NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (16/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 192
TEXTO PAGINA: 183
183 NORMAS LEGALES Viernes 16 de setiembre de 2022 El Peruano / De la evaluación de la información alcanzada por la Municipalidad distrital de Cura Mori se encuentra una inversión a la espera de su transferencia fi nanciera por el monto de S/. 3,036,725.00 (Tres Millones Treinta y Seis Mil Setecientos Veinticinco con 00/100 soles), las mismas que han sido priorizadas por la Alta Dirección, b) Se plantea una propuesta de modi fi cación presupuestal por el monto de S/ 3´036,725.00 (Tres Millones Treinta y Seis Mil Setecientos Veinticinco con 00/100 soles) en el marco de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022 y Directiva Nº 002-2021-EF/50.01, con cargo a los saldos de libre disponibilidad detallados en el presente informe, conforme al siguiente detalle: ITEM CÓDIGO NOMBRE ANULACIÓN CRÉDITO 1 2343941Creación de represa Cascapampa para servicio de agua para riego en el distrito de Sondorillo – Huancabamba – Piura. S/ 3´036,725.00 2 5002350Transferencias fi nancieras a Gobiernos Locales.S/ 3´036,725.00 TOTAL S/ 3´036,725.00 S/ 3´036,725.00 Que, mediante Informe Técnico Nº 112-2022/GRP- 410110-AEMS, de fecha 19 de agosto del 2022, el Econ. Alan Enrique Mendoza Sandoval, profesional de la OPMI, indica que se ha podido veri fi car en el sistema de seguimiento de Inversiones (SSI) del MEF que la inversión “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DE RIEGO EN EL CANAL EL ALGARROBAL Y CANAL LA BOLA DEL SECTOR PUYUNTALA DEL DISTRITO DE CURA MORI - PROVINCIA DE PIURA - DEPARTAMENTO DE PIURA”, con Código 2459532 se encuentra viable, registra un costo de inversión de S/. 3’075,738.75, registra ejecución fi nanciera en la Municipalidad Distrital de Cura Mori por S/ 33,013.8, y se encuentra incorporado en el Programa Multianual de Inversiones (PMI) de citada Municipalidad, cuenta con registro de expediente técnico mediante el Formato Nº08-A Registros en la fase de Ejecución (Resolución de Alcaldía Nº 269-2022-MDCM/A del 15-06-2022), cuenta con información registrada y actualizada en el Formato No 12-B Seguimiento a la ejecución de inversiones, de la Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y su intervención corresponde al servicio de provisión de agua para riego, por lo que conforme a lo prescrito en la Ley 27783, “Ley de Bases de la Descentralización” y la Ley 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, la Unidad Ejecutora de Inversiones a la cual se le transferirá los recursos cuenta con las competencias correspondientes para la ejecución de las inversiones materia de habilitación presupuestal; Que, mediante Informe Nº 173-2022/GRP-410000, de fecha 24 de agosto del 2022, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Econ. Roberto Martín Mogollón Bonilla, alcanza a la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, conformidad presupuestal respecto a las transferencias fi nancieras a los Gobiernos Locales hasta por el monto total de S/ 14´626,822.00, con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados; Que, mediante Informe Nº 1074-2022/GRP-460000, de fecha 26 de agosto del 2022, el Jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, Abg. José Carlos Vela Ojeda, indica que para el año fi scal 2022, la Ley Nº 31365, Ley que aprueba el presupuesto público para el año fi scal 2022, el artículo 16º, literal l), de la ley 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, ha autorizado que entre los niveles de gobierno subnacional, (entre el nivel de Gobierno Regional y el nivel de Gobierno Local), realicen transferencias fi nancieras para fi nanciar o co fi nanciar las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentren bajo el ámbito del Sistema Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Conforme al numeral 16.2 de la Ley Nº 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 por ejemplo, para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento de las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, se realizan, en el caso de los Gobiernos Regionales, mediante acuerdo de Consejo Regional. Para tal efecto, la norma requiere solo el informe previo favorable de la O fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Contando con la opinión favorable respecto a la transferencia presupuestal por el monto de S/. 14´626,822.00 (Catorce millones seiscientos veintiséis ochocientos veintidós con 00/100), durante el presente periodo fi scal a favor de la Municipalidad Provincial de Huancabamba, Municipalidad Distrital de Cura Mori y Municipalidad Distrital de Frías, por un total de tres (03) Proyectos de Inversión, emitida por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial en el Informe Nº 173-2022/GRP-410000 de fecha 23 de agosto de 2022, el convenio requerido, y opinión favorable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (Informe Nº 116-2022/GRP-410110 de fecha 23 de agosto de 2022, Informe Nº 112-2022/GRP-410110 de fecha 19 de agosto de 2022, e Informe Nº 106-2022/GRP-410110 de fecha 17 de agosto de 2022) en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, esta O fi cina Regional de Asesoría Jurídica opina, que el trámite de la presente solicitud, se encuentra enmarcado dentro de las denominadas transferencias fi nancieras autorizadas por la Ley Nº 31365. Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, cuyo plazo máximo de autorización es hasta el tercer trimestre del año 2022, por lo que debe ser remitida al Consejo Regional del Gobierno Regional Piura para que, en ejercicio de sus atribuciones, considere emitir el Acuerdo de Consejo correspondiente; Que, mediante Memorándum Nº 317-2022/GRP- 400000, de fecha 26 de agosto del 2022, con fecha de recepción en la secretaria del consejo regional el 26 de agosto del 2022, el Gerente General Regional, Mario Otiniano Romero, solicita al Consejo Regional, autorización de transferencia fi nanciera, para que en el ejercicio de sus atribuciones, evalúe y de ser el caso considere emitir el acuerdo de consejo correspondiente, según lo prescrito en el numeral 16.2 del artículo 16º de la Ley Nº 31365, Ley que aprueba el Presupuesto Público para el año fi scal 2022; Que, mediante Dictamen Nº 0029-2022/GRP-CR- CPPTyAT por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, recomienda AUTORIZAR, la transferencia fi nanciera a la Municipalidad Distrital de Cura Mori, por la suma de S/. 3,036,724.95 (Tres Millones Treinta y Seis Mil Setecientos Veinticuatro con 95/100 soles), de la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados para el fi nanciamiento de la inversión “Mejoramiento de la Infraestructura de riego en el canal El Algarrobal y canal La Bola del sector Puyuntala del Distrito de Cura Mori – Provincia de Piura, departamento de Piura”, con Código Único de Inversión Nº 2459532, previa suscripción de convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de CURA MORI para el Financiamiento de la ejecución del proyecto de inversión en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE). Que, estando a lo acordado y aprobado POR MAYORIA, en Sesión Extraordinaria Nº 025-2022, celebrada el día 01 de setiembre de 2022, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modi fi cada por Ley No 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, y sus modi fi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR, la transferencia fi nanciera a la Municipalidad Distrital de Cura Mori, por la suma de S/ 3´036,724.95 (Tres millones treinta y