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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (01/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Sábado 1 de octubre de 2022 El Peruano / dirigido por la Contraloría General de la República, siendo nombrados por Resolución de Contraloría publicada en el Diario O fi cial El Peruano; y, ejercen el cargo por un período de tres (3) años contados desde el día siguiente de su nombramiento; Que, mediante Concurso Público de Méritos N° 03-2022-CG “Concurso Público de Méritos para la selección de Vocales del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas”, y con base en los principios de transparencia, meritocracia e igualdad de oportunidades, se seleccionó a seis (06) profesionales para ser nombrados como Vocales, a tiempo completo y dedicación exclusiva, del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría General de la República; Que, a través del Memorando N° 000952-2022-CG/ GCH la Gerencia de Capital Humano, a partir de los resultados del Concurso Público de Méritos N° 03-2022-CG, recomienda continuar el trámite para el nombramiento de los Vocales del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas, adjuntando el Acta N° 014-2022-CPMV, Acta de Sesión del Comité a cargo del referido concurso público, a efectos de que se gestione el nombramiento de los profesionales ganadores del concurso como Vocales, mediante Resolución de Contraloría; Que, conforme a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante Memorando N° 000598-2022-CG/GJNC, sustentada en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000510-2022-CG/AJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que nombra a los Vocales del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría General de la República; En uso de las facultades conferidas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; los numerales 35.1 y 35.3 el artículo 35 del Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador por Responsabilidad Administrativa Funcional, aprobado por Resolución de Contraloría N° 166-2021-CG, y modi fi cado por Resolución de Contraloría N° 307-2022-CG; y, el literal g) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Nombrar en el cargo de Vocales del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría General de la República, a los profesionales que se detallan a continuación: - César Enrique Aguilar Surichaqui - Jaime Pedro de la Puente Parodi- Mónica Roxana Rosell Medina- Carlos Aníbal Malca Maurolagoitia- Richard Frank León Vargas- Ana Kimena Leyva Wong Artículo 2.- Los Vocales del Tribunal Superior de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría General de la República, nombrados a través del artículo 1 de la presente Resolución, ejercen sus funciones a dedicación exclusiva y a tiempo completo por el período de tres (03) años, a partir del día siguiente de su nombramiento. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2111542-1Encargan funciones de Contralor General de la República al Vicecontralor de Integridad y Control RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 313-2022-CG Lima, 30 de setiembre de 2022CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a las disposiciones previstas en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; Que, el artículo 33 de la Ley N° 27785 dispone que el Vicecontralor de mayor antigüedad en el cargo, reemplaza al Contralor General en caso de ausencia o impedimento temporal y ejerce las funciones que éste le delega; Que, estando a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante Memorando N° 000596-2022-CG/GJNC, sustentado en la Hoja Informativa N° 000512-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, resulta jurídicamente viable encargar al Vicecontralor de Integridad y Control de la Contraloría General de la República las funciones de Contralor General de la República, por efecto del uso físico de vacaciones del Titular de esta Entidad Fiscalizadora Superior, del 04 al 06 de octubre de 2022, conforme al Memorando N° 000052-2022-CG/DC, y con el fi n de asegurar la continuidad de la función rectora que compete a esta entidad, garantizando su normal funcionamiento; En uso de las facultades conferidas en los artículos 32 y 33 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Encargar al Vicecontralor de Integridad y Control de la Contraloría General de la República, señor Humberto Bernardo Ramírez Trucios, las funciones del cargo de Contralor General de la República, del 04 al 06 de octubre de 2022, y en tanto dure la ausencia del Titular de esta Entidad Fiscalizadora Superior, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2111546-1 Designan Jefe del Órgano de Control Institucional en diversas entidades RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 314-2022-CG Lima, 30 de setiembre de 2022VISTOS: La Hoja Informativa N° 000038-2022-CG/VCST y el Memorando N° 000759-2022-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; los Memorandos N° 001142-2022-CG/POLDEH y N° 001158-2022-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y