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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (17/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 24

24 NORMAS LEGALES Jueves 17 de noviembre de 2022 El Peruano / Modalidad / Forma Nivel / CicloJornada laboralRemuneración mensual S/ Educación Básica Especial – EBEInicial 30 2 600,40 Primaria 30 2 600,40 Educación Básica Alternativa – EBAInicial / Intermedio302 600,40 Avanzado 30 2 600,40 Educación Técnico Productiva – ETPBásico y Medio302 600,40 2.2 El profesor contratado en el marco del Contrato del Servicio Docente de la Ley Nº 30328, que labora menos de la jornada laboral establecida para la modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios, percibe la remuneración mensual de forma proporcional a las horas contratadas. 2.3 Los profesores contratados que prestan servicios como Profesor Coordinador en el Programa No Escolarizado de Educación Inicial (PRONOEI) o como Docente Coordinador en la O fi cina Nacional Diocesana de Educación Católica (ONDEC) o en la O fi cina Diocesana de Educación Católica (ODEC), perciben una remuneración mensual de S/ 3 467,20 (TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE Y 20/100 SOLES). Artículo 3.- Incremento del monto de la asignación por jornada de trabajo adicional Incrementar el monto de la asignación por jornada de trabajo adicional, según la escala magisterial en que se encuentra el profesor encargado en cargo directivo o jerárquico de institución educativa o de especialista en educación, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 306-2017-EF; en consecuencia, modi fi car los numerales 1.1 y 1.3 del artículo 1 del citado Decreto Supremo, en los términos siguientes: “Artículo 1.- Asignación por Jornada de Trabajo Adicional y Asignación por Cargo 1.1 Establecer el monto de la Asignación por Jornada de Trabajo Adicional que percibe el profesor encargado del puesto o de las funciones, según corresponda, de Director, Subdirector o Jerárquico de institución educativa multigrado o polidocente; así como, el profesor encargado del puesto de Especialista en Educación; según la escala magisterial en la que se encuentra, conforme al siguiente detalle: Escala MagisterialAsignación por Jornada de Trabajo Adicional S/ Profesor de 30 horas Octava 1 820,28 Sétima 1 646,92 Sexta 1 516,90 Quinta 1 300,20 Cuarta 1 126,84 Tercera 1 040,16 Segunda 953,48 Primera 866,80 (...) 1.3 Establecer el monto de la Asignación por Jornada de Trabajo Adicional que percibe el profesor encargado de las funciones de Director en una institución educativa unidocente de la modalidad de Educación Básica Regular de los niveles de educación Inicial y Primaria, según la escala magisterial en la que se encuentra, conforme al siguiente detalle: Escala MagisterialAsignación por Jornada de Trabajo Adicional S/ Profesor de 30 horas Octava 1 820,28Escala MagisterialAsignación por Jornada de Trabajo Adicional S/ Profesor de 30 horas Sétima 1 646,92Sexta 1 516,90Quinta 1 300,20Cuarta 1 126,84 Tercera 1 040,16 Segunda 953,48Primera 866,80 ” Artículo 4.- Vigencia de la Remuneración Íntegra Mensual, de la remuneración mensual del profesor contratado y de la asignación por jornada de trabajo adicional Los nuevos montos de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM), de la remuneración mensual del profesor contratado y de la asignación por jornada de trabajo adicional, a que se re fi eren los artículos 1, 2 y 3 del presente Decreto Supremo, entran en vigencia a partir del mes de noviembre de 2022. Artículo 5.- Transferencia de Partidas5.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 80 849 620,00 (OCHENTA MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS VEINTE Y 00/100 SOLES) a favor de veinticinco (25) Gobiernos Regionales, para fi nanciar el costo diferencial del incremento de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) de los profesores comprendidos en la Carrera Pública Magisterial de la Ley Nº 29944; de la remuneración mensual del profesor contratado en el marco de la Ley Nº 30328; y, de la asignación por jornada de trabajo adicional, según la escala magisterial en que se encuentra el profesor encargado en cargo directivo o jerárquico de institución educativa o de especialista en educación, correspondiente a los meses de noviembre a diciembre del Año Fiscal 2022, en el marco de lo establecido en el numeral 61.2 del artículo 61 de la Ley Nº 31365, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Educación, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para Todos CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos PRODUCTO 3999999 : Sin ProductoACTIVIDAD 5000726 : Dotación de Materiales EducativosFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 208 898,00 ACTIVIDAD 5001254 : Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 80 640 722,00 TOTAL EGRESOS 80 849 620,00 ============ A LA: En SolesSECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos RegionalesPROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de Estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas Normadas