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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (01/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Sábado 1 de octubre de 2022 El Peruano / Artículo Tercero .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 31 de diciembre de 2022, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución y a lo dispuesto por la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, de fecha 15 de diciembre de 2021, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Cuarto .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Ayacucho y Lima Centro, Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, Coordinación de la Fiscalía Superior Nacional y Fiscalías Penales Supraprovinciales Especializada en derechos humanos, interculturalidad y delitos de terrorismo, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fi scal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2111494-1 Designan y nombran fiscales en el Distrito Fiscal de Lima Centro, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2066-2022-MP-FN Lima, 30 de septiembre de 2022VISTOS Y CONSIDERANDO:El o fi cio Nº 175-2022-MP-FN-EI, suscrito por el abogado Elmer Constantino Ríos Luque, Coordinador del Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito, mediante el cual se remite, entre otros, la carta de renuncia del abogado César Benigno Cuba Huamaní, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, a su designación en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, así como la carta de renuncia del abogado Juan Carlos Cajas Huamán, Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, a su designación en el Área mencionada, presentadas el 29 de setiembre de 2022, por motivos personales. Los o fi cios Nros. 5696 y 5704-2022-FSCN-FISLAA- MP-FN, cursados por el abogado Rafael Ernesto Vela Barba, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos, con los que, entre otro, se eleva la carta de declinación de la abogada Diana Quispe Cisneros, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y a su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, por motivos personales. El o fi cio Nº 20-2022-FSP.CN.DCO y CF-CB-MP- FN (Coord.) y el informe Nº 2-2022-MP-FN-FSPCN, cursados por el abogado Jorge Luis Díaz Cabello, Coordinador General del Equipo Especial de Fiscales conformado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1550-2019-MP-FN, a través del cual se hace de conocimiento la necesidad del Equipo Especial de Fiscales mencionado, de contar con el apoyo adicional de personal fi scal; por lo que, requiere el apoyo, entre otros, de un (01) Fiscal Adjunto Provincial, para lo cual con el ofi cio Nº 11803-2022-MP-FN-GG-OGPOHU-OAPH y el proveído Nº 029918-2022-MP-FN-GG-OGPOHU-OAPH, cursados por el señor Jorge Martín Ugaz Argote, Gerente de la O fi cina de Administración de Potencial Humano, se informa respecto a la disponibilidad presupuestaria y los códigos AIRSHP, con los que cuentan, entre otros, una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, perteneciente a la Unidad Ejecutora Nº 02 - Gerencia General. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, como parte de su política de gestión, y considerando que la vigencia de los nombramientos y/o designaciones de los magistrados en plazas fi scales en las que no son titulares no deben extenderse inde fi nidamente en el tiempo; se hace oportuno, dar por concluido el nombramiento y/o designaciones debido a las renuncias presentadas, dejar sin efecto el nombramiento y designación, así como, nombrar y/o designar a los fi scales que ocupen provisionalmente las plazas de Fiscales Adjuntos Provinciales, respectivas, los mismos que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y/o toma de posesión y hasta el término del presente ejercicio fi scal, esto es el 31 de diciembre de 2022, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Dar por concluida la designación del abogado César Benigno Cuba Huamaní, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, como Adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1530-2022-MP-FN, de fecha 22 de julio de 2022, en virtud a la carta de renuncia señalada en la parte considerativa. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Juan Carlos Cajas Huamán, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación como Adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada en Enriquecimiento Ilícito y Denuncias Constitucionales, así como la prórroga de la vigencia de dicho nombramiento y designación, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1530-2022-MP-FN, de fecha 22 de julio de 2022, en virtud a la carta de renuncia señalada en la parte considerativa. Artículo Tercero .- Asignar, de manera temporal, una (01) plaza de Fiscal Adjunto Provincial, creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 087-2021-MP-FN-JFS, al Despacho de la Fiscalía Superior Penal, con competencia nacional, a partir de la fecha y hasta el 31 de diciembre de 2022. Artículo Cuarto .- Dejar sin efecto la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1760-2022-MP-FN, de fecha 18 de agosto de 2022, en el extremo que nombró a la abogada Diana Quispe Cisneros , como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y la designó en el Despacho de la Primera Fiscalía