NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (16/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 192
TEXTO PAGINA: 178
178 NORMAS LEGALES Viernes 16 de setiembre de 2022 El Peruano / Publico para el año fi scal 2022, dispone que: artículo 16º, 16.2 “Las Transferencias Financieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, y en el caso de los gobiernos regionales y los gobiernos locales, mediante acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, respectivamente, requiriéndose en ambos casos el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo del Consejo Regional se publican en el diario o fi cial El Peruano, y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web Que, mediante Dictamen Nº 0027-2022/GRP-CR- CPPTyAT por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, respecto al trámite de aprobación de transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Distrital de Frías para la ejecución del proyecto: “Mejoramiento de los Servicios de Salud en el Puesto de Salud De Silahua del Centro Poblado de Silahua del Distrito de Frías, Provincia Ayabaca, Departamento Piura”, con Código Único de Inversión Nº 2511164, se recomienda AUTORIZAR, la transferencia fi nanciera a la Municipalidad Distrital de Frías, por la suma de S/. 6,977,262.00 (Seis Millones Novecientos Setenta y Siete Mil, Doscientos Sesena y Dos con 00/100 soles), de la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados para el fi nanciamiento de la inversión “Mejoramiento de los Servicios de Salud en el Puesto de Salud De Silahua del Centro Poblado de Silahua del Distrito de Frías, Provincia Ayabaca, Departamento Piura”, con Código Único de Inversión Nº 2511164, previa suscripción de convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Frías para el Co fi nanciamiento de la ejecución del proyecto de inversión en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE). Que, estando a lo acordado y aprobado POR MAYORÍA, en Sesión Extraordinaria Nº 25-2022, celebrada el día 01 de setiembre de 2022, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitució n Polí tica del Estado, modi fi cada por Ley No 27680, Ley Orgá nica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, y sus modi fi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR, la transferencia fi nanciera a la Municipalidad Distrital de Frías, por la suma de S/ 6´977,262.00 (Seis millones novecientos setenta y siete mil doscientos sesenta y dos con 00/100 soles), de la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados para el Financiamiento de la Inversión “Mejoramiento de los Servicios de Salud en el Puesto de Salud de Silahuá del Centro Poblado de Silahuá del Distrito de Frías, Provincia Ayabaca, Departamento Piura”, con Código Único de Inversión Nº 2511164, previa suscripción de Convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Distrital de Frías para el Cofi nanciamiento de la ejecución del proyecto de inversión en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE). Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Piura, realizar las acciones administrativas correspondientes que permitan la materialización de lo dispuesto por el artículo primero del presente Acuerdo Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Piura, a través de la Gerencia Regional de Infraestructura y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realicen el monitoreo y seguimiento correspondiente a los recursos transferidos para la ejecución del proyecto señalado en el artículo primero del presente Acuerdo Regional. Artículo Cuarto.- PONER DE CONOCIMIENTO el presente Acuerdo Regional a la Municipalidad Distrital de Frías, para su conocimiento y fi nes pertinentes.Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación del presente acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Sexto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional de trámite de lectura y aprobación de acta. POR TANTO:Regístrese, notifíquese y cúmplase.ALFONSO LLANOS FLORES Consejero DelegadoConsejo Regional 2105353-1 Autorizan transferencia financiera a la Municipalidad Provincial de Huancabamba, para el “Mejoramiento y Ampliación de los servicios de agua potable y creación del Saneamiento Básico en la localidad de San Miguel de Cumbicos del Distrito de Huancabamba, Provincia de Huancabamba, Departamento de Piura” ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 1962-2022/GRP-CR Piura, 1 de setiembre de 2022VISTO: El Memorando Nº 141-2022/GRP-407000-407800 de fecha 05 de agosto de 2022, Informe Nº 152-2022/GRP-407000-407400 de fecha 08 de agosto de 2022, Informe Nº 087-2022/GRP-407000-407200 de fecha 08 de agosto de 2022, HRC Nº 15847-2022-O fi cio Nº 568-202 de fecha 08 de julio de 2022, O fi cio Nº 568-2022/MPH-ALC de fecha 06 de julio de 2022, Informe Nº 074-2022/GRP-410200 de fecha 15 de agosto de 2022, Informe Técnico Nº 037-2022/GRP-410110-LFGC de fecha 17 de agosto de 2022, Informe Nº 108-2022/GRP-410110 de fecha 18 de agosto de 2022, Informe Nº 077-2022/GRP-410200 de fecha 22 de agosto de 2022, Informe Técnico Nº 040-2022/GRP-410110-LFGC de fecha 23 de agosto de 2022, Informe Nº 116-2022/GRP-410110 de fecha 23 de agosto de 2022, Informe Nº 173-2022/GRP-410000 de fecha 23 de agosto de 2022, Informe Nº 1074-2022/GRP-460000 de fecha 26 de agosto de 2022, Memorando Nº 317-2022/GRP-400000 de fecha 26 de agosto de 2022; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú de 1993 y sus modi fi catorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, en el artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley Nº 27867, en su artículo 13º prescribe que el Consejo Regional es un órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Además, en el artículo 15º literal a) señala que es atribución del Consejo Regional: “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; y en el artículo 39º establece que: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, en el presente año fi scal 2022, la Ley Nº 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022, ha autorizado entre los niveles de