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64 NORMAS LEGALES Viernes 7 de octubre de 2022 El Peruano / informe técnico que contenga las acciones, disposiciones y lineamientos necesarios para la plani fi cación e implementación de una Planta de Producción de Vacunas, ello como parte del fortalecimiento de la capacidad de respuesta del Estado frente a epidemias y pandemias, contando para tal caso con la con fl uencia de información y consenso de integrantes de una comisión a nivel multisectorial; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación y Objeto Créase la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Salud, en adelante Comisión Multisectorial, que tiene por objeto elaborar y presentar el Informe Técnico que contenga las acciones, disposiciones y lineamientos necesarios para la plani fi cación e implementación de una Planta de Producción de Vacunas. Artículo 2.- Conformación2.1 La Comisión Multisectorial está conformada por los/las siguientes representantes: a. Un/a representante de la Presidencia del Consejo de Ministros. b. Un/a representante del Ministerio de Salud.c. Un/a representante de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada – PROINVERSIÓN. d. Un/a representante del Instituto Nacional de Salud, quien lo preside. 2.2 Los/Las miembros de la Comisión Multisectorial ejercen sus funciones ad honorem y cuentan con un/a representante alterno/a. Artículo 3.- Designación de representantes Los/Las representantes titulares y alternos/as de las entidades públicas señaladas en el numeral 2.1 del artículo 2 son designados/as mediante comunicación escrita de su titular dirigida a la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial, en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Suprema. Artículo 4.- Funciones La Comisión Multisectorial tiene las siguientes funciones: a) Proponer las acciones, disposiciones o lineamientos, en el ámbito de las competencias de las entidades que la integran, necesarios para la plani fi cación e implementación de una Planta de Vacunas, por parte del Instituto Nacional de Salud. b) Elaborar y presentar al Ministerio de Salud el informe técnico respecto de las funciones señaladas en el literal que antecede. Artículo 5.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial está a cargo del Centro Nacional de Producción y Bienes Estratégicos de Salud Pública del Instituto Nacional de Salud, encargada de brindar apoyo técnico y administrativo. Artículo 6.- De la colaboración, asesoramiento y apoyo Para el cumplimiento de su objeto y funciones, la Comisión Multisectorial puede solicitar a través de su Secretaría Técnica:6.1 La participación, en calidad de invitados, de integrantes del Sistema Nacional de Salud, especialistas, representantes de entidades públicas, personas jurídicas privadas, instituciones académicas y de investigación, así como de organismos internacionales y de los rectores de sistemas administrativos del Poder Ejecutivo, según las necesidades de la comisión. 6.2 Información a las diferentes entidades públicas sobre aspectos necesarios para los fi nes de la Comisión Multisectorial. 6.3 La participación del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien a través de sus órganos del servicio exterior brindará el apoyo necesario e información internacional relevante respecto a la materia relacionada al objeto de la Comisión Multisectorial. La colaboración que se describe en el presente artículo, es ad honorem. Artículo 7.- Instalación La Comisión Multisectorial se instala en un plazo máximo de quince (15) días calendario, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución Suprema. Artículo 8.- Vigencia y presentación del Informe Técnico La Comisión Multisectorial tiene una vigencia de noventa (90) días hábiles contados desde su instalación. Al cumplimiento de dicho plazo, la Comisión Multisectorial presenta el Informe Técnico que contenga las acciones, disposiciones y lineamientos necesarios para la plani fi cación e implementación de una Planta de Producción de Vacunas. Artículo 9.- Financiamiento9.1 El funcionamiento de la Comisión Multisectorial se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Instituto Nacional de Salud, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. 9.2 Los gastos que involucren la participación de los miembros de la Comisión Multisectorial, se fi nancian con cargo al presupuesto institucional de la entidad a la cual pertenecen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 10.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Suprema en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en las sedes digitales de los sectores cuyos titulares la refrendan, el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 11.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Salud, el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros KURT BURNEO FARFÁN Ministro de Economía y Finanzas CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2113491-8