NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (08/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 120
TEXTO PAGINA: 106
106 NORMAS LEGALES Jueves 8 de setiembre de 2022 El Peruano / Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web”; Que el artículo 76° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de ingresos públicos sin contraprestación, a favor de Pliegos o de Entidades que no constituyen pliego presupuestario; los cuales son destinados para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, mediante O fi cio Nº 143-2022-MDU-A, de fecha 15 de junio del 2022, el C.P.C. Grover Alexander Cruz Moreno, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Usquil, remite al Sr. Gobernador del Gobierno Regional de La Libertad, Ing. Manuel Llempén Coronel, la solicitud de fi nanciamiento para la ejecución del proyecto “MEJORAMIENTO, AMPLIACION DEL SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA RURAL MEDIANTE SISTEMA CONVENCIONAL EN EL CASERIO EL PROGRESO, DISTRITO DE USQUIL - OTUZCO - LA LIBERTAD”, a través de transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Distrital de Usquil; Que, mediante Informe Nº 051-2022-JIDS-SGED/ GRLL, de fecha 27 de mayo del 2022, el Ing. Jhonny Iván Delgado Santa Cruz, Ingeniero Mecánico Electricista emite su conformidad, indicando que se veri fi có que el proyecto “MEJORAMIENTO, AMPLIACIÓN DEL SERVICO DE ENERGIA ELECTRICA RURAL MEDIANTE SISTEMA CONVENCIONAL EN EL CASERIO EL PROGRESO, DISTRITO USQUIL -OTUZCO - LA LIBERTAD.” CON CUI: 2353145, es un proyecto integral y que no hay fraccionamiento. Se informa que técnicamente el expediente técnico CUMPLE con los requerimientos necesarios para continuar con el trámite correspondiente; Que, mediante Informe N° 000460-2022-GRLL-GGR- GRI-SGED, de fecha 28 de junio del 2022, el Subgerente de Estudios De fi nitivos informa al Gerente Regional de Infraestructura, remite su CONFORMIDAD a la solicitud de Financiamiento del Proyecto: “MEJORAMIENTO, AMPLIACION DEL SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA RURAL MEDIANTE SISTEMA CONVENCIONAL EN EL CASERIO EL PROGRESO, DISTRITO DE USQUIL - OTUZCO - LA LIBERTAD” con CUI N° 2353145; Que, con O fi cio N°000255-2022-GRLL-GGR-GRPAT- SGPMI, de fecha 01 de julio del 2022, la Econ. Patricia Carpio Joyas, Sub Gerente de Programación Multianual de Inversiones, concluye que se ha procedido a veri fi cado satisfactoriamente el cumplimiento de los 4 ítems referidos a que: la Unidad Ejecutora de Inversiones a la cual se transferiría los recursos cuenta con las competencias correspondientes para su ejecución; se veri fi ca que la inversión a fi nanciar o cofi nanciar debe estar viable o aprobada y activa no cerrada, así como prevista en el Programa Multianual de inversiones (PMI) para 2022- 2024; la inversión no debe contar con procesos pendientes de cambio de Unidad Ejecutora de Inversiones en el Banco de Inversiones y se veri fi ca que la inversión no presenta duplicación; Que, mediante Informe Nº 000216-2022-GRLL- GGR-GRP, de fecha 03 de julio del 2022, el Gerente Regional de Presupuesto, concluye entre otros, que existe la disponibilidad presupuestaria y fi nanciera por S/ 755,565.00 en la fuente de fi nanciamiento de recursos determinados, tipo de recurso H; Que, con Informe N° 000120-2022-GRLL-GGR- GRPAT-SGP, de fecha 06 de julio del 2022, el Sub Gerente de Planeamiento, emite su opinión técnica favorable para la suscripción y fi rma del Convenio de Cooperación Interinstitucional para Transferencia de Recursos Financieros entre El Gobierno Regional La Libertad y La Municipalidad Distrital de Usquil; Que, con O fi cio Nº 00093-2022-GGR-GRPAT de fecha 06 de julio del 2022, el Gerente Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial remite, aprueba y hace suyo el Informe Nº 000120-2022-GRLL-GGR-GRPAT-SGP; Que, con Informe Legal N° 00087-2022-GRLL- GGR-GRAJ de fecha 06 de julio del 2022, el Abog Nelson Iván Lozano Chávez de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica, EMITE OPINIÓN LEGAL FAVORABLE respecto de la transferencia de recursos fi nancieros a favor de la Municipalidad Distrital de Usquil por la suma de S/. 