TEXTO PAGINA: 90
90 NORMAS LEGALES Viernes 7 de octubre de 2022 El Peruano / VISTO: El O fi cio N° 000333-2022-P-ETIINLPT-CE-PJ, cursado por la señora Jessica Medina Jiménez, Consejera Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 471-2019-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial amplió la competencia funcional del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, para el monitoreo del proceso contencioso administrativo laboral y previsional, con el fi n de realizar una plani fi cación de actividades en relación al referido monitoreo. Segundo. Que, por Resolución Administrativa N° 278-2021-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se incorporó la actividad denominada “Levantamiento de Información y De fi nición del Modelo de Despacho Judicial del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional”, al Plan de Actividades del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo 2021, con cargo a la disponibilidad presupuestal. Tercero. Que, a través del O fi cio N° 001751-2022-P-CSJSA-PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Santa remitió al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, el Plan de Implementación del Módulo Corporativo Laboral piloto de los juzgados de trabajo que tramitan la subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP); a fi n de gestionar su aprobación y fi nanciamiento ante el Consejo Ejecutivo y la Gerencia General del Poder Judicial, respectivamente. Cuarto. Que, en ese contexto, la señora Consejera Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo mediante O fi cio N° 000333-2022-P-ETIINLPT- CE-PJ, solicita a este Órgano de Gobierno que se apruebe el inicio de ejecución de las actividades dirigidas a implementar el modelo de despacho judicial corporativo en los juzgados de trabajo que tramitan la subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional (PCALP) para el año 2022, considerando las que conllevan ejecución presupuestal, para implementar dicha actividad en el primer trimestre del año 2023. Asimismo, señala que se ha corroborado el plan de implementación de la Corte Superior de Justicia del Santa, realizándose videoconferencias para el contraste de información y apoyo técnico por componente, a fi n de veri fi car el avance de cada actividad necesaria para la referida implementación, especialmente las que inciden en el presupuesto. En mérito a ello, solicita que la Gerencia General del Poder Judicial brinde el apoyo técnico y económico para la implementación mencionada. Quinto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia, por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada; con cargo a la disponibilidad presupuestal. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1272-2022 de la cuadragésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 28 de setiembre de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de implementación del modelo de despacho judicial corporativo en los juzgados de trabajo que tramitan la subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional en la Corte Superior de Justicia del Santa”, correspondiente al año 2022, presentado por el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial fi nancie con cargo a la disponibilidad presupuestal, y brinde el apoyo técnico que se requiera al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo y a la Corte Superior mencionada, para el cumplimiento de lo establecido en la presente resolución. Artículo Tercero.- Disponer el inicio de la etapa de ejecución de la implementación del modelo de despacho judicial corporativo en los juzgados de trabajo que tramitan la subespecialidad del Proceso Contencioso Administrativo Laboral y Previsional en la Corte Superior de Justicia del Santa, en el año 2022. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la señora Consejera Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Santa; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2113423-3 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Disponen la conformación de la Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente y la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000357-2022-P-PJ Lima, 5 de octubre de 2022VISTA: La Resolución Nº 1149-2022-JNJ, del 3 de octubre de 2022, emitida por la Junta Nacional de Justicia, mediante la cual nombra al señor Roberto Rolando Burneo Bermejo, como juez supremo titular de la Corte Suprema de Justicia de la República. CONSIDERANDO:Primero: El Poder Judicial ejerce la potestad de administrar justicia a través de sus órganos jerárquicos; asimismo, es una garantía de la administración de justicia dar posesión del cargo de juez a quien ha sido nombrado en la forma prevista en nuestra Constitución Política del Estado. Segundo: La Junta Nacional de Justicia, en la referida resolución, resolvió nombrar al señor Roberto Rolando Burneo Bermejo, como juez supremo titular de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de