NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (16/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 192
TEXTO PAGINA: 181
181 NORMAS LEGALES Viernes 16 de setiembre de 2022 El Peruano / Que, mediante Memorando Nº 317-2022/GRP- 400000, de fecha 26 de agosto del 2022, se cumple con elevar al Consejo Regional el expediente sobre trámite de autorización de Transferencias Financieras y todos sus actuados respectivos, para que, en ejercicio de sus atribuciones, evalúe y de ser el caso, considere emitir el Acuerdo de Consejo correspondiente Que, mediante Dictamen Nº 0028-2022/GRP-CR- CPPTyAT por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Tributación y Acondicionamiento Territorial, respecto del trámite de aprobación de transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Huancabamba recomienda: AUTORIZAR, la transferencia fi nanciera a la Municipalidad Provincial de Huancabamba, por la suma de S/ 4’612,835.00 (Cuatro Millones Seiscientos Doce Mil Ochocientos Treinta y Cinco con 00/100 soles con 00/100 soles), de la Fuente de Financiamiento Recursos Determinados para el fi nanciamiento de la inversión “Mejoramiento y Ampliación de los servicios de agua potable y creación del Saneamiento Básico en la localidad de San Miguel de Cumbicos del Distrito de Huancabamba Provincia de Huancabamba Departamento de Piura”, con código de inversión 2493077, previa suscripción de convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Provincial de Huancabamba para el Financiamiento de la ejecución del proyecto de inversión en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE); Que, estando a lo acordado y aprobado POR MAYORIA, en Sesión Extraordinaria Nº 025-2022, celebrada el día 01 de setiembre de 2022, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modi fi cada por Ley No 27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, y sus modi fi catorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA:Artículo Primero.- AUTORIZAR, la transferencia fi nanciera a la Municipalidad Provincial de Huancabamba, por la suma de S/ 4’612,835.00 (Cuatro millones seiscientos doce mil ochocientos treinta y cinco con 00/100 soles), de la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados para el fi nanciamiento de la inversión “Mejoramiento y Ampliación de los servicios de agua potable y creación del Saneamiento Básico en la localidad de San Miguel de Cumbicos del Distrito de Huancabamba Provincia de Huancabamba Departamento de Piura”, con código de inversión 2493077, previa suscripción de Convenio de Transferencia Financiera entre el Gobierno Regional Piura y la Municipalidad Provincial de Huancabamba para el Financiamiento de la Ejecución del Proyecto de Inversión en el Marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (INVIERTE.PE). Artículo Segundo.- ENCARGAR, al Gobernador Regional del Gobierno Regional de Piura, realizar las acciones administrativas correspondientes que permitan la materialización de lo dispuesto por el artículo primero del presente Acuerdo Regional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General del Gobierno Regional de Piura, a través de la Gerencia Regional de Infraestructura y Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, realicen el monitoreo y seguimiento correspondiente a los recursos transferidos para la ejecución del proyecto señalado en el artículo primero del presente Acuerdo Regional. Artículo Cuarto.- PONER DE CONOCIMIENTO el presente Acuerdo Regional a la Municipalidad Provincial de Huancabamba para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación del presente acuerdo en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Electrónico de la Institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.Artículo Sexto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional de trámite de lectura y aprobación de acta. POR TANTO:Regístrese, notifíquese y cúmplase.ALFONSO LLANOS FLORES Consejero DelegadoConsejo Regional 2105360-1 Autorizan transferencia financiera a la Municipalidad Distrital de Cura Mori, para el “Mejoramiento de la Infraestructura de riego en el canal El Algarrobal y canal La Bola del sector Puyuntala del Distrito de Cura Mori - Provincia de Piura, departamento de Piura” ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 1963-2022/GRP-CR Piura, 1 de setiembre de 2022VISTO:El Memorando Nº 141-2022/GRP-407000-407800 de fecha 05 de agosto de 2022, Informe Nº 152-2022/GRP-407000-407400 de fecha 08 de agosto de 2022, Informe Nº 087-2022/GRP-407000-407200 de fecha 08 de agosto de 2022, HRC Nº 14183-2022-O fi cio Nº 0232-202 de fecha 17 de junio de 2022, O fi cio Nº 0232-2022/MDCM/A de fecha 17 de junio de 2022, Informe Nº 076-2022/GRP-410200 de fecha 16 de agosto de 2022, Informe Técnico Nº 064-2022/GRP-410110-AEMS de fecha 18 de agosto de 2022, Informe Nº 112-2022/GRP-410110 de fecha 19 de agosto de 2022, Informe Nº 794-2022/GRP-460000 de fecha 22 de junio de 2022 y Memorando Nº 251-2022/GRP-400000 de fecha 27 de junio de 2022. CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú de 1993 y sus modi fi catorias, Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y Ley Nº 28607, en el artículo 191º establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley Nº 27867, en su artículo 13º prescribe que el Consejo Regional es un órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Además, en el artículo 15º literal a) señala que es atribución del Consejo Regional: “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; y en el artículo 39º establece que: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; Que, en el presente año fi scal 2022, la Ley Nº 31365, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2022, ha autorizado entre los niveles de gobierno subnacional, entre el nivel de gobierno regional y nivel de gobierno local, se realicen transferencias fi nancieras a fi n de fi nanciar o co fi nanciar las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de los proyectos que no se encuentran bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional previa suscripción del convenio respectivo. Así lo establece en su artículo 16º, apartado 16.1 que prescribe: autorizase, en el presente año fi scal, la realización de manera excepcional, de las siguientes transferencias entre entidades, conforme se detalla a continuación: (…) l) Las que se realicen para el fi nanciamiento y co fi nanciamiento