Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (07/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 228

TEXTO PAGINA: 104

104 NORMAS LEGALES Viernes 7 de octubre de 2022 El Peruano / 2.2. Dicha solicitud de licencia sin goce de haber fue concedida por los miembros del concejo municipal en la sesión ordinaria de concejo, del 10 de junio de 2022, conforme al Acuerdo de Concejo Nº 028-2022-MDS, de la misma fecha, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre del presente año. 2.3. Sobre el particular, en aplicación de los plazos legales establecidos por la LEM (ver SN 1.2.), y en la Resolución Nº 0918-2021-JNE (ver SN 1.5.), el periodo de licencia abarcará desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre, con lo cual se computan treinta (30) días antes de la fecha de las elecciones. 2.4. En ese sentido, en vista de que la solicitud de licencia cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Santa, y estando a lo establecido en la LOM (ver SN 1.3.), resulta procedente convocar a doña Karina Yoselin Espinoza Sandoval, identi fi cada con DNI Nº 47318535, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Regional el Maicito, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidora del referido concejo municipal. 2.5. Dicha convocatoria se realiza conforme al Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas del distrito de Santa, provincia del Santa, departamento de Áncash, del 1 de noviembre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Santa, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.6. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento (ver SN 1.7.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don José Luis Espejo Llacas, regidor del Concejo Distrital de Santa, provincia del Santa, departamento de Áncash, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, con motivo de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a doña Karina Yoselin Espinoza Sandoval, identi fi cada con DNI Nº 47318535, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Santa, provincia del Santa, departamento de Áncash, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 2112629-1Convocan a ciudadanos para que asuman, provisionalmente, cargos de regidores del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto RESOLUCIÓN Nº 2825-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022049956 Expediente Nº JNE.2022049950Expediente Nº JNE.2022049963Expediente Nº JNE.2022049973Expediente Nº JNE.2022049986Expediente Nº JNE.2022049997Expediente Nº JNE.2022050001SAN JUAN BAUTISTA - MAYNAS - LORETOLICENCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, diecinueve de agosto de dos mil veintidósVISTO: el O fi cio Nº 1145-2022-OSGyA-MDSJB, presentado el 27 de julio de 2022 por doña Jossy Flores Sinti, secretaria general de la Municipalidad Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto (en adelante, señora secretaria), por medio del cual comunicó las licencias concedidas a don Ángel Enrique López Rojas, don Yuri Omar Luna Monasi, doña Yeshenia Melissa Rodríguez Alva, don Oscar Dean Morillas Silva, don Guillermo Favio Álvarez Rodríguez, doña Sara Marlene Chong Zambrano y doña Ketty Huaymana Villacorta, regidores de la citada comuna (en adelante, señores regidores), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022). PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Por medio del o fi cio del visto, la señora secretaria remitió los acuerdos de concejo municipal, con los que se aprobaron conceder licencias sin goce de haber a los señores regidores por el periodo del 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, debido a su participación como candidatos en las ERM 2022. Para tal efecto, remitió las solicitudes de licencia sin goce de haber de los señores regidores y pidió que se convoquen a sus correspondientes reemplazos. 1.2. En ese contexto, se generaron los Expedientes N. os JNE.2022049950, JNE.2022049956, JNE.2022049963, JNE.2022049973, JNE.2022049986, JNE.2022049997 y JNE.2022050001. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 4 del artículo 178 y el artículo 181 de la Constitución Política del Perú establecen que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) tiene, entre otras, la función de administrar justicia en materia electoral, por lo que sus resoluciones son dictadas en última y de fi nitiva instancia. En el Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil (en adelante, TUO del CPC) 1.2. El numeral 3 del artículo 50 prescribe que son deberes de los jueces dictar las resoluciones y realizar los actos procesales en el orden que ingresan al despacho. 1.3. El artículo 84 señala que hay conexidad cuando se presentan elementos comunes entre distintas pretensiones o, por lo menos, elementos a fi nes en ellas. 1.4. El artículo 85 determina que se pueden acumular pretensiones en un proceso siempre que estas sean de competencia del mismo juez; no sean contrarias entre sí, salvo que sean propuestas en forma subordinada