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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (07/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 228

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Viernes 7 de octubre de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA (en adelante, TUO de la Ley Marco), rige la prestación de los servicios de saneamiento a nivel nacional, en los ámbitos urbano y rural, con la fi nalidad de lograr el acceso universal, el aseguramiento de la calidad y la prestación efi ciente y sostenible de los mismos, promoviendo la protección ambiental y la inclusión social, en bene fi cio de la población; Que, mediante la Única Disposición Complementaria Derogatoria del TUO de la Ley Marco se deroga la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, excepto el artículo 3 en virtud del cual se crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento (OTASS) como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, y con competencia a nivel nacional; Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 81 del TUO de la Ley Marco, el OTASS cuenta con un Consejo Directivo dentro de su estructura orgánica, y en su artículo 82 establece que el Consejo Directivo del OTASS es el órgano máximo de dicha entidad, siendo responsable de su dirección. Está integrado por tres (03) miembros, entre ellos, dos (02) representantes del MVCS, uno de los cuales lo preside, y son designados mediante resolución suprema refrendada por el/la Ministro/a de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por un período de tres (03) años, pudiendo ser ratifi cados por un período adicional; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 83 del TUO de la Ley Marco, la renuncia al cargo de Director/a del Consejo Directivo del OTASS constituye causal de vacancia, por lo que la entidad a la que éste representa, propone a su reemplazante hasta completar el período faltante; Que, mediante Resolución Suprema Nº 001-2022-VIVIENDA se designa al señor Jorge Luis Manrique Campomanes como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Directivo del OTASS, quien lo presidirá hasta completar el período faltante; Que, el señor Jorge Luis Manrique Campomanes ha formulado renuncia, por lo que corresponde aceptarla y designar al profesional que ejercerá dicha representación hasta completar el período faltante; Que, el párrafo 82.3 del artículo 82 del TUO de la Ley Marco, establece que, para ser miembro del Consejo Directivo, se requiere ser profesional con experiencia en la toma de decisiones estratégicas y de gestión empresarial. Asimismo, el Texto Único Ordenado del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2021-VIVIENDA, establece los requisitos, límites y restricciones aplicables; Que, a través de la Nota Nº 090-2022-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento ha veri fi cado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente a fi n de proceder con la designación del señor Alvaro Horacio Flores Boza, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Directivo del OTASS; Que, mediante el Memorando Nº 1212-2022-VIVIENDA/OGGRH, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos veri fi ca el cumplimiento de los requisitos mínimos previstos en la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, para la designación del señor Alvaro Horacio Flores Boza, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Directivo del OTASS; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; el artículo 3 de la Ley Nº 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento y el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2020-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Jorge Luis Manrique Campomanes, como miembro del Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, en representación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2 .- Designar al señor Alvaro Horacio Flores Boza como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento, quien lo presidirá hasta completar el período faltante. Artículo 3 .- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR PANIAGUA CHACÓN Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2113494-2 PUBLICACIÓN VIRTUAL DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico pgaconsulta@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES