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19 NORMAS LEGALES Jueves 17 de noviembre de 2022 El Peruano / DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Crean Comisión Sectorial con el objeto de elaborar el informe que considere la identificación de necesidades y propuesta de intervenciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y las entidades que dependen de este, en materia de recarga hídrica, infraestructura hidráulica de riego y drenaje, saneamiento físico legal e implementación del mercado de productores en el departamento de Cusco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0491-2022-MIDAGRI Lima, 16 de noviembre de 2022VISTOS:El Memorando Nº 492-2022-MIDAGRI/DVPSDA- DGGT-DAII de la Dirección General de Gestión Territorial; el Memorando Nº 1869-2022-MIDAGRI-SG/OGPP de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Informe Nº 1581-2022-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal, asimismo, el artículo 5 de la misma Ley establece el ámbito de competencia del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego que comprende, entre otros, tierras de uso agrícola y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria, agricultura, ganadería, recursos hídricos, riego, infraestructura de riego y utilización de agua para uso agrario e infraestructura agraria; Que, asimismo, el artículo 6 de la Ley Nº 31075, establece que el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego promueve la competitividad, la innovación, la inclusión y la diversi fi cación productiva, impulsando un enfoque de gestión integral del territorio para lograr un desarrollo agrario y de riego sostenible y competitivo, buscando la efi ciencia administrativa y priorizando el servicio a la agricultura familiar; Que, habiéndose tomado conocimiento por parte de las organizaciones agrarias del departamento del Cusco, representadas por la Federación Agraria Revolucionaria Túpac Amaru de Cusco – FARTAC, que los productores y productoras, en su mayoría de la Agricultura Familiar, necesitan ser atendidos en sus pedidos enmarcados principalmente en mejoramiento y ampliación de la infraestructura hidráulica y de riego; implementación de mercados de productores y apoyo en mejorar el proceso de gestión del saneamiento físico-legal y titulación de tierras comunales en el departamento del Cusco. Que, asimismo, en la reunión sostenida entre el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y los Representantes de la Federación Agraria Revolucionaria Túpac Amaru de Cusco, el 18 de octubre de 2022, se acordó, entre otros aspectos, la conformación de un grupo de trabajo sectorial, dependiente de Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego para brindar atención a la problemática que afrontan los productores y productoras del departamento de Cusco. Que, como consecuencia de dichas necesidades, así como la importancia estratégica que reviste promover el desarrollo del sector agrario y de riego, se ha visto por conveniente contar con una Comisión Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con el objeto de elaborar el informe que considere la identi fi cación de necesidades y propuesta de intervenciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y las entidades que dependen de este, en materia de recarga hídrica, infraestructura hidráulica de riego y drenaje, saneamiento físico legal e implementación del mercado de productores en el Departamento de Cusco; Que, según lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, concordante con el numeral 21.1 del artículo 21 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, las comisiones del Poder Ejecutivo son órganos que se crean para cumplir con las funciones de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades. Sus conclusiones carecen de efectos jurídicos frente a terceros. No tienen personería jurídica ni administración propia y están integradas a una entidad pública; Que, el numeral 1 del artículo 36 de la Ley Nº 29158, señala que las comisiones sectoriales de naturaleza temporal son creadas con fi nes especí fi cos para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos y, se crean formalmente mediante resolución ministerial; Que, mediante Memorando Nº 492-2022-MIDAGRI- DVPSDA/DGGT, la Dirección General de Gestión Territorial remite y hace suyo el Informe Nº 0029-2022-MIDAGRI-DVPSDA/DGGT-DAII de la Dirección de Articulación Intersectorial e Intergubernamental, que adjunta la propuesta de conformación de una Comisión Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con el objeto de elaborar el informe que considere la identi fi cación de necesidades y propuesta de intervenciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y las entidades que dependen de éste, en materia de recarga hídrica, infraestructura hidráulica de riego y drenaje, saneamiento físico legal e implementación del mercado de productores en el Departamento de Cusco; la misma que cuenta con las conformidades de la Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego, Dirección General de Saneamiento de la Propiedad Agraria y Catastro Rural; y, Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología; Con las visaciones del Viceministro de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, del Viceministro de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego; del Director General de la Dirección General de Gestión Territorial; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y, la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación y Objeto Crease la Comisión Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, con el objeto de elaborar el informe que considere la identi fi cación de necesidades y propuesta de intervenciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego y las entidades que dependen de este, en materia de recarga hídrica, infraestructura hidráulica de riego y drenaje, saneamiento físico legal e implementación del mercado de productores en el Departamento de Cusco. Artículo 2.- Conformación2.1 La Comisión Sectorial está conformada por: a) El/La Viceministerio/a de Políticas y Supervisión del Desarrollo Agrario, quien la preside.