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72 NORMAS LEGALES Domingo 13 de noviembre de 2022 El Peruano / 6 ABREVIATURAS a) APN: Autoridad Portuaria Nacional b) MTC: Ministerio de Transportes y Comunicacionesc) TP: Terminal Portuario de uso público en el puerto del Callao d) UTTCM: Unidad de transporte terrestre de carga y mercancía 7 DISPOSICIONES GENERALESLa APN implementará una plataforma tecnológica de gestión de monitoreo y control de las UTTCM dentro de los TP como parte de las actividades de fi scalización de la APN. La plataforma tecnológica de la APN se pondrá a disposición de los TP y las UTTCM el mismo que no irrogará costo al usuario, a través del aplicativo que se dispondrá para tal fi n. La plataforma tecnológica de la APN recopilará, procesará y consolidará información referida a la localización, velocidad, tiempo de atención de la UTTCM dentro del TP. Las UTTCM podrán recibir reportes. 8 DISPOSICIONES ESPECÍFICASLos vehículos de carga que ingresan a los terminales portuarios de uso público en el puerto del Callao, de manera voluntaria, podrán brindar el número del CHIP del GPS para direccionarlo a la plataforma de APN o en su defecto la APN le proporcionará el código IP y puerto de su plataforma con la fi nalidad que los operadores de GPS de cada UTTCM vinculen (Cambiar el IP y puerto de cada GPS por el de la APN) sus GPS a dicha plataforma. La UTTCM debe mantener la transmisión del GPS a la plataforma de geolocalización de la APN, durante el tiempo de ingreso al antepuerto, permanencia al interior del TP hasta su salida. La APN comunicará al OSITRAN el registro estadístico de tiempos de atención a la carga al interior de los terminales portuarios de uso público. 9 VIGENCIALos presentes lineamientos entran en vigor a los sesenta (60) días calendarios después de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. 10 ANEXO“A”: COMPONENTES TECNOLÓGICOS CONSIDE- RADOS ANEXO “A” COMPONENTES TECNOLÓGICOS CONSIDERADOS El AVL debe contar con los siguientes componentes mínimos: a) Batería integrada de respaldo b) GPSc) Tarjeta de memoria CARACTERÍSTICAS MÍNIMAS DEL AVLNetwork: GSM/GPRS. Banda: 850/900/1800/1900MHz Sensibilidad de GPS: -159dBm Precisión del GPS: <5m Tensión: 12 V -24VBatería de reserva: 3,7 V500mAh de polímero Li- Battery Temperatura de almacenamiento. -40°C a +85°CTemperatura de funcionamiento. -20°C a +65°CHumedad : 5% -95% sin condensación Memoria: Interna integrada mínimo 8 Mb. FUNCIONALIDAD MÍNIMA DEL AVLMostrar la ubicación directamente en el teléfono móvil con HTTP Google map link Obtener la ubicación física en la calle real/nombre de la dirección Confi gurar mediante cable USB (cable usb es opcional). Actualización automática de la posición del vehículoAlerta de movimiento.Alarma de exceso de velocidadAlarma de desconexión de la fuente de alimentación. Función de alarma de batería baja Verifi car el estado del vehículo FUNCIONAMIENTO DEL GPSEl funcionamiento del GPS está compuesto de:a) IMEI es el código único que lo identi fi ca b) CHIP GSMDirección IP y puerto donde reporta EXPOSICIÓN DE MOTIVOS PROYECTO NORMATIVO “LINEAMIENTOS PARA EL MONITOREO Y CONTROL DEL TRANSPORTE TERRESTRE DE CARGA Y MERCANCÍAS AL INTERIOR DE LOS TERMINALES PORTUARIOS DEL PUERTO DEL CALLAO” I. ANÁLISIS DE LA CONSTITUCIONALIDAD Y LEGALIDAD DE LA PROPUESTA La Ley Nº 27943, Ley del Sistema Portuario Nacional (en adelante, LSPN), crea la Autoridad Portuaria Nacional (en adelante, APN) como un Organismo Público Descentralizado (actualmente Organismo Técnico Especializado, en virtud del Decreto Supremo Nº 058- 2011-PCM), encargado del Sistema Portuario Nacional, adscrito al MTC, con personería jurídica de derecho público interno, patrimonio propio, y con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera. El artículo 1 de la LSPN establece que dicha norma regula las actividades y servicios en los terminales, infraestructuras e instalaciones ubicadas en los puertos marítimos, fl uviales y lacustres y todo lo que atañe y conforma el Sistema Portuario Nacional, con la fi nalidad de promover el desarrollo y competitividad de los puertos, así como facilitar el transporte multimodal, la modernización de las infraestructuras portuarias y el desarrollo de las cadenas logísticas en las que participan los puertos. Asimismo, el artículo 24 de la LSPN preve que la APN está encargada del desarrollo del Sistema Portuario Nacional, el fomento de la inversión privada en los puertos y la coordinación de los distintos actores públicos o privados que participan en las actividades y servicios portuarios, así como establecer las normas técnico-operativas para el desarrollo y la prestación de las actividades y los servicios portuarios acorde con los principios de transparencia y libre competencia. El artículo 100 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2004-MTC (en adelante, RLSPN), señala que la APN por delegación de facultades del MTC, cuenta con facultades normativas y reglamentarias en el ámbito de su competencia y emite normas de alcance general por Acuerdo de Directorio. Asimismo, emite resoluciones, directivas, y circulares de menor jerarquía. Por consiguiente, la APN es competente para emitir Lineamientos para el Monitoreo y Control del Transporte Terrestre de Carga y Mercancías al Interior de los Terminales Portuarios del Puerto del Callao. II. DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMAEl incremento del fl ujo de carga que viene sosteniendo el puerto del Callao genera una mayor cantidad de movimiento de vehículos para los distintos tipos de carga teniendo como consecuencia un incremento en la congestión vehicular al ingreso a los terminales portuarios, afectando los Costos logísticos, incremento de la inseguridad en el sistema de transporte. En ese contexto, las empresas de transporte de carga pesada, los conductores de vehículos de carga y la carga