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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (26/09/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Lunes 26 de setiembre de 2022 El Peruano / N° 1504, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud; Que, el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, establece el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno. Asimismo, establece el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno; Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, tiene por objeto crear el Sistema Nacional de Transformación Digital, con la fi nalidad de fomentar e impulsar la transformación digital de las entidades públicas, las empresas privadas y la sociedad en su conjunto, fortalecer el uso efectivo de las tecnologías digitales, las redes y los servicios digitales por parte de los ciudadanos y personas en general, impulsar la innovación digital, el fortalecimiento de una sociedad digital inclusiva y el ejercicio de una ciudadanía digital con deberes y derechos digitales de los ciudadanos, promover la economía digital, la competitividad, productividad e inclusión fi nanciera en una sociedad digital y fortalecer el acceso y la inclusión a las tecnologías digitales en el país y la con fi anza digital fomentando la seguridad, transparencia, protección de datos personales y gestión ética de las tecnologías en el entorno digital para la sostenibilidad, prosperidad y bienestar social y económico del país; Que, mediante Resolución Ministerial N° 816-2020/ MINSA, se aprueba el Documento Técnico: Agenda Digital del Sector Salud 2020-2025, cuyo objetivo general es establecer los objetivos, estrategias y acciones en salud digital del sector salud alineados a la función rectora del Ministerio de Salud y tiene por fi nalidad contribuir con mejorar la calidad de los servicios de salud que se brinda a la población, a través del uso de las tecnologías digitales; Que, la Agenda Digital del Sector Salud 2020-2025 es el instrumento que permite la articulación y conducción del sector, promoviendo la transformación digital con el uso intensivo de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación, contribuyendo con la mejora en la calidad de la atención de salud de la población, maximizando los bene fi cios de la economía digital en la sociedad de la información y el conocimiento. La Agenda Digital cuenta con las acciones necesarias para en momento posterior lograr la visión de la Salud Digital al 2030 como primer desafío a plani fi car. El cumplimiento de dichas acciones permitirá un desarrollo sostenible de la salud digital en Perú y contribuirá al sistema sanitario con la generación de productos de calidad al servicio de los diferentes actores del ecosistema; Que, el numeral 6.6.7 del Documento Técnico: Agenda Digital del Sector Salud 2020-2025, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 816-2020/MINSA, establece que la agenda digital se divide en: Fase1: Fundacional. Fase 2: Construcción y expansión nacional; y, Fase 3: Consolidación y sostenibilidad, describiéndose en la Fase 1: Fundacional, el primer año de plani fi cación y liberación de productos, así como las condiciones y estructura de cimientos sobre la cual se plani fi quen y desplieguen las acciones de transformación digital;Que, el artículo 52 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, y sus modi fi catorias, establece que la O fi cina General de Tecnologías de la Información es el órgano de apoyo del Ministerio de Salud, dependiente de la Secretaría General, responsable de implementar el gobierno electrónico; plani fi car, implementar y gestionar los sistemas de información del Ministerio, y el desarrollo tecnológico, así como el soporte de los equipos informáticos del Ministerio de Salud, entre otras funciones; Que, en concordancia con lo señalado en el 6.6.7 del Documento Técnico: Agenda Digital del Sector Salud 2020-2025, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 816-2020/MINSA, la O fi cina General de Tecnologías de la Información, propone aprobar el Documento Técnico: “Plan de Implementación de la Agenda Digital del Sector Salud, fase fundacional 2022”; Que, la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias, dependiente del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud y la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas dependiente del Despacho Viceministerial de Salud Pública, han señalado que se ejecutaron actividades pertenecientes al semestre I del Plan de Implementación de la Agenda Digital del Sector Salud, por lo que la Ofi cina General de Tecnologías de la Información propone aprobar con e fi cacia anticipada al 1 de enero de 2022, el Documento Técnico: “Plan de Implementación de la Agenda Digital del Sector Salud, fase fundacional 2022”; Que, la Directiva N° 137-MINSA/SG-V.01, Procedimiento para el trámite de Actos resolutivos en el Ministerio de Salud, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 468-2008-MINSA, establece que para la emisión de actos resolutivos con e fi cacia anticipada o en vías de regularización, se requiere autorización expresa de la Alta Dirección; Que, mediante Memorándum N° D000023-2022- DVMSP-MINSA y Memorándum Nº D000020-2022/DVMPAS-MINSA, el Despacho Viceministerial de Salud Pública y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, respectivamente, autorizaron la aprobación del Documento Técnico: “Plan de Implementación de la Agenda Digital del Sector Salud, fase fundacional 2022” con e fi cacia anticipada al 1 de enero de 2022, en virtud de las actividades ejecutadas en el semestre I por la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas y la Dirección General de Telesalud, Referencia y Urgencias; Estando a lo propuesto por la O fi cina General de Tecnologías de la Información; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Tecnologías de la Información, del Director General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, del Viceministro de Salud Pública y del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017, y modi fi catorias, la Resolución Ministerial N° 816-2020/ MINSA, Resolución Ministerial que aprueba el Documento Técnico: “Agenda Digital del Sector Salud 2020-2025”; y, la Resolución Ministerial N° 468-2008-MINSA, que aprueba entre otras, la Directiva N° 137-MINSA/SG-V.01, Procedimiento para el trámite de Actos resolutivos en el Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Aprobar con e fi cacia anticipada al 1 de enero de 2022 el Documento Técnico: “Plan de Implementación de la Agenda Digital del Sector Salud,