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107 NORMAS LEGALES Viernes 7 de octubre de 2022 El Peruano / 6. CONVOCAR a doña María Esther Soplin Rivas, identi fi cada con DNI Nº 05376536, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 7. CONVOCAR a don Moisés Hipólito Rojas Manuyama, identi fi cado con DNI N. º 47314731, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 8. CONVOCAR a don Alexander Torres Alegría, identi fi cado con DNI Nº 41632766, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 9. CONVOCAR a don Edwin Junior Godoy Álvarez, identi fi cado con DNI Nº 71565744, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas y departamento de Loreto, por el periodo comprendido desde el 2 de setiembre hasta el 2 de octubre de 2022, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 10. Declarar IMPROCEDENTE el pedido de convocatoria de candidato no proclamado presentado con relación a la licencia sin goce de haber solicitada por doña Yeshenia Melissa Rodríguez Alva, regidora del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 11. Declarar IMPROCEDENTE el pedido de convocatoria de candidato no proclamado presentado con relación a la licencia sin goce de haber solicitada por don Guillermo Favio Álvarez Rodríguez, regidor del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 12. Declarar IMPROCEDENTE el pedido de convocatoria de candidato no proclamado presentado con relación a la licencia sin goce de haber solicitada por don Ángel Enrique López Rojas, regidor del Concejo Distrital de San Juan Bautista, provincia de Maynas, departamento de Loreto, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 13. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929- 2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENAS MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZAR SÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicado el 4 de enero de 2022, en el diario o fi cial El Peruano . 2 Publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Resolución publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 2112631-1Convocan a ciudadano para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Provincial de Concepción, departamento de Junín RESOLUCIÓN Nº 2840-2022-JNE Expediente Nº JNE.2022077300 CONCEPCIÓN - JUNÍNLICENCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veinte de agosto de dos mil veintidósVISTO : el O fi cio Nº 502-2022-A/MPC, presentado el 18 de agosto de 2022, por don Benjamín Próspero de la Cruz Palomino, alcalde de la Municipalidad Provincial de Concepción, departamento de Junín (en adelante, señor recurrente), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don Jaime Francisco Córdova Vila, regidor del citado concejo (en adelante, señor regidor), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (en adelante, ERM 2022). ANTECEDENTES1.1. A través del o fi cio citado en el visto, el señor recurrente informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor regidor, con motivo de su participación como candidato en las ERM 2022, a fi n de que se convoque a su respectivo reemplazo. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo Nº 085-2022-MPC, del 13 de junio de 2022, que formalizó la decisión de aprobar, con el voto mayoritario, la licencia sin goce de haber del señor regidor. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación. En la Ley Nº 26864, Ley de Elecciones Municipales (en adelante, LEM) 1.2. El literal e del numeral 8.1 del artículo 8 prescribe que están impedidos de ser candidatos, en las elecciones municipales, los trabajadores y funcionarios de los Poderes Públicos, así como de los organismos, empresas del Estado y de las municipalidades, si no solicitan licencia sin goce de haber, la misma que debe serles concedida treinta (30) días naturales antes de las elecciones. En la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM) 1.3. El artículo 24 determina que, en caso de ausencia del alcalde, lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, y a los regidores lo reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral. En el Decreto Supremo Nº 001-2022-PCM1.4. Mediante este decreto supremo, publicado en el diario o fi cial El Peruano el 4 de enero de 2022, el Presidente de la República convocó a ERM 2022 para el domingo 2 de octubre del mismo año, con el objeto de elegir a gobernadores, vicegobernadores, consejeros regionales de los departamentos de toda la República y la Provincia Constitucional del Callao, así como a alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de la República.