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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (17/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 10

10 NORMAS LEGALES Jueves 17 de noviembre de 2022 El Peruano / CUL TURA Derogan el “Protocolo para la Implementación del Programa Piloto de Voluntariado del Ministerio de Cultura” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000250-2022-VMPCIC/MC San Borja, 14 de noviembre del 2022VISTOS; el Memorando N° 000815-2022-OGRH/ MC de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Memorando N° 000919-2022-DGDP/MC de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural; el Memorando N° 000775-2022-OGPP/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 001275-2022-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de sus objetivos y metas del Estado; Que, el numeral 5.3.2 de la Directiva N° 001-2022- SG/MC denominada “Directiva para la formulación, modi fi cación y aprobación de documentos de gestión, normativos y orientadores del Ministerio de Cultura”, aprobada por la Resolución de Secretaría General Nº 000001-2022-SG/MC, establece que entre los documentos técnicos se encuentra el Protocolo que “es el documento de orientación que contiene pautas e indicaciones técnicas o administrativas, que orientan o dirigen la actuación de las dependencias, así como de los usuarios del Ministerio de Cultura”; Que, el numeral 5.9 de la citada directiva contempla que “todas las dependencias del Ministerio de Cultura revisan la utilidad y aplicabilidad de los documentos técnicos regulados en la presente directiva que estén a su cargo, con más de dos años de antigüedad; debidamente sustentada”; Que, en virtud de ello, a través del Memorando N° 000815-2022-OGRH/MC, la O fi cina General de Recursos Humanos remite el Informe N° 000022-2022-OGRH-IZT/MC, por el cual se señala que el “Protocolo para la Implementación del Programa Piloto de Voluntariado del Ministerio de Cultura”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 019-2014-VMPCIC-MC “no tiene vigencia toda vez que en el año 2015, el Voluntariado en el Ministerio de Cultura se institucionalizó dejando la condición de Programa piloto”; Que, con el Memorando N° 000919-2022-DGDP/ MC, la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural remite el Informe N° 00065-2022-DPAC/MC, por el cual la Dirección de Participación Ciudadana emite opinión favorable para proceder a la derogación del referido protocolo, señalando que “ desde el 2015, entró en vigencia la Directiva N° 009-2015-SG “Normas y Procedimientos que regulan el Voluntariado en el Ministerio de Cultura” por lo que anualmente se realiza la convocatoria de jóvenes voluntarios a cargo de la O fi cina General de Recursos Humanos ”; Que, con el Memorando N° 000775-2022-OGPP/MC, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000235-2022-OOM/MC, por el cual la O fi cina de Organización y Modernización emite opinión favorable para proceder a la derogación del protocolo antes mencionado, toda vez que “considera que el voluntariado en el Ministerio de Cultura, se encuentra regulado por la Directiva N° 009-2015-SG “Normas y Procedimientos que regulan el Voluntariado en el Ministerio de Cultura”; Que, en tal sentido, resulta necesario derogar el “Protocolo para la Implementación del Programa Piloto de Voluntariado del Ministerio de Cultura”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 019-2014-VMPCIC-MC;Con las visaciones de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural; la O fi cina General de Recursos Humanos; la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y, la Directiva N° 001-2022-SG/MC denominada “Directiva para la formulación, modi fi cación y aprobación de documentos de gestión, normativos y orientadores del Ministerio de Cultura”, aprobada por la Resolución de Secretaría General Nº 000001-2022-SG/MC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Derogar el “Protocolo para la Implementación del Programa Piloto de Voluntariado del Ministerio de Cultura”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 019-2014-VMPCIC-MC. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO Viceministra de Patrimonio Cultural eIndustrias Culturales 2125161-1 Declaran como Patrimonio Cultural de la Nación a los conocimientos, saberes y usos tradicionales del cactus San Pedro en las prácticas del curanderismo en el norte del Perú RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000252-2022-VMPCIC/MC San Borja, 14 de noviembre del 2022VISTOS; el Informe N° 000673-2022-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; los Informes N° 000008-2022-DPI-PRM/MC y N° 000699-2022-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; la Hoja de Elevación N° 000645-2022-OGAJ/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado; Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo