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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (14/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Viernes 14 de octubre de 2022 El Peruano / Sesión de Concejo, para que previo análisis y debate, SE APRUEBE LA ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN, DEL ÁREA DE TRATAMIENTO ESPECIAL A ZONA RESIDENCIAL DE DENSIDAD BAJA (RDB), DEL EXPEDIENTE DENOMINADO “HABILITACIÓN URBANA EL MIRAMORRO” PREDIO CON PARTIDA ELECTRÓNICA Nº 11043939, UBICADO EN LA CARRETERA FERNANDO BELAUNDE TERRY, SECTOR INDAÑE, VALLE DEL ALTO MAYO, DISTRITO Y PROVINCIA DE MOYOBAMBA; Que, a través del Dictamen Nº 09-2022-MPM/CM- CDUPVyGA, de fecha 4 de mayo de 2022, la Comisión de Desarrollo Urbano, Participación Vecinal y Gestión Ambiental, opina favorablemente para que el Pleno del Concejo Municipal, en estricto cumplimiento de sus atribuciones y facultades señaladas en la Ley Orgánica de Municipalidades, proceda a aprobar la Ordenanza Municipal del Cambio de Zoni fi cación de Área de Tratamiento Especial a Zona Residencial de Densidad Baja (RDB), de la Habilitación Urbana denominada “El Miramorro” predio con Partida Electrónica Nº 11043939, ubicado en la carretera Fernando Belaunde Terry – Sector Indañe, Valle del Alto Mayo, del Distrito y Provincia de Moyobamba, Departamento de San Martín, según Informe Legal Nº 56-2022-MPM/OAJ, de fecha 22 de abril del 2022; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que, las ordenanzas municipales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, por tales consideraciones y al amparo de lo dispuesto en el numeral 8) y 9) del Artículo 9º y el Artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, contando con el voto UNÁNIME del Pleno de Concejo; se APROBÓ la siguiente Ordenanza; ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DE ÁREA DE TRATAMIENTO ESPECIAL A ZONA RESIDENCIAL DE DENSIDAD BAJA (RDB) DE LA HABILITACIÓN URBANA DENOMINADA “EL MIRAMORRO” PREDIO DE PARTIDA ELECTRÓNICA Nº 11043939, UBICADO EN LA CARRETERA FERNANDO BELAUNDE TERRY – SECTOR INDAÑE, VALLE DEL ALTO MAYO, DEL DISTRITO Y PROVINCIA DE MOYOBAMBA, DEPARTAMENTO DE SAN MARTÍN Artículo Primero.- APROBAR el Cambio de Zoni fi cación de Área de Tratamiento Especial a Zona Residencial de Densidad Baja (RDB) de la Habilitación Urbana denominada “EL MIRAMORRO” predio de Partida Electrónica Nº 11043939, ubicado en la carretera Fernando Belaunde Terry – Sector Indañe, Valle del Alto Mayo, del Distrito y Provincia de Moyobamba, Departamento de San Martín. El área indicada anteriormente cuenta con las siguientes linderos y medidas perimétricas: POR EL NORTE: 30711 (Hoy Propiedad de Terceros) – 30710 (Hoy Propiedad de Terceros) – 30703 (Hoy Propiedad de Terceros). POR EL ESTE: 13928 (Hoy Propiedad de Terceros) – Predio “La Victoria” (Hoy Propiedad de Terceros) POR EL SUR: C0003 (Carretera Fernando Belaunde Terry) (Hoy Propiedad de Terceros). POR EL OESTE: 30714 (Hoy Propiedad de Terceros) – 36027 (Hoy Propiedad de Terceros) – 139729 (Hoy Propiedad de Terceros) – Predio “El Roció” (Hoy Propiedad de Terceros) y Predio “El Huerto” (Hoy Propiedad de Terceros). Encerrando una super fi cie de 10.3768 ha. (103,768.00 m2) y un perímetro de 2,299.54 ml. Artículo Segundo.- PRECISAR que la documentación Planos y Memoria Descriptiva, de la nueva Asignación de Zoni fi cación, fi rmada por el Arq. Lenin Elidergio Ávila López CAP Nº 19204, forman parte de la zoni fi cación aprobada en el Artículo Primero de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DISPONER que la Municipalidad Provincial de Moyobamba, incorpore la propuesta de Asignación de Zoni fi cación aprobado en el Artículo Primero, al Plan de Desarrollo Urbano de la ciudad de Moyobamba, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, así como, noti fi car al administrado y a las áreas correspondientes, para su conocimiento y fi nes pertinentes; y a la O fi cina de Tecnologías de Información, la publicación de la misma en el portal de la entidad http://www.munimoyobamba.gob.pe/app/portal4/ Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.GASTELO HUAMAN CHINCHAY Alcalde 2114791-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OXAPAMPA Modifican la Disposición Final (Cronograma) del Reglamento de Elecciones de Autoridades Municipales en los Centros Poblados de la jurisdicción de la provincia de Oxapampa DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2022-MPO Oxapampa, 13 de julio del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OXAPAMPA. VISTO:El Informe Técnico Nº 064-2022-GDIS/MPO, con fecha 23 de Junio del 2022, de la Gerente de Desarrollo e Inclusión Social; Informe Legal Nº 462-2022-GAJ-MPO/CSSOC, de la Gerente de Asesoría Jurídica; Informe Nº 784-2022-MPO-ZBRC/GEMU de la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley Nº 30305 “Ley de Reforma Constitucional”, precisa que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “La autonomía que la Constitución, Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, en ese sentido, conforme lo dispone el Artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades, los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Consejo Municipal; es decir, el Decreto de Alcaldía se de fi ne como un acto administrativo de contenido Normativo Reglamentario que es expedido por el titular del pliego, es decir, por el Alcalde;