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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (08/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 100

100 NORMAS LEGALES Jueves 8 de setiembre de 2022 El Peruano / al Parlamento Nacional a la adecuación normativa pertinente. S. SALAS ARENASGómez Valverde Secretario General (e) 1 Publicada en el diario o fi cial El Peruano , el 31 de octubre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 2 Aprobado con la Resolución Nº 0920-2021-JNE, publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0943-2021-JNE, publicada el 18 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 5 Resolución Nº 2278-2022-JNE, del 1 de agosto de 2022; Resolución Nº 0640-2019-JNE, del 27 de diciembre de 2019; Resolución Nº 0544-2019-JNE, del 23 de diciembre de 2019; entre otras. 6 Resolución Nº 2721-2022-JNE, del 12 de agosto de 2022. 7 Aprobado por la Resolución Nº 0943-2021-JNE, publicada el 18 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 8 Constitución Política del Perú de 1993: DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS […] Cuarta.- Interpretación de los derechos fundamentales Las normas relativas a los derechos y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretan de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y con los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias rati fi cados por el Perú. 2103190-1 MINISTERIO PUBLICO Dan por concluida la designación de Fiscal Suprema Provisional, en el Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 096-2022-MP-FN-JFS Lima, 7 de setiembre de 2022VISTO Y CONSIDERANDO:Mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 59-2022-MP-FN-JFS, de fecha 03 de agosto de 2022, se designó a la doctora Azucena Inés Solari Escobedo, Fiscal Suprema Provisional, en el Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno. La Ley Nº 30944, Ley de creación de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 08 de mayo de 2019, que modi fi ca el artículo 51° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público dispone que “51.1 La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público es el órgano del Ministerio Público, que tiene a su cargo el control funcional de los fi scales de todos los niveles y del personal de función fi scal del Ministerio Público, salvo el caso de los fi scales supremos que es competencia exclusiva de la Junta Nacional de Justicia. 51.2 El control funcional comprende la prevención, supervisión, inspección, investigación, instauración del procedimiento disciplinario e imposición de la sanción conforme a la Ley 30483, Ley de Carrera Fiscal”. Asimismo, dicha normativa en su artículo 51-C.2 establece que el Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público “Es nombrado por un periodo de cinco (5) años, no prorrogable, mediante concurso público de méritos conducido por la Junta Nacional de Justicia, conforme a lo establecido en el reglamento que el citado órgano elabore para este proceso. Jura el cargo ante la Junta Nacional de Justicia, y, para el ejercicio del control disciplinario, tiene rango de fi scal supremo”.Así, mediante Resolución Nº 046-2020-JNJ, de fecha 16 de junio de 2020, la Junta Nacional de Justicia aprobó el Reglamento de Concursos para la Selección y Nombramiento de los/las Jefes (as) de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público, en cuanto a la juramentación señala en su artículo 63° que “El/la Presidente de la Junta expide la resolución de nombramiento. Dicha resolución es motivada e inimpugnable” , y bajo este contexto, mediante Resolución Nº 1014-2022-JNJ, de fecha 31 de agosto de 2022, la Junta Nacional de Justicia nombró como Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, al señor Juan Antonio Fernández Jerí. Debiendo tenerse en cuenta además que de la cuarta Disposición Complementarias y Finales de la Ley Nº 30944 se modi fi ca la nomenclatura señalando que: “…donde se mencione a la Fiscalía Suprema de Control Interno, se debe entender que se tratara de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público.” En mérito a ello, y estando a que mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 59-2020-MPFN-JFS, de fecha 03 de agosto de 2022, se designó a la doctora Azucena Inés Solari Escobedo en el Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno, corresponde emitir el acto administrativo que deje sin efecto tal disposición. Por las consideraciones expuestas, la Junta de Fiscales Supremos, en Sesión Extraordinaria del 07 de setiembre de 2022, mediante ACUERDO Nº 6151 , adoptado por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta; y, de conformidad con las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052 – Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de la fecha, la designación de la doctora Azucena Inés Solari Escobedo, Fiscal Suprema Provisional, en el Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno, dispuesta en la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 59-2022-MP-FN-JFS, de fecha 03 de agosto de 2022. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Despacho de la Fiscalía de la Nación, a la Junta Nacional de Justicia, a la Presidencia del Poder Judicial, a los señores Fiscales Supremos, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel Nacional, Gerencia General, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, y a la interesada para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos 2103209-1 Designan fiscal en el Despacho de la Fiscalía Superior Penal de Lima RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1895-2022-MP-FN Lima, 7 de setiembre de 2022VISTO Y CONSIDERANDO:Que, en mérito a la Ley N.º 30944, publicada en el Diario O fi cial El Peruano, el 08 de mayo de 2019, se dispuso, entre otros, la creación de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, así como la modi fi cación del artículo 51º del Decreto Legislativo N.º 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, disponiéndose en su numeral 51.1 que: “La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público es el órgano del Ministerio Público, que tiene a su cargo el control funcional de los fi scales de todos los niveles y del personal de función fi scal del Ministerio Público, salvo el caso de los fi scales supremos que es competencia exclusiva de la Junta Nacional de