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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (02/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 168

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Viernes 2 de setiembre de 2022 El Peruano / Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones a favor de la empresa TELVISAM PERU S.A.C.; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 129-2011- MTC/03 del 22 de febrero de 2011, se otorgó al señor CESAR RIOS GOMEZ Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar el Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por Cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico; habiéndose suscrito el respectivo Contrato de Concesión el 28 de abril de 2011; Que, por Resolución Directoral N° 185-2011-MTC/27 del 28 de abril de 2011, se inscribió el Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por Cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, en el registro de servicios públicos de telecomunicaciones, a favor del señor CESAR RIOS GOMEZ, aprobándose la Ficha N° 299; Que, mediante el expediente de Vista, el señor CESAR RIOS GOMEZ solicitó la transferencia de la Concesión Única otorgada por Resolución Ministerial N° 129-2011-MTC/03 a favor de la empresa TELVISAM PERU S.A.C.; Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, en adelante TUO de la Ley, establece que “Los derechos otorgados por el Estado (…) (concesiones, autorizaciones, licencias y permisos) son intransferibles, salvo previa autorización del Ministerio (…)”, señalando, además que “la inobservancia de esta condición produce la resolución de pleno derecho del contrato de concesión o la anulación automática en el caso de autorizaciones, permisos y licencias”; Que, el artículo 32 de los Lineamientos de Políticas de Apertura del Mercado de Telecomunicaciones del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 020-98-MTC, dispone que, en caso de transferencia, cesión, arrendamiento u otorgamiento del derecho de uso de cualquier título de concesiones y asignación del espectro, se requerirá la autorización previa del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el que no podrá denegarlo sin causa justifi cada; Que, el artículo 117 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, en adelante, TUO del Reglamento, establece que: “(…) Las concesiones y las asignaciones de espectro relativas a aquéllas son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobación previa y expresa del Ministerio, la cual será formalizada mediante resolución viceministerial”; Que, la Cláusula Décima del Contrato de Concesión Única aprobado por Resolución Ministerial N° 129-2011-MTC/03, suscrito por el señor CESAR RIOS GOMEZ, referida a las limitaciones de la cesión de posición contractual, transferencia de la concesión o reorganización societaria, señala que: “EL CONCESIONARIO no podrá ceder la posición contractual derivada del presente Contrato, ni podrá transferir o gravar, arrendar ni usufructuar, total o parcialmente, bajo ningún título, los derechos, intereses u obligaciones que de él se deriven o de EL REGISTRO, ni realizar actos de reorganización societaria, con excepción de la transformación, sin la previa aprobación expresa y por escrito de EL MINISTERIO, quien podrá denegarlo sólo por causa justi fi cada (…)”; Que, mediante Informe N° 0259-2022-MTC/27, ampliado con Informe N° 0284-2022-MTC/27 y Memorando N° 1425-2022-MTC/27, la Dirección General de Programas y Proyectos de Comunicaciones concluye que es procedente la solicitud formulada por el señor CESAR RIOS GOMEZ sobre aprobación de la transferencia de la Concesión Única otorgada con Resolución Ministerial N° 129-2011-MTC/03, a favor de la empresa TELVISAM PERU S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC y sus modi fi catorias; el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC y sus modi fi catorias; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modi fi catorias 1; y, Con la opinión favorable del Director General de Programas y Proyectos de Comunicaciones; SE RESUELVE:Articulo 1.- Aprobar la transferencia de la Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones otorgada al señor CESAR RIOS GOMEZ por Resolución Ministerial N° 129-2011-MTC/03, conjuntamente con los demás actos administrativos derivados de esta, a favor de la empresa TELVISAM PERU S.A.C. Articulo 2.- Aprobar la Adenda al Contrato de Concesión Única, mediante la cual se formaliza la transferencia descrita en el artículo precedente, y autorizar al Director General de Programas y Proyectos de Comunicaciones a suscribir la Adenda en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Articulo 3.- Reconocer a la empresa TELVISAM PERU S.A.C. como nueva titular de la Concesión Única otorgada por Resolución Ministerial N° 129-2011-MTC/03, a partir de la fecha de suscripción de la Adenda a que se re fi ere el artículo precedente, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la concesión transferida. Articulo 4.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda a la cual se re fi ere el artículo 2 de la presente resolución, no es suscrita por el señor CESAR RIOS GOMEZ y la empresa TELVISAM PERU S.A.C. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir de la publicación de la presente resolución. Articulo 5 .- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Fiscalizaciones y Sanciones en Comunicaciones, para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR OMAR ALVAREZ HERRERA Viceministro de Comunicaciones 1 Conforme a lo establecido en la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo Nº 009-2022- MTC, que aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones: “Los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad iniciados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Decreto Supremo continúan su trámite conforme a lo establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y normas modi fi catorias.” 2100854-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan Director de la Dirección Innovación y Desarrollo Tecnológico RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 244-2022-VIVIENDA Lima, 1 de setiembre de 2022CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico de la Dirección General de Accesibilidad y Desarrollo