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50 NORMAS LEGALES Sábado 26 de noviembre de 2022 El Peruano / Decreto Supremo que modifica el Anexo B de la Ley N° 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 DECRETO SUPREMO N° 060-2022-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, en el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2022 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2022; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley Nº 31365, durante el Año Fiscal 2022, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modi fi car el Anexo B sin exceder el monto total por pliego señalado en dicho Anexo, mediante decreto supremo refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, lo que no comprende la inclusión de cuotas adicionales a las contempladas en el referido Anexo; Que, el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la modi fi cación de los montos de las cuotas internacionales incluidas en el citado Anexo se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del Sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, el Pliego 057: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria se encuentra en el Anexo B de la Ley N° 31365, en el que se ha consignado a su cargo el pago de la cuota anual a favor de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), por un importe de S/ 93 848,00 (Noventa y Tres Mil Ochocientos Cuarenta y Ocho soles) y del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias (CIAT), por un importe de S/ 262 350,00 (DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA y 00/100 SOLES); no obstante, en atención a las fl uctuaciones en la moneda extranjera, se han generado diferencias en el tipo de cambio que afecta los referidos montos, siendo necesario cancelar el monto de S/ 108 805,00 (CIENTO OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCO Y 00/100) a favor de la OMA y la suma de S/ 247 393,00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES) a favor del CIAT; para cuyo efecto es necesario modi fi car dicho Anexo B para actualizar los importes de las mencionadas cuotas anuales, sin exceder el monto total por pliego señalado en dicho Anexo; Que, de la evaluación realizada y priorización correspondiente, resulta necesario modi fi car el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2022 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados del Pliego 057: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, a efectos de atender el pago de la cuota anual a favor del CIAT y de la OMA; De conformidad con lo establecido en el numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; en el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, en el artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1. Modi fi cación Modi fi car el Anexo B: Cuotas Internacionales – Año Fiscal 2022 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Pliego 057: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, conforme a lo siguiente: Pliego PresupuestarioMonto (En soles)Persona Jurídica 057: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria247 393,00Centro Interamericano de Admin- istraciones Tributarias (CIAT) 108 805,00Organización Mundial de Aduanas (OMA) Artículo 2. Afectación presupuestal Los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto Supremo se ejecutan con cargo al presupuesto del presente Año Fiscal del Pliego 057: Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria y por la fuente de fi nanciamiento de Recursos Directamente Recaudados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 3. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de noviembre del año dos mil veintidos. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República KURT BURNEO FARFÁN Ministro de Economía y Finanzas CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2129395-12 Autorizan viaje de funcionario diplomático a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0717-2022-RE Lima, 23 de noviembre de 2022VISTOS:El Memorándum (DAO) N° DAO00972/2022 de la Dirección General de Asia y Oceanía, de 6 de noviembre de 2022; la Hoja de Trámite (GAC) N° 4170 del Despacho Viceministerial, de 7 de noviembre de 2022; el Memorándum (OPP) N° OPP02352/2022 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y su proveído, de 11 y 15 de noviembre de 2022, respectivamente, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum (OAP) N° OAP02455/2022 de la O fi cina de Administración de Personal, de 15 de noviembre de 2022; CONSIDERANDO:Que, la Reunión Informal de Altos Funcionarios (ISOM, por sus siglas en inglés) del Foro de Cooperación Económica Asia-Paci fi co (APEC) se llevará a cabo en la ciudad de Honolulu, Estado de Hawái, Estados Unidos de América, del 7 al 9 de diciembre de 2022; Que, la participación peruana en la citada reunión está orientada a rea fi rmar su presencia en la región Asia- Pací fi co para tener un rol activo en el desarrollo de la agenda del Foro, fomentando un crecimiento económico de calidad, así como lograr el fortalecimiento de la cooperación económica y técnica con las otras economías miembro del APEC; Que, el Perú asumirá por tercera vez la presidencia del APEC en el año 2024, luego de haberla ejercido en los años 2008 y 2016, asumiendo la responsabilidad de ser sede de las diversas reuniones del Foro, incluida la Cumbre de Líderes del APEC, Reuniones Ministeriales,