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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (17/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 196

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Jueves 17 de noviembre de 2022 El Peruano / así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana” ; Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias, señala que integran el patrimonio inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural; Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identi fi car, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural; Que, con el Informe N° 000123-2022-DDC LAM/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad remite a la Dirección de Patrimonio Inmaterial el expediente de la postulación para ser declarado Patrimonio Cultural de la Nación a los conocimientos, saberes y usos tradicionales del cactus San Pedro en las prácticas del curanderismo en el norte del Perú, el cual ha sido elaborado en coordinación con las Direcciones Desconcentradas de Cultura de Tumbes, Piura, Lambayeque, Cajamarca, Amazonas y Ancash; Que, la especie conocida actualmente como San Pedro involucra a los cactus de la familia echinopsis , que constan de una serie de variedades, de las que las más importantes son las llamadas pachanoii, peruvianus , cuzcoensis, bridgesil y terscheckii que crecen desde el sur del Ecuador hasta Bolivia, el noreste de Argentina y norte de Chile, y que en el Perú son más abundantes en la sierra de las regiones Áncash, Amazonas, Cajamarca, Piura, Lambayeque, en una altitud que va entre los 1000 y 330 msnm, aunque se adapta bien a los valles costeños, donde también era cultivada en tiempo prehispánicos y coloniales, creciendo a razón de 50 cm. por año. De estas variedades, son las variedades pachanoii y peruvianus las que son de uso común en las ceremonias que acompañan los tratamientos de los llamados curanderos tradicionales de la región norteña del Perú, comprendiendo las regiones Piura, Lambayeque, La Libertad, Tumbes y partes de Cajamarca y Áncash. También se ha encontrado el uso de esta planta en la medicina tradicional del distrito de Colcamar, provincia de Luya, Amazonas. La representación más antigua conocida de esta planta corresponde al horizonte formativo, en particular en el sitio de Chavín de Huántar, en la región Áncash, cuya cultura irradió a toda la región norte y central andina, aunque también se ha registrado su uso actual en localidades de la región costera, en particular en la ciudad de Chimbote. La importancia ritual de esta planta se re fl eja en algunas de sus muchas denominaciones, como hierba santa, cardo santo, huando hermoso, remedio, aparte de las más genéricas de palo o paja. Uno de los nombres con que es conocido, achuma, y su derivación wachuma o guachuma en algunos textos, es de origen aymara, lo que muestra que la extensión original de su uso era mucho mayor;Que, la representación más antigua de esta planta corresponde, hasta donde hoy se conoce, al arte lítico de Chavín de Huántar, cultura formativa que se desarrolló en el callejón de Conchucos en el primer milenio antes de nuestra era, y en la cerámica de la cultura Cupisnique, contemporánea a Chavín, en el valle del Jequetepeque; pero su uso es mucho más antiguo. Restos de esta planta se han encontrado en las cuevas de Guitarrero, también del callejón de Huaylas, cercano al pueblo de Manco, datadas en alrededor de los 8,600 años antes del período presente, época de cazadores y recolectores. En el horizonte formativo su uso ya era muy extendido; aparte de las representaciones en Chavín y Cupisnique se encontraron rastros del San Pedro en el sitio arqueológico de Las Haldas, en la provincia de Casma de la región Áncash, en Garagay, en el valle del Rímac, región Lima. También existen representaciones del cactus San Pedro en el arte textil Paracas y en particular en la iconografía religiosa plasmada en el arte cerámico y textil Nazca, ambas de la región Ica. En las representaciones de cerámicas de Moche y Chimú se encuentran, además, representaciones de su uso en rituales tanto por personajes míticos como por sacerdotes u o fi ciantes y en los que se observa una notoria presencia de mujeres; Que, en el tiempo de disrupción que ocasionaron la Conquista y el Virreinato, el uso de esta planta fue perseguido como parte de las campañas de evangelización. Como parte de ello, numerosos documentos coloniales hacen referencias a su uso ritual y terapéutico, y cómo éste se estaba dando de modo clandestino bajo el nuevo contexto creado por la colonización y la cristianización. También se registra este uso en rituales de curación ofi ciados por especialistas que eran directamente defi nidos como brujos y, por lo tanto, como herejes, en textos judiciales de la costa norte en el siglo XVIII en sitios tan distantes entre sí como Cajatambo, Ferreñafe o Cajamarca; entre los registros hechos por sacerdotes jesuitas se documenta su consumo por la aristocracia indígena en rituales dedicados, en concepto al patrón Santiago, heredero en sus atributos del dios prehispánico Illapa. Estos mencionan que el cactus, llamado achuma , era cultivado en los valles cálidos y consumido en forma de bebida con el fi n de entrar en estado de trance alucinatorio, en rituales que eran estigmatizados como expresiones de idolatría; Que, la persecución operada por la evangelización hizo que el uso de esta planta desapareciera de la luz pública, pasando a la clandestinidad. Los estudios de medicina tradicional iniciados por Hermilio Valdizán desde 1911 fueron los primeros trabajos académicos que describieron su uso desde la perspectiva médica de la época. En la segunda mitad del siglo XX investigadores nacionales y extranjeros provenientes de diversas disciplinas como Douglas Sharon, Marlene Dobkin de Ríos, Mario Polia, Lupe Camino, Mario Chiappe, Moisés Lemlij, Luis Millones, Rollando Feldman, o Fernando Cabieses Molina, este último creador del Instituto de Medicina Tradicional en 1990, entre otros, señalaron la importancia del cactus San Pedro en la tradición ritual peruana, particularmente en la región norteña; Que, lo que distingue el uso ritual de esta planta del uso recreativo es el papel que le es conferido en las ceremonias de curación o fi ciadas por maestros curanderos, en las que fungen como un medio para producir una revelación espiritual que permita ver en esta perspectiva la dimensión de las enfermedades físicas y psíquicas, y por tanto de los medios para curarla. El maestro curandero es el o fi ciante de los rituales que opera como mediador entre el mundo cotidiano y las entidades del mundo espiritual, para lo cual es indispensable el consumo de esta planta, preparada y consumida en forma de brebaje líquido; Que, el consumo de la planta produce una modi fi cación temporal de los estados de conciencia, y estimulando la alerta sensorial y muscular frente al mundo exterior, lo que propicia una sensación de visión global de la realidad, así como la percepción de alucinaciones visuales y auditivas. A este efecto, se escogen ejemplares casi carentes de espinas de tonalidad verde-amarillenta que indican su estado de maduración, y con una mayor cantidad de estrías conocidas como “vientos” que pueden llegar a siete u ocho;