NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (28/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 156
TEXTO PAGINA: 154
154 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de setiembre de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordado con el articulo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que los artículos 43º, numeral 43.1, y 44º y 44.5, del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establecen que todas las entidades elaboran y aprueban su Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA el cual comprende todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad; que el TUPA, en el gobierno local, es aprobado por Ordenanza Municipal, y, que una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía; Que, asimismo, el artículo 40º, numeral 40.5, del TUO de la Ley Nº 27444, prescribe que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simpli fi cación de los mismos pueden aprobarse por Decreto de Alcaldía, según se trate de Gobiernos Locales; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1203 se crea el Sistema Único de Trámites (SUT) como herramienta informática para la elaboración, simpli fi cación y estandarización del Texto Único de Procedimientos Administrativos - (TUPA); formulados por las entidades de la administración pública, y en su artículo 9º dispone que el registro y actualización de la información en el SUT es de obligatorio cumplimiento para cada una de las entidades de la administración pública; Que, a su vez, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 001-2020-PCM/SGP se aprueba la actualización del “Manual de Usuario del Sistema Único de Trámites (SUT)”, que señala que se debe generar un expediente regular cada vez que se necesite modi fi car el TUPA vigente de la entidad, ya sea por la incorporación, modi fi cación, eliminación y/o simpli fi cación de procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad, y que para fi nalizar el expediente regular es necesario la aprobación del proyecto de norma de aprobación del TUPA, y fi nalizar el proceso hasta lograr su publicación en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Memorando Nº 003-2022-MPT/GPP- SGPR, Subgerencia de Planeamiento y Racionalización, da a conocer la creación de la plataforma PIDE, que tiene la fi nalidad de hacer consultas a las bases de datos compartidas del estado como RENIEC, MIDIS; SUNAR, SUNARP, MININTER, MI Vivienda, Poder Judicial, etc, para que puedan ser utilizadas por las diferentes áreas de la Municipalidad; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 001-2022- MPT, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos-TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo, publicada con fecha 30 de enero del 2022; Que, mediante O fi cio Nº452-2022-MPT/GAJ, Gerencia de Asesoría Jurídica, da la conformidad correspondiente para la modi fi cación de los requisitos de los procedimientos administrativos de Separación Convencional, indicadas como barreras burocráticas por INDECOPI; Que, mediante Memorándum Nº 1288-2022- MPT/GM, Gerencia Municipal, adjuntando O fi cio Nº 993-2022-MPT-GDU, O fi cio Nº 1167-2022-MPT-GDU- SGHU, Informe Nº 092-2022-MPT-GDU-SGHU-SLCP, Subgerencia de Habilitaciones Urbanas, propone la modi fi cación del TUPA, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 001-2022-MPT, remite los actuados a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a fi n de dar cumplimiento a la Resolución Final Nº 0232-2021/ INDECOPI-AL; Que, mediante O fi cio Nº1849-2022-MPT/GDU/ SGE, Subgerencia de Edi fi caciones, adjuntando informe Nº 064-2022-MPT/GDU/SGE/ARQ.WERC, propone la modi fi cación del requisito Nº3.3 del procedimiento administrativo: Modi fi cación de proyecto aprobados de Edifi cación en la Modalidad B (Modi fi caciones sustanciales – después de emitidas la licencia de edi fi cación) previo a su ejecución y siempre que el proyecto resultante se encuentre dentro de los supuestos contemplados en el numeral 58.2 del art. 58 del Reglamento del D.S Nº029-2019-Vivienda; Que, el numeral 44.5 del Artículo 44º de la Ley Nº 27444, – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos el incremento de derechos de tramitación o requisitos, en el caso de Municipalidades se deben realizar mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante O fi cio Nº 6549-2022-MPT/GPP, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto dispone que se realice las modi fi caciones al TUPA en el marco de sus funciones de esta entidad edil debidamente aprobada con Ordenanza Municipal Nº 010-2022-MPT, a fi n de que las barreras declaradas ilegales por el INDECOPI, contenidas en la la Resolución Final Nº 0232-2021/INDECOPI-AL, sean inaplicables con efectos generales, en atención al Informe Nº 287-2022-MPT/GPP/SGPR; Que, mediante Informe Legal Nº1061-2022-MPT/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que debe darse cumplimiento a lo dispuesto por el INDECOPI, en la Resolución Final Nº 0232-2021/INDECOPI-AL, de fecha 18 de marzo del 2021, para cuyo efecto debe modi fi carse el TUPA de la Municipalidad Provincial de Trujillo, aprobado con Ordenanza Municipal Nº001-2022-MPT, a efecto de eliminar las barreras burocráticas ilegales declaradas por INDECOPI; Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 20º.numeral 6) y Artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley 27972. DECRETA:Artículo Primero.- MODIFICAR los requisitos de los procedimientos administrativos establecidas en el TUPA, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 001-2022-MPT, respecto a las barreras burocráticas establecidas por INDECOPI, en la parte que corresponde conforme al Anexo Nº 1 adjunto al presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- INCORPORAR, las modi fi caciones establecidas en el Artículo Primero, del presente Decreto de Alcaldía al Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA, aprobado por Ordenanza Municipal Nº001-2022-MPT. Artículo Tercero.- PUBLICAR el presente Decreto de Alcaldía y el Anexo Nº 1, en el Portal del Diario El Peruano, asimismo en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Trujillo. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR el presente Decreto a las instancias que correspondan para los fi nes de su cumplimiento. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. SANDRA I. TRUJILLO MARREROS Alcaldesa (e) * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2109341-1