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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (02/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Viernes 2 de setiembre de 2022 El Peruano / Que, la O fi cina General de Administración mediante Informe N° 000203-2022-DV-OGA sustenta y solicita la realización de una transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República por el monto de S/ 184,269.00 (Ciento ochenta y cuatro mil doscientos sesenta y nueve y 00/100 Soles) que comprende el 100% (cien por ciento) de la retribución económica que incluye el IGV, por la auditoria a los estados fi nancieros y presupuestarios de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, por el periodo 2022; Que, a través del Informe N° 000146-2022-DV- OPP-UPTO, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite Informe Previo Favorable y señala que en el Presupuesto Institucional del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas -DEVIDA, se cuenta con recursos disponibles para realizar la transferencia fi nanciera a que se re fi eren los considerandos precedentes; a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República hasta por el importe total de S/ 184,269.00 (Ciento ochenta y cuatro mil doscientos sesenta y nueve y 00/100 Soles), en el marco de lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 20 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Que, asimismo se ha emitido la Certi fi cación de Crédito Presupuestal N° 00417 con fecha 21 de marzo de 2022; Que, en atención a las consideraciones expuestas y a lo informado por la O fi cina General de Administración y la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente; Con los visados de la Gerencia General, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina General de Administración y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, respecto a los artículos que se encuentren vigentes; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01, de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; y el Decreto Supremo N° 047-2014-PCM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-DV-PE. SE RESUELVE:Artículo 1.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, por la suma de S/ 184,269.00 (Ciento ochenta y cuatro mil doscientos sesenta y nueve y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, en el marco de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control. Artículo 2.- La transferencia fi nanciera autorizada por la presente Resolución se realizará con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 012: Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios –RO, Meta 0057, Actividad 01 –OGA –Gestión Operativa de la Ofi cina General de Administración, Especí fi ca de Gasto 2.4.1.3.1.1 “A Otras Unidades del Gobierno Nacional” por la suma S/ 184,269.00 (Ciento ochenta y cuatro mil doscientos sesenta y nueve y 00/100 Soles). Artículo 3.- Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- La O fi cina General de Administración en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para las cuales se realiza la presente Transferencia Financiera. Artículo 5.- REMITIR copia de la presente Resolución a la O fi cina General de Administración, para que efectúe las acciones que correspondan. Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y ENCARGAR al Responsable del Portal de Transparencia de la Entidad, a fi n de que proceda a publicarla en el portal institucional de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, (www.gob.pe/devida). Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.RICARDO ANTONIO SOBERON GARRIDO Presidente Ejecutivo 2101329-1 Autorizan transferencia financiera a favor de diversas unidades ejecutoras para financiar actividades en el marco del Programa Presupuestal “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 000125-2022-DV-PE Mira fl ores, 1 de septiembre del 2022 VISTO: El Memorando Nº 000980-2022-DV-DATE, mediante el cual la Dirección de Articulación Territorial, remite el Anexo Nº 01 que detalla las Actividades, Entidad Ejecutora e importe a ser transferido, y; CONSIDERANDO: Que, el literal a) del artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2014-PCM, establece que DEVIDA tiene la función de diseñar la Política Nacional de carácter Multisectorial de Lucha contra el Trá fi co Ilícito de Drogas y el Consumo de Drogas, promoviendo el desarrollo integral y sostenible de las zonas cocaleras del país, en coordinación con los sectores competentes, tomando en consideración las políticas sectoriales vigentes, así como conducir el proceso de su implementación; Que, el literal e) del numeral 16.1 del artículo 16º de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza a DEVIDA en el presente Año Fiscal, a realizar de manera excepcional, transferencias fi nancieras entre entidades en el marco de los Programas Presupuestales: “Programa de Desarrollo Alternativo Integral y Sostenible – PIRDAIS”, “Prevención y Tratamiento del Consumo de Drogas”, y “Gestión Integrada y Efectiva del Control de Oferta de Drogas en el Perú”; precisándose en el numeral 16.2 del referido artículo, que dichas transferencias fi nancieras, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, se realizan mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, siendo necesario que tal resolución sea publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, el numeral 16.3 del artículo señalado en el párrafo anterior, establece que la entidad pública que trans fi ere los recursos en virtud al numeral 16.1 del mismo cuerpo normativo, es la responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales