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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2022 (22/11/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Martes 22 de noviembre de 2022 El Peruano / de fecha 17 de mayo de 2022, ha visto el Dictamen Nº 007-2022-MPM/C-DUPVyGA, de fecha 4 de mayo de 2022, de la Comisión de Desarrollo Urbano, Participación Vecinal y Gestión Ambiental, que opina favorablemente por que el Pleno del Concejo Municipal, proceda a aprobar mediante un nuevo Acuerdo de Concejo la Inmatriculación como primera de dominio ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP, a favor de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, del predio urbano con un área de 884.78 m2 y perímetro de 129.36 ml, ubicado frente al Jr. La unión a una distancia de 36.83 ml del Jr. Javier Prado del barrio de Calvario, distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martín; asimismo se deje sin efecto el Acuerdo de Concejo Nº 016-2021-MPM/CM, según Informe Legal Nº 061-2022-MPM/OAJ; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado en armonía con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración; Que, el artículo 56º numeral 1, de la Ley Nº 27972 indica que, son bienes de las municipalidades los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales; en tanto que, el artículo 58º referido a la Inscripción de Bienes Municipales en el registro de la Propiedad, concordante con el primer párrafo de la Octava Disposición Complementaria de este mismo dispositivo legal, establece que, los bienes inmuebles de las municipalidades, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por el mérito del acuerdo del Concejo correspondiente, siempre que no se encuentren inscritos a favor de terceros; Que, el segundo párrafo del artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, señala lo siguiente: “La resolución que dispone la Primera Inscripción de Dominio del predio del Estado, deberá publicarse por una sola vez en el Diario Ofi cial El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la región en que se encuentra el predio”, por otra parte, el artículo 40º del indicado Reglamento, establece lo siguiente: “La Resolución que dispone la Primera Inscripción de Dominio, conjuntamente con el Plano Perimétrico - Ubicación y Memoria Descriptiva, constituyen el título su fi ciente para todos los efectos legales”; Que, según, Nota Informativa Nº 067-2022- MPM/GAF/UCP, la Coordinadora de la Unidad de Control Patrimonial informa al Gerente Municipal que mediante el Título 2021-01787629, presentado con fecha 8 de julio de 2021, la SUNARP observa el acto de inmatriculación del predio de 884.78m2 ubicado frente a la Calle La Unión a una distancia de 36.83 ml del Jr. Javier Prado del Barrio de Calvario, Distrito de Moyobamba, Provincia de Moyobamba, posteriormente tachado al no haberse levantado la observación, que consistía en presentar acta aclaratoria al acuerdo de concejo municipal Nº 016-2021-MPM-CM, debido a que la inmatriculación solicitada está orientada a un saneamiento físico legal de terreno propuesto para el Proyecto denominado: “Mejoramiento del Servicio Educativo de Nivel Inicial y Primaria de la I.E Nº 000872 Oscar Rengifo Hidalgo”; por tratarse de un área destinada a un servicio de educación corresponde el procedimiento de saneamiento de acuerdo a la Ley de Bienes Estatales Nº 29151 y su reglamento aprobado D.S. Nº 008-2021-VIVIENDA; en ese sentido, solicita el acta aclaratoria al acuerdo de concejo, a fi n de culminar con el saneamiento físico legal del indicado predio; Que, mediante Informe Legal Nº 061-2022-MPM/ OAJ, del 28 de abril de 2022, el Jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica, concluye: Es procedente pasar a la sesión de Concejo, para que, mediante nuevo de Acuerdo de Concejo, se apruebe la inmatriculación como primera de dominio ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP, a favor de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, del predio urbano con un área de 884.78 m2 y perímetro de 129.36 ml, ubicado frente al Jr. La Unión, a una distancia de 36.83 ml del Jr. Javier Prado del barrio de Clavario, Distrito y Provincia de Moyobamba, Departamento de San Martín, teniendo en cuenta el fundamente 4.8 del presente informe. Asimismo deberá remitirse a través de la O fi cina de Secretaría General todo lo actuado a la Comisión de Regidores para realizar la evaluación correspondiente en estricto cumplimiento de lo estipulado en el R.I.C. de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, brindándole el soporte técnico y legal que corresponda para la toma de decisión. Sin perjuicio de lo antes accionado se deberá dejar sin efecto el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 016-2021-MPM-CM, por los fundamentos expuestos en el presente informe. Posteriormente derivar el expediente a Secretaría General, a efectos de que se continúe con el trámite para ser debatido en sesión de concejo; Que, el artículo 41º concordante con el artículo 17º de la aludida Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidos a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, estando a lo expuesto en los considerandos precedentes, al Dictamen Nº 07-2022-MPM/C-DUPVyGA, de fecha 4 de mayo de 2022, de la Comisión de Desarrollo Urbano, Participación Vecinal y Gestión Ambiental, del Concejo Provincial de Moyobamba; y en virtud de los artículos 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial de Moyobamba, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por Unanimidad. ACUERDA:Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo de Concejo Nº 016-2021-MPM-CM, de fecha 29 de marzo de 2021, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa del presente acuerdo. Artículo Segundo.- APROBAR la Inmatriculación como primera de dominio ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP, a favor de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, del predio urbano con un área de 884.78 m2 y perímetro de 129.36 ml, ubicado frente al Jr. La Unión a una distancia de 36.83 ml del Jr. Javier Prado del Barrio de Calvario, distrito y provincia de Moyobamba, departamento de San Martín. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación del presente Acuerdo por una sola vez en el Diario O fi cial El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la Región, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA; sin perjuicio de su publicación en el Portal Institucional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Desarrollo Territorial, y a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Unidad de Control Patrimonial, realizar las acciones administrativas necesarias a fi n de implementar y ejecutar el presente Acuerdo. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaría General, la noti fi cación del presente acuerdo a las gerencias y o fi cinas de esta Institución edil, según corresponda, para su conocimiento y fi nes pertinentes, sin perjuicio de su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Moyobamba. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GASTELO HUAMAN CHINCHAY Alcalde 2127168-1