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71 NORMAS LEGALES Sábado 1 de octubre de 2022 El Peruano / Que, por su parte, el artículo 207º del Estatuto Universitario de la UNSA, sobre las funciones de los docentes, establece lo siguiente: “Los docentes de la Universidad tienen como funciones la investigación, el mejoramiento continuo y permanente del proceso de enseñanza-aprendizaje presencial y a distancia, la sostenibilidad, la capacitación y actualización, la creación intelectual, promoción del arte y la cultura, proyección social y extensión universitaria, participación en la gestión universitaria en el ámbito académico, administrativo e institucional para el desarrollo de la Universidad y otras que sean asignadas por el presente Estatuto y los Reglamentos respectivos”. Que, a través de la Carta de invitación del visto, don Pedro Manuel García Villaverde, Director del Departamento de Administración de Empresas de la Universidad de Castilla – La Mancha (España), invita al Dr. Bernardo Ramón Dante de la Gala Velásquez, Docente de la Facultad de Administración de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para que participe en la estancia de investigación a desarrollarse en la Universidad de Castilla – La Mancha, en colaboración con los miembros del grupo de investigación INCORE (Innovación, Competitividad y Redes), que se realizará del 03 al 08 de octubre de 2022; es así que, en virtud de la invitación alcanzada, el Decano de la Facultad de Administración UNSA mediante O fi cio Nº 007-2022-CF- FA-UNSA, ampliado con O fi cio Nº 208-2022-FA-UNSA, solicita al Consejo Universitario autorización del viaje, pasajes aéreos, seguro viajero y viáticos correspondientes, a fi n de que el citado docente pueda asistir a dicho evento, para tal efecto adjunta: a) Acta de Sesión Ordinaria de Consejo de Faculta de fecha 06 de setiembre de 2022; b) Acta de Sesión de Departamento de fecha 19 de agosto de 2022; en las que se aprueba solicitud de licencia al Dr. Bernardo Ramón Dante de la Gala Velásquez; c) Resolución Subdirectoral Nº 906-2022-UNSA/SDRH del 22 de setiembre de 2022, mediante el cual, se le concede al Dr. Bernardo Ramón Dante De la Gala Velásquez, licencia con goce de remuneraciones por capacitación ofi cializada, por el periodo de ocho (08) días del 02 al 09 de octubre de 2022 (…); y d) Carta de Compromiso, mediante el cual, la Docente Ángela Yuliana Arredondo Salas, se compromete asumir la carga lectiva del Dr. Bernardo Ramón Dante De la Gala Velásquez, por los días que dure su licencia. Que, asimismo, el viaje del citado docente se encuentra enmarcado dentro del Principio de Internacionalización establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 4º del Estatuto Universitario, y dentro de la función que tiene la Universidad de fomentar alianzas estratégicas con las Universidades Públicas y Privadas, dispuesto en el artículo 6º del referido Estatuto; así como, en su artículo 7º que dispone: “(…) La universidad para el cumplimiento de sus fi nes y funciones formará parte de redes interinstitucionales nacionales y extranjeras de derecho público o de derecho privado, a fi n de crear una amplia red de cooperación cientí fi co-técnica (…)” Que, considerando que el objeto del viaje del referido docente es de interés institucional, el Consejo Universitario en su sesión extraordinaria del 28 de setiembre de 2022, acordó autorizar el viaje internacional del Dr. Bernardo Ramón Dante de la Gala Velásquez, Docente de la Facultad de Administración de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para que participe en la estancia de investigación en la Universidad de Castilla La Mancha (España), en colaboración con miembros del Grupo de Investigación INCORE (Innovación, Competitividad y Redes), que se realizará del 03 al 08 de octubre de 2022; a quien se le otorgará los pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos internacionales correspondientes, conforme a la Directiva Asignación de Viáticos y Pasajes por Comisión de Servicios en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, aprobada mediante Resolución de Consejo Universitario Nº 436-2018 del 08 de mayo del 2018, con su respectivo Plan Operativo Institucional – POI, y conforme lo determinen las o fi cinas correspondientes teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal Que, atendiendo lo señalado, en el párrafo precedente la Subdirección de Logística, mediante O fi cio Nº 2078-2022-SDL-DIGA/UNSA, de fecha 28 de setiembre de 2022, remite el monto de pasajes aéreos, seguro de viaje, viáticos e itinerario respectivos, según el numeral 8.2 sobre Escala de Viáticos al Exterior de la Directiva Asignación de Viáticos y Pasajes por Comisión de Servicios en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, aprobada por Resolución de Consejo Universitario Nº 436-2018. Que, asimismo, la O fi cina Universitaria de Planeamiento mediante su O fi cio Nº 1165-2022-OUPL- UNSA, de fecha 29 de setiembre de 2022, informa que si se cuenta con Disponibilidad presupuestal que corresponde al Centro de Costo: 05.01.02 – Escuela Profesional de Administración; Actividad Operativa: 01.06.01 – Capacitación y Actualización de Docentes, por lo que, se ratifi ca en el contenido del Informe Nº 0228-2022-OGPP- UNSA de fecha 29 de setiembre del presente, mediante el cual, re fi ere que revisado el presupuesto Institucional del ejercicio fi scal 2022, si se cuenta con disponibilidad presupuestal para atender lo solicitado en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”, por el monto de S/ 28,165.70. Que, cabe señalar, que con O fi cio Nº 0723-2022-UNSA-R, de fecha 29 de setiembre del 2022, el señor Rector de la Universidad, Dr. Hugo Jose Rojas Flores, solicitó al Dr. Luis Ernesto Cuadros Paz, Vicerrector Académico, lo reemplace en el cargo de Rector, el día viernes 30 de setiembre de 2022, en mérito a lo establecido en el numeral 159.9 del artículo 159 del Estatuto de la UNSA; por lo que la presente es suscrita por el Dr. Luis Ernesto Cuadros Paz, Vicerrector Académico, como Rector (e). Por estas consideraciones, estando a lo acordado por el referido Consejo Universitario, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, al Consejo Universitario, SE RESUELVE:Primero.- Autorizar el viaje internacional del DR. BERNARDO RAMÓN DANTE DE LA GALA VELÁSQUEZ, Docente de la Facultad de Administración de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para que participe en la estancia de investigación en la Universidad de Castilla – La Mancha (España), en colaboración con miembros del Grupo de Investigación INCORE (Innovación, Competitividad y Redes), que se realizará del 03 al 08 de octubre de 2022. Segundo.- Autorizar a la O fi cina Universitaria de Planeamiento y a la Subdirección de Logística, otorguen a favor del referido docente, la Certi fi cación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento, Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”, presupuesto del año Fiscal 2022, (Centro de Costo: 05.01.02 – Escuela Profesional de Administración; Actividad Operativa: 01.06.01 – Capacitación y Actualización de Docentes) según el siguiente detalle: - Pasajes aéreos: S/ 14,545.08 soles Del 03 al 09 de octubre de 2022. Arequipa-Lima-España-Lima- Arequipa. - Seguro Viajero: S/ 186.12 soles - Viáticos: S/ 13,434.50 soles Del 03 al 09 de octubre de 2022 Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, el referido docente presentará un Informe, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y archívese.LUIS ERNESTO CUADROS PAZ Vicerrector AcadémicoRector (e) RUTH MARITZA CHIRINOS LAZO Secretaria General 2111572-1