755,565.00 para la ejecución del Proyecto: “MEJORAMIENTO, AMPLIACION DEL SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA RURALMEDIANTE SISTEMA CONVENCIONAL EN EL CASERIO EL PROGRESO, DISTRITO DE USQUIL - OTUZCO - LA LIBERTAD”, con CUI N° 2353145; y, respecto de la suscripción del Convenio de Cooperación Interinstitucional para hacer efectiva la transferencia antes detallada; Que, con O fi cio N° 444-2022-GRLL/GGR de fecha 07 de julio de 2022, el Gerente General del Gobierno Regional La Libertad, Ing. Rogger Ruíz Díaz, solicita al Presidente del Consejo Regional, evaluar la aprobación de la propuesta de Acuerdo Regional relativo a APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Usquil, hasta por la suma de S/. 755,565.00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES), destinados al cofi nanciamiento de la ejecución del proyecto, con CUI N° 2353145 denominado “MEJORAMIENTO, AMPLIACION DEL SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA RURAL MEDIANTE SISTEMA CONVENCIONAL EN EL CASERIO EL PROGRESO, DISTRITO DE USQUIL - OTUZCO - LA LIBERTAD”; Que, con O fi cio N° 361-2022-GRLL-CR/PRE de fecha 07 de julio de 2022, el Presidente del Consejo Regional La Libertad, Dr. Gonzalo Alfredo Rodríguez Espejo se remite a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el expediente administrativo en mención para su evaluación y dictamen respectivo; Que, mediante Acuerdo Regional N° 059-2022-GRLL/ CR de fecha 16 de junio del 2022, se aprobó reconformar las comisiones ordinarias del Consejo Regional y se acordó que el Consejero Santos Nicolás Vásquez Ibáñez, presida la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. Asimismo con O fi cio N° 361-2022-GRLL-CR/PRE, el Presidente del Consejo Regional La Libertad, Dr. Gonzalo Alfredo Rodríguez Espejo remite a la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, el expediente administrativo en mención para su evaluación y dictamen respectivo; Que, con O fi cio N° 085-2022-GRLL-CR/COMPLAN el Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial remite el Dictamen N° 065-2022-GRLL-CR/COMPLAN, donde se aprueba UNANIMIDAD el proyecto de Acuerdo Regional en mérito a lo señalado en los informes técnicos e informe legal adjunto al expediente remitido por la Gerencia General Regional; Que, en Sesión Extraordinaria Virtual de fecha 21 de julio del 2022, el Presidente del Consejo Regional; sometió a consideración del Pleno del Consejo Regional, la aprobación Proyecto de Acuerdo Regional relativo a APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Usquil, hasta por la suma de S/. 755,565.00 (SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO CON 00/100 SOLES), destinados al co fi nanciamiento de la ejecución del proyecto, con CUI N° 2353145 denominado “MEJORAMIENTO, AMPLIACION DEL SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA RURAL MEDIANTE SISTEMA CONVENCIONAL EN EL CASERIO EL PROGRESO, DISTRITO DE USQUIL - OTUZCO - LA LIBERTAD”; el mismo que contó con la participación del Gerente Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial, Gerente Regional de Infraestructura, Gerente Regional de Presupuesto y el Gerente Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de La Libertad, cuyo debate e intervenciones constan en el acta correspondiente a la presente sesión; Que, en virtud del principio de buena fe y presunción de veracidad, se debe asumir que la información que proporcionan los órganos competentes del Gobierno Regional de La Libertad al Consejo Regional es aquella que se ajusta a la realidad y que es correcta, debiendo proceder conforme a ella. Sin embargo, se prescribe que dicha información, es de naturaleza iuris tantum por tratarse de una presunción que admite prueba en contrario y, por tanto, podrá ser objeto de control concurrente, fi scalización y control posterior por los órganos y organismos correspondientes; precisando que la documentación se deriva y recepciona de manera