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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (17/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Jueves 17 de noviembre de 2022 El Peruano / medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad; Que, el sub numeral 6.1.8. del numeral 6 dispone que la entidad, en caso de constituir una entidad Tipo B, previo a la aprobación del MCC por parte del(la) titular, debe remitir su propuesta al(la) titular de la entidad Tipo A a la que se encuentra adscrita. La entidad Tipo A, a través de su ORH, o la que haga las veces, debe evaluar la propuesta según los lineamientos dispuestos en la presente directiva y en atención a su propio MCC; Que, asimismo, el sub numeral señalado en el considerando precedente establece que de darse opinión técnica favorable, dicha aprobación debe ser comunicada por la ORH o la que haga las veces de la entidad Tipo A a la ORH o la que haga las veces de la entidad Tipo B mediante o fi cio, para que gestione su aprobación, mediante los documentos que correspondan, según cuadro dispuesto en el numeral 6.3.1.8 de la presente directiva, y posterior publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad; Que, mediante los Informes Nºs. 000295 y 000305-2022-MIDIS/FONCODES/URH y complementado con el correo electrónico de fecha 15.11.22, la Unidad de Recursos Humanos sustenta la necesidad de la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos del Foncodes (en lo sucesivo MCC del Foncodes) conforme a la normativa precitada y solicita se dejen sin efecto las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 87, 170-2017-FONCODES/DE y Nº 16-2019-FONCODES/DE; Que, mediante Informe Nº 000332-2022-MIDIS/ FONCODES/UPPM, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite su conformidad al MCC del Foncodes y recomienda realizar las acciones pertinentes ante la O fi cina General de Recursos Humanos del MIDIS para su respectiva validación y posterior trámite de aprobación ante la Dirección Ejecutiva mediante el documento resolutivo correspondiente; Que, a través del O fi cio Nº D000838-2022-MIDIS- FONCODES-OGRH, la O fi cina General de Recursos Humanos del MIDIS emite opinión favorable a la versión del proyecto de actualización del MCC del Foncodes, a fi n de que se continúe con el procedimiento administrativo correspondiente; Que, mediante Informe Nº 0000136-2022-MIDIS/ FONCODES/UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica, de acuerdo a los antecedentes y normativa aplicable, considera procedente en sus aspectos legales y formales, la emisión de la Resolución de Dirección Ejecutiva mediante la cual se apruebe el MCC del Foncodes y se deje sin efecto las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 87, 170-2017-FONCODES/DE y Nº 16-2019-FONCODES/DE conforme lo precisado por la Unidad de Recursos Humanos; Que, de acuerdo al marco normativo expuesto precedentemente y conforme la solicitud de la Unidad de Recursos Humanos, resulta necesario aprobar MCC del Foncodes y dejar sin efecto las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 87, 170-2017-FONCODES/DE y Nº 16-2019-FONCODES/DE; Con el visto de la Unidad de Recursos Humanos, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE que aprueba la Directiva Nº 0006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación del Personal Provisional” y el Manual de Operaciones del Programa Nacional Foncodes aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 228-2017-MIDIS.SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de Manual de Clasi fi cador de Cargos del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social Aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – Foncoddes, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto Dejar sin efecto las Resoluciones de Dirección Ejecutiva Nº 87, 170-2017-FONCODES/DE y Nº 16-2019-FONCODES/DE. Artículo 3.- Disposición Encargar el cumplimiento de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 4.- Publicación Encargar a la Unidad de Administración la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Foncodes (http://www.gob.pe/foncodes) en la fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ULDERICO FIGUEROA TORRE Director Ejecutivo 2125697-1 ECONOMIA Y FINANZAS Decreto Supremo que fija la remuneración íntegra mensual correspondiente a la primera escala magisterial de la Carrera Pública Magisterial de la Ley N° 29944, la remuneración mensual del profesor contratado en el marco de la Ley Nº 30328, el monto de la asignación por jornada de trabajo adicional, y autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de los Gobiernos Regionales DECRETO SUPREMO Nº 262-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, los literales a) y b) del numeral 61.1 del artículo 61 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, establecen el incremento de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) de los profesores de la Carrera Pública Magisterial de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; la remuneración mensual del profesor contratado en el marco de la Ley Nº 30328, Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones; y, la asignación por jornada de trabajo adicional según la escala magisterial en que se encuentra el profesor encargado en cargo directivo o jerárquico de institución educativa o de especialista en educación, en el marco de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 306-2017-EF, Decreto Supremo que establece montos, condiciones, características y vigencia de la asignación por jornada de trabajo adicional y de la asignación por cargo a otorgarse a los profesores en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; siendo que dichos incrementos se efectúan en dos oportunidades, en los meses de marzo y noviembre del Año Fiscal 2022, mediante decreto supremo refrendado