Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (28/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 83

83 NORMAS LEGALES Viernes 28 de octubre de 2022 El Peruano / ratifi cado por Acuerdo de Concejo Nº 329-2021-MML, así como sus requisitos y derechos de tramitación, conforme al contenido del Anexo que forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- Exigibilidad de los derechos de tramitación de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad aprobados Dispóngase que los derechos de tramitación a los que se hace referencia el artículo segundo, sean exigibles a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que los rati fi que y de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Disponibilidad de la Información La presente Ordenanza, el Anexo que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, y el Acuerdo rati fi catorio estarán disponibles en el portal electrónico de Servicio de Administración Tributaria – SAT (www.sat.gob.pe). Artículo Sexto.- Publicidad La presente Ordenanza y el Acuerdo rati fi catorio serán publicados en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, la presente Ordenanza y el Anexo que contiene los procedimientos y servicios aprobados, serán publicados en el Portal del Diario O fi cial El Peruano y serán difundidos, adicionalmente, a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www.munibrena.gob.pe). Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza y las partes que la integran, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que la rati fi que y de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y en los portales electrónicos mencionados en los artículos precedentes. Artículo Octavo.- Deróguese toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Noveno.- Encargar el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y sus anexos, a todas las unidades orgánicas que integran la Municipalidad Distrital de Breña. Artículo Décimo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial “El Peruano”. Asimismo a la Unidad de Tecnología de la Información la publicación de la misma en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Breña (www.munibrena.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSE DALTON LI BRAVO Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2119508-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Prorrogan hasta el 30 de noviembre del 2022, la fecha de vencimiento de la Ordenanza N° 472-2022-MDL, que otorga beneficios tributarios y no tributarios a los contribuyentes y/o administrados en el distrito de Lince DECRETO DE ALCALDÍA Nº 13-2022-MDL Lince, 25 de octubre de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; VISTO: El Informe N° 00785-2022-MDL/GAT/SRROC, de fecha 21 de octubre de 2022, de la Subgerencia de Recaudación, Registro y Orientación al Contribuyente; el Memorando N° 0388-2022-MDL/GAT, de fecha 21 de octubre de 2022, de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 126-2022-MDL-OGAJ, de fecha 24 de octubre de 2022, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de La Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que: “ Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción ”; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que los Decretos de Alcaldía, establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal; Que, el literal a) del artículo 66º de la Ordenanza Nº 471-2022-MDL, que modifica el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Lince, aprobado por la Ordenanza N° 429-2019-MDL, establece como una de las funciones de la Gerencia de Administración Tributaria la de formular y proponer políticas, normas, planes y programas que permitan generar rentas para la Municipalidad; y, en esa línea, el literal i) del artículo 69º del mismo cuerpo de ley, establece que la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, tiene entre sus funciones la de diseñar, dirigir, controlar y ejecutar estrategias de cobranza de las obligaciones tributarias; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modi fi catorias, establece que los gobiernos locales mediante ordenanza, pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2022, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado por el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19 y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social, prorrogado por Decreto Supremo N° 030-2022-PCM, Decreto Supremo N° 041-2022-PCM, Decreto Supremo N° 058-2022-PCM y Decreto Supremo N° 076-2022-PCM; Que, mediante Ordenanza N° 472-2022-MDL, se otorga bene fi cios tributarios y no tributarios a los contribuyentes y/o administrados en el distrito de Lince a consecuencia del estado de emergencia por el COVID-19 y la Reactivación Económica del País hasta el 31 de agosto de 2022; y, además, en su segunda disposición fi nal, faculta al Alcalde de la Municipalidad de Lince, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza, y asimismo para que disponga su prórroga de ser el caso; Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 11-2022- MDL, prorrogó la fecha de vencimiento de la Ordenanza N° 472-2022-MDL, que otorga bene fi cios tributarios y