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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (14/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 62

62 NORMAS LEGALES Viernes 14 de octubre de 2022 El Peruano / FAS GENERAL DETALLE ORDEN ÓRGANO FECHA DE INICIO FECHA DE FIN 2ELABORACIÓN DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA IMPLEMENACION Y CAPTURA, IMPRESIÓN DEL DNI FACTOR Y GRUPO SANGUÍNEO. Actualización del requerimiento informático (Incluye captura y validación de tramites e impresión del DNI incorporando el dato de factor y grupo sanguíneo). . En coordinación con OTI, elaboración de Flujos, procedimientos, validaciones operativas.4DSR-DRIAS-DRI-OTI- OPP-OAJIII TRIMESTRE 2022 IV TRIMESTRE 2022 3MODIFCAR PLANCHAS DE IMPRESIÓN DE DNIc RENIEC (AREQUIPA/LIMA) y PROVEEDOR-5OTI-DRI- PROVEEDORI TRIMESTRE 2023 I TRIMESTRE 2023 MODIFCAR PLANTILLA DE IMPRESIÓN DE DNIe RENIEC- 6 OTI-DRI I TRIMESTRE 2023 I TRIMESTRE 2023 DESARROLLO DE LA IMPLEMENTACIÓN DNI/DNIeImplementación de adecuaciones en los módulos del SIO conforme a lo establecido en el requerimiento informático7 OTI I TRIMESTRE 2023 III TRIMESTRE 2023 PRUEBAS INTERNAS DNI/DNIe Pruebas de la implementación realizada por el equipo de UIS 8 OTI III TRIMESTRE 2023 III TRIMESTRE 2023 PRUEBAS FUNCIONALES DNI/DNIe - ENTORNO DESARROLLOPruebas por parte de las áreas usuarias de la implementación realizada y fi rma de documentos en señal de conformidad9DSR-DRIAS-DRI-OTI- PROVEEDORIII TRIMESTRE 2023 III TRIMESTRE 2023 PASE A PRODUCCIÓN DNI/DNIe - 10OTI-DRI, DSR, DRIAS, PROVEEDORIV TRIMESTRE 2023 IV TRIMESTRE 2023 4ACTUALIZACIÓN EN EL DISEÑO DE FICHAMesas de trabajo. 11 DSR-DRIAS-DRI IV TRIMESTRE 2022 I TRIMESTRE 2023 APROBACIÓN DEL NUEVO DISEÑO DE FICHA-1 2DRI-DSR-DRIAS- OTI-OAJIV TRIMESTRE 2022 I TRIMESTRE 2023 PROCESO DE ADQUISICIÓN Proceso de adquisición de material registral. 13 DSR-DRIAS II TRIMESTRE 2023 IV TRIMESTRE 2023 5PRUEBAS EN CAMPO Piloto en OR Lima. 14 OTI-DSR-DRIAS-DRI IV TRIMESTRE 2023 IV TRIMESTRE 2023 LEVANTAMIENTO DE OBSERVACIONES Subsanación de observaciones 15 OTI-DSR-DRIAS-DRI IV TRIMESTRE 2023 IV TRIMESTRE 2023 PUESTA EN PRODUCCIÓN MASIVA Captura, procesamiento y entrega de DNI. 16 OTI-DSR-DRIAS-DRI I TRIMESTRE 2024 I TRIMESTRE 2024 Nota: Actualización del TUPA 1. Hoja de Elevación N° 833-2022-DRI_23.08.2022 (Fe de erratas) 2. Hoja de Elevación N° 39-2022-GG_07.09.2022 2115149-1 Conforman el Equipo de Respuestas ante Incidentes en Seguridad Digital del RENIEC RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000176-2022/JNAC/RENIEC Lima, 12 de octubre de 2022 VISTOS:El Informe N° 000048-2022/RDT/SGSI/OTI/UGTI/ RENIEC (01JUL2022), del O fi cial de Seguridad de la Información, las Hojas de Estudio y Opinión N° 000012-2022/KZG/CGD/RENIEC (09AGO2022) y N° 000015-2022/KZG/CGD/RENIEC (21SET2022), de la Líder de Gobierno y Transformación Digital, la Hoja de Elevación N° 000096-2022/OTI/UGTI/RENIEC (26AGO2022) y el Informe N° 000050-2022/CMH/SGSI/OTI/UGTI/ RENIEC (26AGO2022), de la Unidad de Gobierno de Tecnologías de la Información de la O fi cina de Tecnologías de la Información; la Hoja de Elevación N° 000229-2022/OTI/RENIEC (19SET2022), de la Ofi cina de Tecnologías de la Información y el Informe Nº 000974-2022/OAJ/RENIEC (07OCT2022), de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil, asimismo, de emitir los documentos que acreditan la identidad de las personas; para tal fi n, desarrollará técnicas y procedimientos automatizados que permitan un manejo integrado y e fi caz de la información; Que mediante el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, se aprueba la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública, siendo el principal instrumento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos para una actuación coherente y e fi caz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país;Que el artículo 2° del Decreto de Urgencia Nº 007- 2020, Decreto de Urgencia que aprueba el Marco de Con fi anza Digital y dispone medidas para su fortalecimiento, señala las normas y procedimientos que rigen la materia de Con fi anza Digital, las cuales son aplicables a las entidades establecidas en el artículo I del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, en donde se incluye al RENIEC; Que en los literales e), f) y g) del artículo 3° del Decreto de Urgencia en mención, se establecen de fi niciones sobre lo que signi fi ca un incidente de seguridad digital, la gestión de incidentes de seguridad digital y el riesgo de seguridad digital, respectivamente, como situaciones que ameritan atenciones directas de parte de las entidades públicas y para la determinación de acciones correctivas que permitan prevenir incidentes similares, sobre todo porque pueden socavar el logro de los objetivos económicos y sociales al alterar la con fi dencialidad, integridad y disponibilidad de las actividades o el entorno, así como poner en riesgo la protección de la información privada de las personas; Que el artículo 5° del citado Decreto de Urgencia, precisa que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno Digital, es el ente rector en materia de Con fi anza Digital y responsable de la articulación de cada uno de sus ámbitos; Que el numeral 104.1 del artículo 104° del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital y establece disposiciones sobre las condiciones, requisitos y uso de las tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM, de fi ne al Equipo de Respuestas ante Incidentes de Seguridad Digital, como aquel equipo responsable de la gestión de incidentes de seguridad digital que afectan los activos de una entidad pública o una red de con fi anza; su implementación y conformación se realiza en base a las disposiciones que determine la Secretaría de Gobierno Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que el numeral 104.2, del citado artículo indica que las entidades de la Administración Pública deberán conforman un Equipo de Respuestas ante incidentes de Seguridad Digital de carácter institucional, y su conformación es