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33 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de octubre de 2022 El Peruano / SRTA. DINA PILLCO PAULO: - Apoyo Económico en el importe de S/ 7,388.00 soles, (para diferentes gastos) Cuarto.- EL EGRESO que se origine por la aplicación de la presente Resolución se atenderá con cargo a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nota Nros. 0000003951 (MGT. CARLOS ALBERTO SERRANO FLORES); 0000004316 (SRTA. DINA PILLCO PAULO) y 0000004370 (SR. GARI VIDAL CCANA CCAPATINTA), de acuerdo al anexo que forma parte de la presente Resolución. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDO que el MGT. CARLOS ALBERTO SERRANO FLORES, procederá al dictado de sus asignaturas asignadas en el Departamento Académico de Química de la Facultad de Ciencias de la Institución, con el propósito de no perjudicar a los estudiantes de la citada Facultad, en forma virtual. Sexto.- DISPONER, que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619. Séptimo.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de los bene fi ciarios de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso, asimismo, está en la obligación de presentar ante la Dirección General de Administración, la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituya la sustentación de gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de viaje y Declaración Jurada de Gastos realizados solamente por movilidad local en el lugar de la comisión de servicios hasta por el 30% del monto total y el 70% deberá de sustentarse con alimentación y alojamiento; caso de no adjuntar gastos de alojamiento se tomará hasta un 40% en alimentación), debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, “UNSAAC”, por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD LOCAL; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo máximo de (10) d ías hábiles, computados desde su retorno a la ciudad del Cusco, perdiendo el derecho luego del citado periodo y el Formato Nro. 3 que deberá ser remitido de manera virtual al correo electrónico institucional área.integracióncontable@unsaac.edu.pe. el mismo día de la presentación de la documentación física, con el tenor “RENDICIÓN DE CUENTAS-RESOLUCIÓN Nro…. NOMBRE DEL BENEFICIARIO”, para cuyo efecto presentará los formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados mediante Resolución Nro. CU-0309-2020-UNSAAC de fecha 10 de septiembre de 2020, proporcionados por el Área de Tesorería de la Dirección General de Administración, asimismo, copia del certi fi cado de asistencia al evento ante el Área de Escalafón y Pensiones; del mismo modo informe y material de trabajo ante el Decanto Despacho Rectoral y Consejo Universitario; Octavo.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar en el caso del docente el incumplimiento a la Unidad de Talento Humano para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS, de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nro. CU–309-2020-UNSAAC. El Vicerrectorado de Investigación y la Dirección General de Administración adoptarán las acciones complementarias para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y archívese.ELEAZAR CRUCINTA UGARTE Rector M. MYLUSKA VILLAGARCIA ZERECEDA Secretaria General (e) 2118804-1Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a Colombia, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA SECRETARÍA GENERAL RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO Nº 0524-2022 Arequipa, 24 de octubre de 2022.VISTO el O fi cio Nº 306-2022-DAIMIA-FIP, del Departamento Académico de Ingeniería Metalúrgica e Ingeniería Ambiental de la Facultad de Ingeniería de Procesos de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa. CONSIDERANDO:Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se rige por su respectivos estatutos y reglamentos, y desarrolla sus actividades dentro de la autonomía de gobierno, académica, administrativa y económica, prevista en el artículo 18º de la Constitución Política de Estado. Que, el artículo 6º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece lo siguiente: “La universidad tiene los siguientes fi nes: (...) 6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia cientí fi ca, tecnológico, cultural y artística de la humanidad, (...) 6.5 Realizar y promover la investigación cientí fi ca, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (...)”. Que, por su parte, el artículo 207º del Estatuto Universitario de la UNSA, sobre las funciones de los docentes, establece lo siguiente: “Los docentes de la Universidad tienen como funciones la investigación, el mejoramiento continuo y permanente del proceso de enseñanza-aprendizaje presencial y a distancia, la sostenibilidad, la capacitación y actualización, la creación intelectual, promoción del arte y la cultura, proyección social y extensión universitaria, participación en la gestión universitaria en el ámbito académico, administrativo e institucional para el desarrollo de la Universidad y otras que sean asignadas por el presente Estatuto y los Reglamentos respectivos”. Que, a través de la Carta de invitación de fecha 31 de agosto de 2022, el comité organizador del XI CIM 2022, invita a don Juan Manuel Jara Gonzales, docente de la Facultad de Ingeniería de Procesos de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para que participe en “XI Congreso Internacional de Materiales (XI CIM 2022)”, al haber sido aceptado para la presentación de poster presencial en la sesión de materiales-biomateriales y salud con su trabajo de investigación titulado: “Determinación del efecto bactericida del cobre tratado térmicamente en la minimización de infecciones intrahospitalarias en el hospital Honorio Delgado-Arequipa”, que se realizará del 26 al 28 de octubre de 2022 en la Ciudad de Santa Marta Colombia; es así que, en virtud de la invitación alcanzada, el Director del Departamento Académico de Ingeniería Metalúrgica e Ingeniería Ambiental con O fi cio Nº 306-2022-DAIMIA- FIP, solicitó autorización del viaje, pasajes aéreos, seguro viajero y viáticos correspondientes, a fi n de que el citado docente pueda asistir a dicho evento, para tal efecto adjunta el Acta de Sesión Ordinaria de Departamento de fecha 14 de junio de 2022; asimismo, de la revisión de los antecedentes se tiene a) el Acta de Sesión Ordinaria del Consejo de Facultad de fecha 22 de setiembre de 2022; en las que se aprueba solicitud de licencia a don Juan Manuel Jara Gonzales, b) La Resolución Decanal Nº 137-2022-FIP-UNSA del 27 de setiembre de 2022, mediante el cual, se le concede al docente licencia con goce de Haber del 25 al 29 de octubre de 2022; y c) Carta de Compromiso, mediante el cual, la Docente Sonia Pilar Yufra Cruz, se compromete a que la carga lectiva,