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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (14/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Viernes 14 de octubre de 2022 El Peruano / comunicada a la Secretaría de Gobierno Digital mediante los mecanismos dispuestos para tal fi n; Que conforme lo disponen los numerales 109.1 y 109.2 del artículo 109° del referido Reglamento, el Sistema de Gestión de Seguridad de la Información es el conjunto de políticas, lineamientos, procedimientos, recursos y actividades asociadas, que gestiona una entidad con el propósito de proteger sus activos de información, de manera independiente del soporte en que estos se encuentren. Asimismo, contempla la gestión de riesgos e incidentes de seguridad de la información y seguridad digital, la implementación efectiva de medidas de ciberseguridad, y acciones de colaboración y cooperación, siendo una actividad que comprende al Equipo de Respuestas ante incidentes de Seguridad Digital de cada institución; Que la Trigésima Novena Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, aprobado por el Decreto Supremo Nº 029-2021-PCM, dispone que le corresponde a la máxima autoridad administrativa de cada entidad asegurar el cumplimiento de la norma; Que dentro de ese contexto de atribución, el RENIEC a través de la Resolución Jefatural N° 107-2019/JNAC/RENIEC (22JUL2019), dispuso la creación del Comité de Gobierno Digital del RENIEC, el cual posteriormente fue reconformado a través de la Resolución Jefatural N° 156-2019/JNAC/RENIEC (26SET2019), la Resolución Jefatural N° 183-2020/JNAC/RENIEC (17NOV2020) y fi nalmente la Resolución Jefatural N° 00022-2022/JNAC/ RENIEC (14FEB2022), en donde en este último acto se actualiza la denominación de la Asesora de Jefatura Nacional, Karen Liliana Zumaeta Giudichi como Líder de Gobierno y Transformación Digital y a su vez se reconforma el Comité de Gobierno y Transformación Digital del RENIEC, esto último debido a la entrada en vigencia del nuevo Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC; Que a través del Informe N° 000048-2022/RDT/SGSI/ UGTI/RENIEC (01JUL2022) y del Informe N° 000050-2022/OTI/UGTI/RENIEC (26AGO2022), el O fi cial de Seguridad de la Información y la O fi cina de Tecnologías de la Información, solicitan y proponen la conformación del Equipo de Respuestas ante Incidentes en Seguridad Digital del RENIEC, en cumplimiento con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 007-2020; Que en ese sentido, la O fi cina de Asesoría Jurídica luego de la revisión de la propuesta antes señalada, opina que el legalmente viable la conformación del Equipo de Respuestas ante Incidentes en Seguridad Digital del RENIEC, en cumplimiento con lo dispuesto en el Decreto de Urgencia N° 007-2020; En virtud de la propuesta de la O fi cina de Tecnologías de la Información, la Líder de Gobierno y Transformación Digital y lo opinado por la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; conforme a las facultades conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el inciso j) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural Nº 086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria, y lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modi fi cado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general. SE RESUELVE:Artículo Primero.- CONFORMAR el Equipo de Respuestas ante Incidentes en Seguridad Digital del RENIEC, el cual deberá estar conformado por los siguientes funcionarios y/o servidores: - Jefe/a de la O fi cina de Tecnologías de la Información o su representante designado. - Jefe/a de la Unidad de Infraestructura y Soporte Tecnológico o su representante designado. - Jefe/a de la Unidad Ingeniería de Software o su representante designado. - Jefe/a de la Unidad de Gobierno de Tecnologías de la Información o su representante designado. - Jefe/a de la Dirección de Certi fi cación y Servicios Digitales o representante designado. - Ofi cial de Seguridad y Con fi anza Digital. Artículo Segundo.- DISPONER que a través de documento interno los miembros del Equipo de Respuestas ante Incidentes en Seguridad Digital del RENIEC, designen a sus representantes en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles de publicada la presente Resolución Jefatural y a la vez se constituyan. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información el cumplimiento y la difusión de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de Tecnologías de la Información el comunicar a la Secretaria de Gobierno y Transformación Digital de la PCM y al Comité de Gobierno y Transformación Digital del RENIEC lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial El Peruano, en el portal institucional www.reniec.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2115122-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Aprueban el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados del Gobierno Regional del Callao ORDENANZA REGIONAL Nº 005 Callao, 1 de setiembre de 2022EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del 01 de setiembre de 2022. CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú, en el Artículo 191º, señala que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones y atribuciones; Que, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en el Artículo 32º establece que la gestión de Gobierno Regional se rige por el Plan de Desarrollo Regional Concertado de mediano y largo plazo, así como el Plan Anual y el Presupuesto Participativo Regional, aprobados de conformidad con políticas nacionales y en cumplimiento del ordenamiento jurídico vigente; Que, la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo y modi fi cada mediante la Ley Nº 29298, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 142-2009-EF y modi fi cado mediante Decreto Supremo Nº 131- 2010-EF, de fi nen y establecen las disposiciones, alcances y objetivos del Proceso del Presupuesto Participativo; Que, la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, su modi fi catoria la Ley Nº 29298 y el Reglamento de la Ley Marco, aprobado por Decreto Supremo Nº 142-