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102 NORMAS LEGALES Viernes 7 de octubre de 2022 El Peruano / JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Autorizan viaje de Jefa del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones a Panamá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN Nº 093-2022-P/JNE Lima, 5 de octubre de 2022VISTOS, la comunicación de fecha 17 de agosto de 2022 del Tribunal Electoral de Panamá y del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, y el Informe N° 000057-2022-BCR-DGNAJ/JNE, de la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos. CONSIDERANDO:Que, por comunicación de fecha 17 de agosto de 2022, el Tribunal Electoral de Panamá y el Instituto Interamericano de Derechos Humanos (IIDH), a través de su Área Programática, el Centro de Asesoría y Promoción Electoral (CAPEL), cursan invitación al señor Presidente del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, JNE), para que él o un funcionario asista a la “Vigésima Edición del Curso Interamericano de Elecciones y Democracia”, que se celebrará en la ciudad de Panamá, del 10 al 13 de octubre de 2022, señalando que los costos de pasaje aéreo internacional, hospedaje y alimentación serán asumidos por el participante. Mediante O fi cio N° 596-2022-P-JNE, de fecha 14 de septiembre de 2022, el señor Presidente del JNE comunica la participación de la servidora Rosa María López Triveño, Jefa del Gabinete de Asesores de Presidencia (en adelante, servidora). Por Memorando N° 000203-2022-OCRI/JNE, de fecha 16 de septiembre de 2022, la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales informa a la Dirección Central de Gestión Institucional, que la invitación cursada no cubre los gastos de pasaje aéreo internacional, póliza de seguro de viaje con cobertura de COVID-19, hospedaje, alimentación, prueba molecular para salida de Lima y traslados internos. Que, conforme a la Orden de servicio N° 05942, de fecha 23 de septiembre de 2022, el servicio de emisión de boletos aéreos internacionales asciende a la suma de S/ 3,205.40 (tres mil doscientos cinco con 40/100 soles). Que, por Memorando N° 000149-2022-GAP/JNE, de fecha 28 de septiembre de 2022, la servidora solicita la asignación de viáticos por seis días, del 9 al 14 de octubre de 2022, ascendente a S/ 7,442.82 (siete mil cuatrocientos cuarenta y dos con 82/100 soles). Que, por Proveído N° 004461-2022-LOG/JNE, de fecha 30 de septiembre de 2022, la Unidad Orgánica de Logística informa que el costo del seguro de viaje internacional es USD 128.00 (ciento veintiocho dólares americanos); y el costo de la prueba molecular es S/ 125.00 (ciento veinticinco con 00/100 soles) a cargo de Inbiomedic S.A.C. Que, la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo otorga las certi fi caciones de existencia de crédito presupuestario aprobado para el ejercicio fi scal 2022, en el presupuesto del pliego 031 JNE por los siguientes importes: a) S/ 3,840.00 (tres mil ochocientos cuarenta con 00/100 soles), para los pasajes aéreos internacionales (Certi fi cación N° 01894-2022-DGPID/JNE, de fecha 22 de septiembre de 2022). b) S/ 512.00 (quinientos doce con 00/100 soles), para la contratación del seguro de viaje internacional (Certi fi cación N° 01950-2022-DGPID/JNE, de fecha 29 de septiembre de 2022). c) S/ 7,442.82 (siete mil cuatrocientos cuarenta y dos con 82/100 soles), para los viáticos (Certi fi cación N° 01968-2022-DGPID/JNE, de fecha 30 de septiembre de 2022). Que, el artículo 1° de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que los viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, deben ser autorizados por la más alta autoridad de la respectiva entidad, y en el caso del JNE, según el artículo 22° de su Ley Orgánica, Ley N° 26486, el Presidente es quien lo representa en todos sus actos; asimismo, conforme a los artículos 13°, 14° y numeral 1) del artículo 16°, del Reglamento de Organización y Funciones institucional, aprobado con la Resolución N° 001-2016-JNE y modi fi catorias, también es su máxima autoridad administrativa, Titular del Pliego, y representante o fi cial de la institución, en todos sus actos, ante autoridades, entidades y personas naturales o jurídicas. Que, el artículo 4° del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, mediante el cual se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, prevé que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. Que, la Dirección General de Normatividad y Asuntos Jurídicos, en el Informe N° 000057-2022-BCR-DGNAJ/JNE, destaca que es de interés de la entidad, que sus funcionarios y servidores participen en programas de trabajo, capacitación y/o reuniones internacionales de importancia estratégica, que forman parte del quehacer institucional, como sucede en el presente caso. En uso de las facultades de la que está investida esta Presidencia; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la servidora Rosa María López Triveño, Jefa del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Jurado Nacional de Elecciones y la respectiva licencia con goce de haber, por el periodo comprendido del 9 al 14 de octubre de 2022, para que asista a la “Vigésima Edición del Curso Interamericano de Elecciones y Democracia”, que se celebrará del 10 al 13 de octubre de 2022, en la ciudad de Panamá. Artículo Segundo.- El Jurado Nacional de Elecciones cubrirá los gastos de la servidora Rosa María López Triveño, según el siguiente detalle: Pasajes aéreos internacionales: S/ 3,205.40 (tres mil doscientos cinco con 40/100 soles). Viáticos y Asignaciones: S/ 7,442.82 (siete mil cuatrocientos cuarenta y dos con 82/100 soles). Seguro de viaje internacional: USD$ 128.00 (ciento veintiocho dólares americanos). Prueba molecular de salida del Perú: S/ 125.00 (ciento veinticinco con 00/100 soles). Artículo Tercero.- La servidora Rosa María López Triveño deberá presentar, en el plazo de quince (15) días calendarios siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado sobre las actividades realizadas. Artículo Cuarto.- La presente resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo Quinto.- Transcribir la presente decisión a la Dirección General de Recursos y Servicios y a la interesada, para su conocimiento y los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS SALAS ARENAS Presidente 2113317-1