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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (15/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Sábado 15 de octubre de 2022 El Peruano / CIENTO QUINCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y 00/100 SOLES), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en el Anexo N° 01 “Pliego 135 - Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - Transferencia Financiera - Recursos Ordinarios - Octubre 2022”, que forma parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud brindadas a los asegurados del SIS en mérito a los convenios y actas de compromisos suscritos. Artículo 2 .- Disponer que las unidades ejecutoras que reciban las transferencias fi nancieras de la Unidad Ejecutora 001 - 1091 Seguro Integral de Salud - SIS por prestaciones de salud, diferencien para su incorporación y ejecución, las actividades presupuestarias y/o secuencias funcionales, de acuerdo al Anexo N° 01 de la Directiva N° 008-2022-SIS/GNF-V.01 “Directiva para el monitoreo, supervisión y seguimiento a las Trasferencias Financieras del Seguro Integral de Salud”, aprobada con Resolución Jefatural Nº 126-2022/SIS. Artículo 3 .- Los recursos a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados, los que están sujetos a monitoreo, supervisión y liquidación fi nanciera. Artículo 4.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento la publicación del reporte que detallen las transferencias descritas en el Anexo N° 01 de la presente resolución a través del Portal Institucional del Seguro Integral de Salud – SIS (http://www.sis.gob.pe/ipresspublicas/transferencias.html). Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo N° 01 en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, el mismo día de la publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CIRO ABEL MESTAS VALERO Jefe del Seguro Integral de Salud 2115852-1 Aprueban la Guía N° 001-2022-SIS/GNF-V.01 “Guía de operativización de los convenios suscritos entre el SIS, FISSAL, IPRESS, GORES y DIRIS para el financiamiento de las prestaciones de salud y prestaciones administrativas de los asegurados” RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000199-2022-SIS/J La Victoria, 14 de octubre del 2022VISTOS: El Informe Conjunto N° 012-2022-SIS/ GNF-SGGS/ERPH-ERC, el Informe N° 011-2022-SIS/GNF-SGGS/ERPH, el Memorando N° 1120-2022-SIS/GNF y la Nota Informativa N° 000270-2022-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; el Informe N° 000047-2022-SIS/OGPPDO-CP y el Memorando N° 000651-2022-SIS/OGPPDO de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; el Informe Legal N° 000426-2022-SIS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud - SIS se constituye en una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS pública en virtud de lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por el Decreto Supremo N° 020-2014-SA, en adelante el TUO de la Ley N° 29344, con funciones de recibir, captar y/o gestionar fondos para la cobertura de las atenciones de salud o que oferten cobertura de riesgos de salud, bajo cualquier modalidad;Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Seguro Integral de Salud – SIS, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA, establece que “el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, fi nanciera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley”; Que, el numeral 1.2.1 del artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que los actos de administración interna de las entidades se encuentran destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. Estos actos son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de esta Ley, y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan; Que, el artículo 10 del ROF del SIS, señala que la Jefatura es el órgano de la Alta Dirección de más alta jerarquía en el SIS y está a cargo de un funcionario con categoría de Jefe, quien actúa como Titular del Pliego Presupuestal. Asimismo, el numeral 11.5 del artículo 11 del citado reglamento, establece que el Jefe del SIS puede aprobar las normas, directivas, procedimientos y actividades que posibiliten el cumplimiento de los objetivos institucionales; Que, mediante Resolución Jefatural N° 022-2019/SIS, se aprueba la Guía Técnica Nº 001-2019-SIS/FISSAL-GNF-GREP-GA-V.01 “Guía Técnica de Operativización de los Convenios para el Financiamiento de las prestaciones suscritos entre el Seguro Integral de Salud, el Fondo Intangible Solidario de Salud, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, los Gobiernos Regionales y las Direcciones de Redes Integradas de Salud de Ministerio de Salud”; Que, mediante Resolución Jefatural N° 089-2022/SIS, se aprueba la Directiva N° 001-2022-SIS/OGPPDO-V.01 “Directiva que regula la emisión de los documentos normativos del Seguro Integral de Salud”; Que, a través de la Nota Informativa N° 000270- 2022-SIS/GNF y el Memorando N° 1120-2022-SIS/GNF, el Gerente de Negocios y Financiamiento hace suyos el Informe Conjunto N° 012-2022-SIS/GNF-SGGS/ERPH-ERC y el Informe N° 011-2022-SIS/GNF-SGGS/ERPH, respectivamente, mediante los cuales propone y sustenta la aprobación de la “Guía de operativización de los convenios suscritos entre el SIS, FISSAL, IPRESS, GORES y DIRIS para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y prestaciones administrativas de los asegurados”; asimismo, señala que la Guía permite actualizar aspectos que ya se encuentran modi fi cados y que generan ambigüedad o confusión a las partes involucradas y que la misma tiene por fi nalidad dotar de una herramienta que permita al Seguro Integral de Salud a través de sus IAFAS, SIS y FISSAL, así como a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, Gobiernos Regionales y Dirección de Redes Integradas de Salud – DIRIS desarrollar o ejecutar los términos acordados en los convenios y adendas suscritas para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y prestaciones administrativas brindadas a los asegurados del SIS, a fi n de poder contar con un instrumento de gestión que permita mejorar los procesos de la institución y mitigar los riesgos; Que, mediante Memorando N° 000651-2022- SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional rati fi ca el Informe N° 000047-2022-SIS/OGPPDO-CP, a través del cual emite opinión técnica favorable de la Guía de operativización de los convenios suscritos entre el SIS, FISSAL, IPRESS, GORES y DIRIS para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y prestaciones administrativas de los asegurados, con la validación Gerencia del Asegurado, Gerencia de Riesgos y Evaluación Prestacional y el Fondo Intangible Solidario de Salud; Que, mediante Informe Legal N° 000426-2022-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que la propuesta de Guía cumple con las formalidades previstas en la Directiva N° 001-2022-SIS/OGPPDO-V.01 “Directiva que regula la emisión de los documentos normativos del Seguro Integral de Salud”; por lo que, resulta viable que el Jefe del Seguro Integral de Salud, como máxima autoridad