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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (14/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Viernes 14 de octubre de 2022 El Peruano / encargado de la creación e implementación del Mecanismo de Retribución de Servicios Ecosistémicos en Recreación y Ecoturismo, mediante ordenanza regional, a fi n de establecer los sustentos legales para su implementación desde el momento de su aprobación. (…)”. Que, mediante Informe Legal Nº 011-2022-GRSM/ ARA/AAJG de fecha 11 de marzo del 2022, el Área de Asesoría Jurídica Gerencial de la Autoridad Regional Ambiental concluyó lo siguiente: “5.1. Es factible la aprobación de la propuesta de la Ordenanza Regional para Declarar de Interés Regional la implementación del Mecanismo de Retribución por Servicios Ecosistémicos en Regulación de riesgos Naturales en el ámbito del Morro de Calzada. 5.2. Conformar al grupo impulsor encargado de la creación e implementación, del Mecanismo de Retribución por Servicios Ecosistémicos en Regulación de riesgos Naturales en el ámbito del Morro de Calzada, el mismo que será monitoreado por la Dirección Ejecutiva de Gestión Estratégica Ambiental de la Autoridad Regional Ambiental, e integrado por las entidades que a continuación se detallan: • Municipalidad Distrital de Calzada • Municipalidad Distrital de Yántalo • Municipalidad Provincial de Moyobamba • Dirección Ejecutiva de Gestión Territorial-ARA-GRSM • Dirección Ejecutiva de Conservación y Administración de los Recursos Naturales-ARA-GRSM. • Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo-GRSM • SUNASS-ODS-San Martín • Administración Local del Agua Alto Mayo-ANA •Granja Ganadera de Calzada • Subprefectura Distrital de Calzada • Grupo Don Pollo-Calzada • Policía Nacional del Perú-Div.Ecoturismo-Comisaría Calzada • Juzgado de Paz-Distrito de Calzada • Conservación Internacional-CI • Proyecto Mono Tocón • Amazónicos por la Amazonía-AMPA • Facultad de Ecología-UNSM-T (…)”. Que, mediante informe legal Nº 126-2022-GRSM/ORAL, opina favorablemente por que se emita una Ordenanza Regional que “Declara el interés regional, la implementación del Mecanismo de Retribución por Servicios Ecosistémicos en recreación y ecoturismo en el Morro de Calzada”, remitiéndose la propuesta al Consejo Regional San Martín para su evaluación, y posterior aprobación.. Que, mediante Memorando Nº 308-2022-GRSM/GGR, el Gerente General Regional remite al Consejo Regional el Informe Legal de la O fi cina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martín opina favorablemente por que se emita una Ordenanza Regional que “Declara el interés regional, la implementación del Mecanismo de Retribución por Servicios Ecosistémicos en recreación y ecoturismo en el Morro de Calzada”; en ese sentido, encontrándolo conforme dicha propuesta, se remite el expediente administrativo a fi n que el Consejo Regional de San Martín proceda conforme a sus atribuciones, en la forma y plazo de Ley. Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del Artículo 45º de la misma Ley Orgánica establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, el literal o) del artículo 21 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional. Que, el artículo 38º Regionales de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia, en ese marco resulta necesario que el Consejo Regional de acuerdo a sus atribuciones dicte una Ordenanza Regional sobre la “Declaración de interés regional, la implementación del Mecanismo de Retribución por Servicios Ecosistémicos en regulación de riesgos naturales en el Área de Conservación Regional Cordillera Escalera”.Que, de conformidad con lo establecido con el literal f) del artículo 24º del Reglamento de Consejo Regional “Convocar a las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias del Consejo Regional de acuerdo al reglamento”, concordante con el literal n) del artículo 14º del referido reglamento relacionado a los Derechos y Obligaciones de los Consejeros Regionales: “…Asistir a las Sesiones del Consejo Regional y de las comisiones a las que pertenecen con derecho a voz y voto a través de videoconferencia utilizando las tecnologías de información y comunicación (TIC) u otro medio idóneo para la realización de la mismas…”. Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria realizada el día 09 de Agosto del 2022, desarrollada de manera presencial y utilizando las tecnologías de la información en las instalaciones del Auditorio del proyecto Especial Huallaga Central Bajo Mayo, se aprobó por UNANIMIDAD el siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR de interés regional, la implementación del Mecanismo de Retribución por Servicios Ecosistémicos en recreación y ecoturismo en el Morro de Calzada”, de conformidad a los anexos del expediente adjunto a la presente ordenanza. Artículo Segundo.- CONFORMAR el Grupo Impulsor quien se encargará de la creación e implementación del citado MERESE, el cual estará integrado por las siguientes entidades: - Municipalidad Distrital de Calzada - Municipalidad Distrital de Yantaló- Municipal dad Provincial de Moyobamba- Dirección Ejecutiva de Gestión Territorial – ARA- GRSM - Dirección Ejecutiva de Conservación y Administración de los Recursos Naturales – ARAGRSM - Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo – GRSM - SUNASS ODS-San Martín- Administración Local del Agua Alto Mayo – ANA- Granja Ganadera de Calzada- Subprefectura Distrital de Calzada- Grupo Don Pollo - Calzada- Policía Nacional del Perú – Div. Ecoturismo – Comisaría Calzada - Juzgado de Paz – Distrito de Calzada- Conservación Internacional – CI- Proyecto Mono Tocón- Amazónicos por la Amazonía – AMPA - Facultad de Ecología – UNSM-T. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Autoridad Regional Ambiental, para que dictamine las directrices, reglamentos y la implementación de la presente ordenanza regional dentro del alcance de sus competencias. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de San Martín, realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario O fi cial El Peruano, debiendo publicarse además en el diario encargado de las publicaciones judiciales y en el portal electrónico del Gobierno Regional, previa promulgación del Gobernador Regional del Gobierno Regional de San Martín, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Quinto.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al señor Gobernador Regional para su promulgación. Moyobamba, 09 de agosto del 2022AUREA LUZ VARGAS TUANAMA Consejero DelegadoConsejo Regional