadores del seminario, en el caso del magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse, estos serán asumidos por el Tribunal Constitucional. En tal sentido, el jefe de la O fi cina de Logística ha informado mediante comunicación electrónica de fecha 26 de octubre y 07 de noviembre de 2022 el costo del pasaje aéreo y de la tarjeta de seguro internacional; y la jefa de la O fi cina de Contabilidad y Tesorería mediante comunicación electrónica de fecha 2 de noviembre de 2022, ha determinado el monto que por concepto de viáticos corresponde asignar al mencionado magistrado; Que, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse deberá presentar, ante la Presidencia del Tribunal Constitucional, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado; así como la rendición de cuentas conforme lo establece la Ley Nº 27619, “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modi fi catorias; Que, el artículo 4º del referido Decreto Supremo 047-2002-PCM señala que las autorizaciones de viaje deberán publicarse en el diario o fi cial “El Peruano” con anterioridad al viaje. Asimismo, serán publicadas en el Portal de Transparencia de la entidad;De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, el Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, aprobado por la Resolución Administrativa 095-2004-P/TC, la Ley 27619, la Ley 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, el Decreto Supremo 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo 056- 2013-PCM, el Decreto Legislativo 1440 y la Directiva de Otorgamiento de Pasajes y Viáticos para Comisiones de Servicios al Interior y Exterior del País aprobada por Resolución de Dirección General 012-2019-DIGA/TC, SE RESUELVEArtículo Primero.- CONCEDER licencia con goce de haber al magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse del 28 de noviembre al 3 de diciembre de 2022. Articulo Segundo.- AUTORIZAR el viaje del magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse a la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, para participar en el seminario sobre “Estructura y lenguaje de las resoluciones de los Tribunales Constitucionales”, que se realizará del 29 de noviembre al 2 de diciembre de 2022, con cargo al presupuesto de la entidad. Artículo Tercero.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución irrogará egresos del presupuesto del Tribunal Constitucional, según el siguiente detalle: COMISIONADO FECHA DE VIAJEPASAJE AÉREOUS$GASTO DE INSTALACIÓNVIÁTICOS A AMÉRICA DEL SURUS$ POR 4 DÍASTARJETA DE SEGURO INTERNACIONAL U$ GUSTAVO GUTIÉRREZ TICSE28 DE NOVIEMBRE AL 3 DE DICIEMBRE DE 2022$ 810.94 $ 370.00 $ 1,480.00 $ 42 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Unidad Ejecutora Nº 001 - Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 404-2022/GOB.REG-HVCA/GGR Huancavelica, 12 de octubre de 2022VISTO: El Informe Nº 989-2022/GOB.REG.HVCA/ORA- OGRH con Reg. Doc. Nº 2408463 y Reg. Exp. Nº 1774157, el Memorándum Nº 294-2022/GOB.REG.HVCA/GRPPyAT-SGDIyTI, el Informe Nº 062-2022/GOB.REG.HVCA/GRPPyAT-SGDIyTI-pgrp, el Informe Técnico Nº 009-2022/GOB.REG.HVCA/ORA-OGRH y demás documentación adjunta en doscientos treinta y nueve (239) folios útiles; y,CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional, del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización, concordante con el artículo 31 de la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, el artículo 2 de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el artículo único de la Ley Nº 30305, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el segundo párrafo del artículo 33 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, precisa que las funciones ejecutivas y administrativas del Gobierno Regional corresponden al Gerente General Regional y los Gerentes Regionales, concordante con el artículo 26 de la citada norma; Que, el artículo 6 de la Ley Nº 30057 – Ley del Servicio Civil, establece que las O fi cinas de Recursos Humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector; tiene entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y por la entidad;