Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (01/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 85

85 NORMAS LEGALES Sábado 1 de octubre de 2022 El Peruano / Finanzas de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ayacucho; respecto a las Metas Habilitadas (Habilitación de Recursos), señala que a solicitud de los Alcaldes Distritales de los Gobiernos Locales del ámbito de la Región Ayacucho, el Gerente Regional de Infraestructura mediante Informe Nº 098-2022-GRA/GG-GRI, a propuesta del Sub Gerente de Obras mediante Informe Nº 126-2022-GRA/GRI-SGO, sustenta la propuesta de modi fi cación presupuestaria de inversiones en el nivel funcional programático, con la fi nalidad de habilitar créditos presupuestarios destinados al cofi nanciamiento de la ejecución de siete (07) proyectos de inversión pública a cargo de las Municipalidades Distritales, mediante transferencia fi nanciera por el monto de S/. 3’480,000.00; por presentar dé fi cit presupuestal en sus respectivos pliegos; y la actividad a habilitar para la asignación de recursos, es el 3999999 - 5001253 - Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión. Igualmente, señala que la propuesta de habilitación o asignación de créditos presupuestarios mediante transferencia fi nanciera a favor de los Gobiernos Locales, cuenta con la evaluación y opinión favorable de la Sub Gerencia de Programación e Inversiones (OPMI), asimismo la OPMI ha veri fi cado que la UEI de los Gobiernos Locales cuentan con las competencias correspondientes para la ejecución de los proyectos de inversión pública, la misma que se encuentra descrita en el Informe Nº 061-2022-GRA/GRPPAT-SGPI. De otro lado, señala que el monto a habilitar está dentro de lo propuesto por la Gerencia Regional de Infraestructura, así como en la programación de ejecución fi nanciera actualizada en el Formato Nº 12-B Seguimiento a la ejecución de inversiones; conforme al literal b) del numeral 4.2 del Anexo Nº 2 de la Directiva Nº 002-2021-EF/50.01. Respecto a las Metas Habilitadoras (Anulación de Recursos); precisa que la asignación de recursos a los proyectos de inversión de acuerdo a la propuesta presentada por la Gerencia Regional de Infraestructura y la Sub Gerencia de Obras, con Informe Nº 098-2022-GRA/GRI y Nº 126-2022-GRA/GG-GRI-SGO, serán con anulación de los créditos presupuestarios de inversiones, con cargo al Proyecto 2016766 “Elaboración de Planes”, que es un proyecto genérico que no constituye inversión, aprobado en el PIA 2022 para el fi nanciamiento del PROCOMPITE 2022; y que mediante O fi cio Nº 1826-2022-GRA/GG-GRDE, el Gerente Regional de Desarrollo Económico, remitió el informe sobre saldos de libre disponibilidad correspondiente al co fi nanciamiento de los planes de negocios del PROCOMPITE REGIONAL 2022; informando que se ha fi nanciado cuarenta y ocho (48) planes de negocios por el monto de S/. 8’882,338.97, y que al cierre del ejercicio 2022, se tendría saldos disponibles de S/. 3’300,758.69 en la Fuente de Financiamiento 1 - Recursos Ordinarios. Por otro lado, señala que de acuerdo al marco presupuestal actualizado a la fecha en la Meta 0088 “Elaboración de Planes”, se tiene un PIM de S/. 4’204,799.00, monto certi fi cado de S/. 749,711.74 y saldo sin certi fi car de S/. 3’455,087.26; por lo que, propone la anulación de S/. 3’154,300.00 para la habilitación de la Meta Presupuestal 5001253 Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión; y a su vez expresa que se ha programado para el Proyecto 2016766 - Elaboración de Planes, el monto de S/. 1’000,000.00 para el año 2023; y al Proyecto 2385904 “Mejoramiento del Servicio Institucional de la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, Distrito de Ayacucho - Provincia de Huamanga - Departamento de Ayacucho”; teniendo en cuenta que por O fi cio Nº 734-2022-GRA/GG-GRI-UFEDIPI, la Responsable de la Unidad Funcional de Estudios Defi nitivos de Inversión, Programas e Intervenciones (UFEDIPI), remitió la programación de gastos para la elaboración de expedientes técnicos de las metas asignadas a la UFEDIPI, informando que el proyecto cuenta con un PIM de S/. 952,880.00, y se ejecutará S/. 627,180.00; por lo que, se determinó como saldo disponible el monto de S/. 325,700.00; proponiendo la anulación de S/. 325,700.00 para la habilitación de la Meta Presupuestal 5001253 “Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión”. De otro lado, informa que se programó para el proyecto con CUI Nº 2385904 el monto de S/. 5’000,000.00 para el año 2023, por lo que se encuentra garantizado la sostenibilidad de su ejecución en el año 2023. Asimismo, en referencia al monto máximo de anulación del proyecto, anexa la programación de ejecución fi nanciera actualizada en el Formato Nº 12-B Seguimiento a la ejecución de inversiones, conforme al literal b) del numeral 4.1 del Anexo Nº 02 de la Directiva Nº 007-2020-EF/50.01. Por lo tanto, el proyecto materia de anulación de sus recursos, presenta un impedimento comprobable que tiende a suspender y/o retrasar la ejecución física y fi nanciera en el año fi scal 2022, lo que traería consigo que las proyecciones de gastos al cierre del año fi scal, muestren saldos de libre disponibilidad (numeral 5.1. literal ii) del Anexo Nº 02 de la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01. Igualmente, señala que la modi fi cación presupuestaria cumple con los lineamientos para la ejecución del gasto en inversiones y proyectos y de la Directiva General del Invierte.pe; y considerando en el rubro de Anulación de Créditos al CUI Nº 2016766 - U.E. 001 Región Ayacucho - Sede Central Elaboración de Planes por S/. 3’154,300.00 y al CUI Nº 2385904 Mejoramiento del Servicio Institucional de la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, Distrito de Ayacucho - Provincia de Huamanga - Departamento de Ayacucho; por la suma de S/. 325,700.00; y en Habilitación de Créditos, será afecto al CUI Nº 5001253 - Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión, por S/. 3’480,000.00. Finalmente, el Especialista Administrativo de la Sub Gerencia de Finanzas; concluye que en observancia al numeral 47.1 del artículo 47º del Decreto Legislativo Nº 1440 – Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; al numeral 13.1 y 13.2 del artículo 13º (Medidas de gastos de inversión) y numerales 16.1, 16.2 y 16.3 del artículo 16º (Transferencias Financieras permitidas entre entidades públicas durante el Año Fiscal 2022) de la Ley Nº 31365 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; y los numerales 4, 5 y 7 del Anexo Nº 02 - Lineamientos sobre modi fi caciones presupuestarias para la ejecución del gasto en inversiones y en proyectos de las entidades públicas, con cargo al presupuesto del sector público para el año fi scal 2022, de la Directiva Nº 002-2021-EF/50.01 - Directiva para la Ejecución Presupuestaria; y demás normativas presupuestarias vigentes, así como la opinión favorable de modi fi cación presupuestaria en el nivel funcional programático emitido por el Sub Gerencia de Programación e Inversiones (OPMI), remite el informe de evaluación del requerimiento de modi fi cación presupuestaria en el nivel funcional programático (Créditos presupuestarios y anulaciones en la unidad ejecutora), solicitado por el Gerente Regional de Infraestructura para efectos de habilitación de créditos presupuestales a la meta presupuestal con Código Nº 3999999 – 5001253: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Proyectos de Inversión; a fi n de realizar la transferencia fi nanciera a las Municipalidades Distritales (Gobiernos Locales) del ámbito de la Región Ayacucho, destinado a fi nanciar la ejecución de siete (07) proyectos de inversión, propuesta que cumple con los requisitos (en lo que corresponde a la evaluación estrictamente presupuestal); por lo que, la modi fi cación presupuestal es procedente, de acuerdo a lo señalado en el marco de los artículos 13º y 16º de la Ley Nº 31365 y los numerales 4, 5 y 7 del Anexo 2 de la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01 - Lineamientos sobre modi fi caciones presupuestarias en materia de inversiones y proyectos de las entidades públicas. Por otro lado, mani fi esta que es necesario invocar que en el marco de lo establecido en el literal l) del numeral 16.1 del artículo 16º de la Ley Nº 31365 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, las transferencias fi nancieras se efectúan (ejecutan) hasta el tercer trimestre del año 2022, plazo que se debe tener en consideración en la evaluación de la autorización de la transferencia fi nanciera por parte del Consejo Regional al Titular del Pliego. Por otro lado, precisa que corresponde a la Sub Gerencia de Finanzas emitir la opinión favorable de manera expresa, que hace las